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Cobro abusivo de check-in
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque habiendo realizado una reserva de dos pasajes en el vuelo FR7584 entre Nuremberg y Málaga a través de la plataforma E-Dreams, al buscar en mi correo la formalización digital del Check-in, me indican que esa plataforma no está autorizada para reservar sus vuelos y que tengo que realizar un proceso de verificación personal. Comienzo el trámite y tras una hora de vanos intentos, por la complejidad del proceso, recurro a un agente llamando a E-Dreams que me atiende de forma excelente y tras otra hora de pelear con la aplicación, apoyado por el operador, realizando fotos a mi DNI, a mi cara por medio de selfie y tras cortarse en un par de ocasiones la conexión a internet, desesperado ya, desisto y me indica el operador de E-Dreams, que puedo sacar la Hoja de embarque en el mostrador un par de horas antes del vuelo. Llego a las 4 en punto a la terminal y al llegar para regularizar el embarque, la operadora me indica que tengo que pagar 55€ por cada persona de la reserva y sinceramente, me parece un verdadero abuso, por no llamarlo robo, que es lo que realmente es. SOLICITO se me reintegre esa cantidad y dejen de reirse de la gente que viaja por necesidad, considerándonos retrasados o expertos en informática, con un programa de verificación, que ni que fuésemos delincuentes, cuando si que aceptan sin problema, el pago realizado a través de esa plataforma, que aseguran ustedes, no haber autorizado. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Problema con retraso en vuelo
A quien corresponda: Tuve un vuelo en julio con Ryanair a Sicilia. La cuestión es que un mes antes me comunicaron que el vuelo de vuelta se retrasaba del 09/07/2024 a la tarde al 10/07/2024 a la mañana. Al comunicármelo con más de 15 días de antelación, no me corresponde ninguna indemnización. Me dieron la opción de aceptar el cambio o un reembolso del billete. Por cuestiones del trabajo, solicité un reembolso tanto del billete de vuelta como la ida. Me reembolsaron la vuelta y compré un nuevo billete de vuelta con otra compañía. Tuve que ajustar todo el viaje, con lo que ello conlleva, incurriendo en costes mayores. El billete de vuelta fue más caro que el reembolso, tuve que comprar un nuevo billete de ida y NO se me reembolsó el billete de ida, además de otros inconvenientes. No es lógico que la propia compañía vea que yo tengo dos billetes de avión el mismo día a diferentes sitios y haga caso omiso bajo la jjustificación de que son reservas diferentes. Esta reclamación se cerró sin resolverse. Número de caso:10327213 Sin otro particular, se despide atentamente, Jabi Beitia NIF o NIE: 30609633Z
Rotura carro bebé
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Palma de Mallorca al de Barcelona, con fecha salida 10/02/2025 a las 19:35. En el aeropuerto de salida facturé el carrito de bebé al entrar en el avión. El personal le puso unas pegatinas y se lo llevó Al llegar al aeropuerto de destino, el carrito de bebe se depositó deteriorado en una cinta de equipaje especial deteriorado consistiendo los desperfectos en la rotura completa del mango que se necesita para transportar al bebé diariamente y sin poder desplegarlo o plegarlo nuevamente. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) Aporto copia del PIR y código de barras que pusieron en el carrito. SOLICITO, el abono de los 825€ que costó el carro en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados, y así poder restablecer el carro de las mismas características un Bebecar Ipop Evolution. Sin otro particular, atentamente.
Cobro por maleta
En el vuelo que hice de Praga a Madrid me cobraron la maleta, aun habiendo pagado por ser priority y tener derecho a llevar una maleta de mano de 10 kg. Es una maleta que sigue las medidas de Ryanair y no es la primera vez que viajo con ella, además el vuelo de ida de Madrid a Praga no me hicieron ningún problema. Además de eso, me dijeron que me iban a cobran 79€ y cuando me metí en la cuenta del banco me cobraron 89'84€ más 3'14€ de comisión, ya que en Praga usan coronas en vez de euros. Solicito la devolución integra del dinero que me hicieron pagar.
Cobro del equipaje de mano
En un vuelo de Viena a Málaga me cobraron 60€ por el equipaje de mano, que era una mochila.
Tasa cobrada
El pasado 26 de diciembre a las 12:00 hice la compra de un billete a Londres con Ryanar, apenas dos horas después, concretamente a las 12:15 hice una modificación del nombre de un pasajero, siendo un matiz, incluyendo únicamente su segundo nombre, en apenas 15 MINUTOS. No es un cambio de pasajero, el pasajero es el mismo, solo que incluí su segundo nombre, la compra la había realizado utilizando únicamente su primer nombre. Posteriormente contacte con Ryanar por telefono y por chat, explicándoles la situación, me dijeron que se trataba de algo que no supondría coste, que era gratuito, sin embargo, me han cobrado en la cuenta 115 euros, como si hubiera realizado un cambio de pasajero en la reserva. Por normativa hay dos horas en las que el consumidor puede hacer cualquier cambio en su reserva en el caso de que hubiera errores, y ustedes la están incumpliendo. Adjunto la prueba donde Ryanar me confirma que no tiene coste. Quedo a la espera de respuesta, Un saludo
Reclamacion cobro tarjeta embarque
Me dirijo a ustedes en calidad de afectado Rebeca Torres López (DNI: 03904514B) y representante legal de Raquel Torres López (DNI: 03904515N), con el fin de interponer una reclamación formal en relación con el cobro indebido de 110 libras esterlinas por la impresión de dos tarjetas de embarque realizadas en la terminal del aeropuerto. A continuación, les proporcionamos los detalles del vuelo correspondiente: • Número de reserva: OKMLJJ • Destino: Madrid • Fecha del vuelo: 19 de enero • Hora de salida: 17:50 • Hora de llegada: 20:25 • Pasajeros: o Rebeca Torres López (DNI: 03904514B) o Raquel Torres López (DNI: 03904515N) El cobro de 110 libras esterlinas (55 libras por cada pasajero) fue realizado por la impresión de las tarjetas de embarque de nuestras representadas, un servicio que consideramos abusivo e injustificado, ya que este servicio está incluido dentro de la propia reserva del vuelo, y su coste no debería ser adicional ni estar sujeto a ningún tipo de penalización. Esta práctica va en contra de la normativa vigente y de los derechos de los consumidores. Cabe destacar que la jurisprudencia recientemente emitida por el Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Zaragoza en relación con un caso similar, en el que la aerolínea Ryanair fue condenada por una práctica abusiva similar, establece que la cláusula que obliga al pasajero a pagar una cantidad adicional por la impresión de las tarjetas de embarque es abusiva y, por lo tanto, nula. En la sentencia, de fecha 25 de marzo de 2022, se condenó a la aerolínea a pagar al pasajero 150 euros en concepto de reimpresión de tres tarjetas de embarque. Esta sentencia subraya la desproporción de dicho cargo y condena a la aerolínea a la devolución del dinero cobrado indebidamente, junto con el pago de los intereses legales. Es importante destacar que la Dirección General de Consumo y otras autoridades competentes han advertido en repetidas ocasiones que las aerolíneas no pueden cobrar por la impresión de las tarjetas de embarque en los aeropuertos, ya que dicho servicio se entiende como parte del propio transporte y no como un servicio adicional. Esta situación, además, ha sido sancionada con multas significativas a compañías aéreas que practican este tipo de cláusulas abusivas. En base a lo expuesto, solicitamos a ustedes que: 1. Procedan a la devolución inmediata de las 110 libras esterlinas cobradas indebidamente por la impresión de las tarjetas de embarque de nuestras representadas, Rebeca y Raquel Torres López. 2. Revisen sus cláusulas contractuales, especialmente aquellas relacionadas con la impresión de tarjetas de embarque, para evitar la recurrencia de este tipo de abusos. 3. En caso de no recibir respuesta satisfactoria en un plazo de 30 días hábiles, nos veremos obligados a tomar las acciones legales pertinentes para proteger los derechos de nuestras representadas, conforme a la legislación aplicable. Confiamos en que esta reclamación se resuelva de manera rápida y satisfactoria para evitar la necesidad de recurrir a instancias judiciales. Agradecemos su atención y quedamos a la espera de su pronta respuesta. Atentamente,
COBRO DE EQUIPAJE ILEGAL
Viejé de Sevilla a Viena el vierne 13 de diciembre con la compañía Ryanair, sin ningún tipo de problema con el equipaje. A la vuelta (Viena-Sevilla), cuando estaba a punto de embarcar, una persona de repente, comenzó de muy malas maneras a seleccionar a ciertos viajeros, entre ellos a mi, diciendonos que no cumplía con los estándares de equipaje, por ello me cobró 60€. Una vez aterricé en Sevilla, me dirigí automaticamente hacía el stand de Ryanair, a lo cual, me indican que no es lo normal y me dan un enlace para hacer una reclamación. Adjunto, por tanto, el recibo del pago, el justificante del mismo y la fotografía para corroborar que sí se cumple en todo momento con los estándares que la compañía exige al volar.
Reclamación por vuelo FR9035
Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal por el retraso sufrido en el vuelo FR9035 de París Beauvais con destino a Alicante España, el día 28/09/2024. Mi reserva tenía el número ZK7ZVI y mi billete estaba a nombre de Helena Saura Barragán. El vuelo estaba programado para el día 28 de septiembre de 2024 a las 22:10 horas con llegada a Alicante a las 00:20 horas. Primero se nos avisó de un breve retraso con salida a las 22:40 horas de ese mismo día, posteriormente llegó otro correo donde se estimaba la hora de partida a las 23:25 horas, más tarde a las 23:40 y finalmente el vuelo se reprogramó para el día 29 de septiembre con salida a las 12:15 horas y llegada a las 14:25 horas, teniendo un retraso de 14 horas y 5 minutos. Teniendo en cuenta que, realmente, el avión despegó a las 12:40 aproximadamente y llegó a destino a las 14:50 horas. Debido a este retraso, tuve que pasar toda la noche en el aeropuerto ya que Ryanair fue incapaz de facilitarnos habitaciones de hotel y transporte a todos los pasajeros. Llamé a los hoteles más cercanos pero ninguno se encontraba disponible, por tanto tuve que esperar esas 14 horas en un aeropuerto que no tenía buena cobertura de wifi y mucho menos enchufes suficientes para todos, pasando toda la noche con el móvil sin batería. De acuerdo con el Reglamento (CE) Nº261/2004, considero que tengo derecho a una compensación económica por este fatídico atraso. Solicito que se me abone la compensación correspondiente lo antes posible. Adjunto a este correo la siguiente documentación:
EQUIPAJE DE MANO
Según el art. 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio sobre Navegación aérea, «El transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos. No se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos. Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave.» Además, la sentencia TJUE de 18 de septiembre de 2014, la sentencia número 787/2022 de Madrid y la sentencia número 185/2021 de Palma de Mallorca, consideran que el transporte del pasajero y la facturación del equipaje deben estar comprendidos en el precio base del billete del avión.
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