Rafael Oscar Marmodoro
España, Barvelona, Carrer Josep Estivill 75, bajos 6
marmovader@gmail.com
663466510
A la atención del Departamento de Atención al Cliente
Ryanair DAC
Airside Business Park
Swords, Co. Dublin, Irlanda
Fecha: 04/05/2025
Asunto: Reclamación por cobro indebido de equipaje de mano
Estimados/as señores/as:
Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal en relación con el vuelo FR148 con origen en Berlín (Brandemburgo) y destino en Barcelona (El Prat), operado el día 24/03/2025.
Durante el proceso de embarque fui obligado a pagar un suplemento de 60 euros por llevar una pieza de equipaje de mano, a pesar de que dicha maleta cumplía con las dimensiones y peso permitidos según la normativa vigente para equipaje de mano gratuito. Este cobro fue completamente injustificado y contrario a los derechos de los pasajeros reconocidos por distintas instancias judiciales.
Cabe recordar que el Juzgado de lo Mercantil n.º 13 de Madrid, en su sentencia de 30 de enero de 2020, ya estableció que Ryanair no puede cobrar un suplemento por el equipaje de mano que pueda ser transportado en cabina y quepa en el compartimento superior o debajo del asiento, considerando este tipo de cobro una cláusula abusiva y, por tanto, nula según la legislación de defensa de consumidores y usuarios.
Asimismo, la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA) ha reiterado que el transporte de una pieza de equipaje de mano razonable forma parte del precio del billete y no puede ser objeto de un suplemento arbitrario.
Por tanto, les solicito el reembolso íntegro de los 60 euros cobrados indebidamente.
En caso de no obtener una respuesta satisfactoria en un plazo de 30 días naturales, me veré obligado/a a acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y, en su caso, a los tribunales competentes para hacer valer mis derechos como consumidor/a.
Quedo a la espera de su pronta respuesta.
Atentamente,
Rafael Oscar Marmodoro