Últimas reclamaciones

Garantia

Estimados/as señores/as: En fecha 26/05/2026, llevamos nuestro vehículo Citroën Berlingo al taller Citroën Granollers – Maas Exclusivas Pont, tras recibir una comunicación de Stellantis respecto a la "campaña del árbol de levas". En la que se informaba de una incidencia relacionada con el árbol de levas de nuestro modelo de vehículo y año de fabricación y se invitaba a hacer una revisión gratuita con garantía en un taller oficial. El vehículo fue revisado por el citado taller y, tras realizar las comprobaciones correspondientes, se nos informó de que todo estaba correcto y que no se había detectado ninguna anomalía y nos entregaron una garantía extendida de 10 años. Sin embargo, el día 12/06/2026, apenas unos días después de dicha revisión, el árbol de levas sufrió una avería, por lo que tuvimos que trasladar nuevamente el vehículo al mismo taller para su reparación. Desde ese momento, nos encontramos sin nuestro vehículo y, hasta la fecha, no se nos ha facilitado ningún vehículo de sustitución, a pesar de la necesidad que tenemos de disponer de un medio de transporte para poder desarrollar nuestra vida cotidiana con normalidad. Esta situación nos está ocasionando importantes inconvenientes y perjuicios, ya que nos vemos privados del uso de nuestro vehículo durante un periodo prolongado, sin que se nos haya ofrecido una solución alternativa que nos permita cubrir nuestras necesidades de movilidad. Consideramos especialmente preocupante que el vehículo hubiera sido revisado previamente en el concesionario Citroën y que, pese a habérsenos indicado que todo estaba correcto, pocos días después se produjera precisamente la avería relacionada con el componente objeto de dicha revisión. Por todo ello, solicitamos que se revise nuestra situación y se nos ofrezca una solución adecuada, incluyendo, en la medida de lo posible, la facilitación de un vehículo de sustitución durante el tiempo que nuestro vehículo permanezca inmovilizado, así como una explicación sobre lo ocurrido y sobre las medidas que se van a adoptar para evitar que una situación similar vuelva a producirse. Asimismo, solicitamos que se tengan en consideración los perjuicios y molestias ocasionados por la imposibilidad de disponer de nuestro vehículo durante todo este periodo. El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Solicito que procedan a reparar el producto, en el plazo más breve posible. Sin otro particular, atentamente.

En curso

Motor puretech

Por la presente, me dirijo a ustedes para interponer una reclamación formal y solicitar el reembolso íntegro de la factura emitida por el taller [urkiola motor], por un importe de 2.770 euros,correspondiente a la reparación de la avería sufrida en mi vehículo (Correa de distribucion + catalizador). Fundamento esta solicitud de reembolso en los siguientes puntos:Cumplimiento de los criterios de la Garantía Extendida de Stellantis: El vehículo cumple estrictamente los límites de la campaña de cobertura especial de la marca para motores PureTech, fijados en 10 años o 175.000/180.000 kilómetros. Mi coche tiene 7 años y 105.000 km, por lo que se encuentra plenamente dentro del periodo de cobertura

En curso

Negación compensación económica pot campaña de la DGT

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes en relación con la reparación realizada en mi furgoneta el día 18/03/2026, motivada por la aparición de un ruido anómalo en el vehículo. Tras la correspondiente revisión, se diagnosticó una avería en el árbol de levas. Posteriormente, recibí una comunicación de la DGT informando sobre una campaña de seguridad relacionada precisamente con el árbol de levas. En dicha notificación se indicaba la necesidad de acudir a un taller para su revisión y, en caso necesario, proceder a la reparación sin coste para el propietario. Una vez recopilada y remitida toda la documentación requerida por Stellantis para tramitar la reclamación económica, se me informa de que únicamente serán objeto de compensación los incidentes ocurridos entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2025. La reparación realizada ha supuesto un coste económico elevado e inesperado, derivado de una avería que posteriormente ha sido reconocida dentro de una campaña oficial de seguridad. Adjuntando las facturas correspondientes tanto a la reparación efectuada como al mantenimiento continuado del vehículo, considero acreditado el perjuicio económico sufrido. Por todo lo expuesto, SOLICITO la correspondiente compensación económica, al considerar que la avería sufrida se encuentra comprendida dentro de la campaña de seguridad comunicada por la DGT. Sin otro particular, quedo a la espera de su respuesta. Atentamente,

Resuelto

Solicitud Certificado de cancelación reserva de dominio

Buenos días. Les escribo para solicitar de manera urgente el certificado de cancelación de reserva de dominio asociado a un vehículo. El vehículo se encuentra completamente pagado (el último pago fue en diciembre por lo que necesito el documento acreditativo de deuda cero y cancelación de la reserva de dominio para su posterior inscripción en el Registro de Bienes Muebles. Les agradecería que me lo enviaran lo antes posible por correo electrónico ya que a través del área de clientes no puedo acceder ni con mi DNI ni con el número de contrato al haber pasado más de 18 meses y a través de la línea telefónica disponible no es posible tampoco tras numerosos intentos. Quedo a la espera de su respuesta. Un saludo y gracias.

Resuelto

MALA PRAXIS E INCUMPLIMIENTO CONTRATO

HECHOS: El día 17 de julio se reventó un neumático del vehículo renting cuyo arrendador es Stellantis Financial Services. A fecha de hoy, todavía no sabemos la causa de dicha avería: neumático defectuoso; mal funcionamiento de los sistemas de detección de subinflado del vehículo, circulando sin aviso; con riesgo de seguridad vial y para el conductor. Se ha reclamado a la Marca, al Seguro y a la Financiera. Dicho vehículo fue trasladado en grúa desde el punto de avería próximo al municipio de Lanzahita (Ávila) hasta el taller de la marca sito en Cazalegas (Toledo). Este taller está a 145km de nuestro domicilio habitual. Al no tener pieza en stock, solicitamos asistencia de traslado al domicilio habitual y, posteriormente a la reparación, el retorno a dicho taller para recoger el vehículo. Se nos obliga a pagar dicho neumático y no se nos brinda la asistencia correspondiente de retorno, es decir, traslado desde el domicilio habitual hasta el taller. En las condiciones generales de dicho contrato de renting se incluye, entre otras: 8.- Mantenimiento y opciones… 8.5.2.- Las intervenciones eventuales necesarias para el mantenimiento del vehículo en estado normal de funcionamiento, incluyendo la reparación o sustitución de piezas reconocidas como defectuosas. 9.- Aseguramiento del vehículo: será obligación del ARRENDADOR asegurar la cobertura de daños materiales propios del vehículo, asumiendo la posición de tomador del seguro. En las condiciones del seguro auto MMT se incluye, entre otras: Daños sufridos por el vehículo, incluido; Reparaciones urgentes: Hasta 180 € Asistencia en viaje: Asistencia al conductor y ocupantes por incidencia del vehículo gastos de hotel: límite de 3 días y 60 € por persona y día. En la descripción de la cobertura del seguro renting de MMT, sita en la página web de la financiera, cuyo pago mensual de 31.18€ es por parte del arrendatario, se incluye, entre otras: Asistencia en viaje. En la descripción de las coberturas del servicio “care plus”, sita en la página web de la financiera, cuyo pago mensual de 13.38€ es por parte del arrendatario, se incluye, entre otras: Piezas de desgaste. Asistencia en carretera o remolque 24 horas al día, 7 días a la semana, sin límite de kilometraje. ALEGACIONES: Hay que dejar claro que EL NEUMATICO ES UNA PIEZA DEL VEHICULO. En el vehículo no existe ni rueda de repuesto, ni kit anti pinchazos, ni herramienta alguna. Según el reglamento General de Vehículos, real Decreto 2822/1997 de 23 de diciembre, se ESPECIFICA claramente en el anexo XII, punto 1.c: “Los vehículos de motor y los conjuntos de vehículos en circulación deben llevar los siguientes accesorios, repuestos y herramientas: Una rueda completa de repuesto o una rueda de uso temporal, con las herramientas necesarias para el cambio de ruedas, o un sistema alternativo al cambio de las mismas que ofrezca suficientes garantías para la movilidad del vehículo”. Es decir, en un vehículo renting, aunque la rueda de repuesto no sea obligatoria según el Reglamento General de Vehículos, ES DE OBLIGADO cumplimiento contar con un sistema alternativo que garantice la movilidad en caso de pinchazo. La falta de una rueda de repuesto o sistema equivalente puede resultar en una multa de 200 euros, ya que se considera un riesgo para la seguridad vial. Dicho esto: NO se han cumplido las condiciones generales del contrato renting. NO se han cumplido las condiciones del seguro auto. NO se han cumplido las condiciones del servicio “care plus”. Se observa MALA PRAXIS en las descripciones ambiguas e inexactas de los seguros en la web (“El Espacio Personal”…..) y en los documentos anexos, así como la respuesta de la financiera, entre otras: Dicen que abrieron una reclamación a la marca, sin respuesta todavía, pero en nuestra reclamación a la marca nos responden que hablemos con la financiera…. Dicen que se gestionó el traslado desde el taller al domicilio, por el siniestro acontecido, conforme a las coberturas contratadas, pero no el traslado desde el domicilio al taller, por no contemplarse en las coberturas contratadas……. Dicen que los sistemas que no funcionaron deben revisarlos en el taller, cosa que no se realizó ya que, después de sustituir la pieza, el sistema ha estado mal funcionando, sin revisión ni reinicio, con lo que el arrendador ha hecho caso omiso…… Dicen que las condiciones del seguro (que anexan en su respuesta) también las tenemos en el “Espacio Personal”; esas condiciones que no se cumplen…..Etc... Por último y, para más inri, se permiten su mala praxis con el envío de correos electrónicos (adjunto) en el que especifican que el vehículo está en “prefecto estado” ……, cuando NO ES ASI. EXIGIMOS La devolución total de la factura del neumático pagada por el arrendatario, de 186.30€ El pago del retorno del domicilio al taller, es decir, 180€. 200€ por daños y perjucios morales. Que sea sancionado el arrendador por incumplimiento del Reglamento General de Vehículos y que el vehículo renting arrendado sea equipado con los medios materiales para reparar in situ una de las PIEZAS NEUMATICO. Hay que señalar que, si el vehículo estuviera equipado con dichos medios de reparación, NO estaríamos reclamando.

En curso

¿Necesitas ayuda?

Esta empresa suele contestar en 9 días.
Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactactarnos.

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma