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Últimas reclamaciones

Clausula abusivas

Buenas, he realizado una compra de un coche en el concesonario de ourense, con una clausula abusiva, que es la de disuasorio es completamente ilegal esa clausula y quiero que no se lleve a ningun cargo ni ninguna reclamacion

En curso

Desechan la garantía en taller mecánico tar manipulación del vehículo

Estimados/as señores/as: Represento en este acto a Doña María Jesús ------ con NIF ------ que es mi madre, una persona de 80 años, en adelante, "la clienta". En fecha 27 de octubre de 2025 la cliente llevó a reparar su vehículo MG modelo MG3 híbrido, adquirido en el concesionario de autos seminuevos Canalcar, al taller-concesionario de la marca MG denominado AKi MOTOR IBÉRICA, con CIF B75490060, sito en la calle Rufino González, 11, en Madrid (en adelante: "el taller"). El vehículo había dejado de funcionar y se trasladó al taller mediante una grúa. El taller se puso en contacto con la cliente para decirle la batería había dejado de funcionar porque se había llenado el depósito con combustible adulterado, y por tanto la reparación de la batería no la cubre la garantía del vehículo (le quedan unos 7 años de garantía). El taller procedió sin presupuesto firmado ni consentimiento expreso a vaciar el depósito, cambiar la bujías y llenar con gasolina nueva. Ante tal aseveración del taller la clienta comprobó que el único sitio donde repostó es en su gasolinera habitual, la estación de servicio BP de Las Rozas. Asimismo se ha comprobado que ningún otro cliente ha reportado haber repostado combustible en mal estado en dicha gasolinera ni en ninguna de la zona, siendo, además, extremadamente difícil equivocar el surtidor pues la manguera de gasóleo NO entra en la boca del depósito de combustible de los coches de gasolina. Asimismo hacemos las siguientes consideraciones: 1. Ante la alegación del taller de que se echó combustible adulterado, se solicitó al mismo una prueba de la trazabilidad del combustible hallado en el depósito y el resultado fue negativo: por iniciativa propia y sin consentimiento por escrito, y sin haber avisado a la cliente previa la extracción del combustible, el taller dice haber extraído dicho combustible y rellenado con gasolina buena, no existiendo prueba fehaciente de que efectivamente en el depósito se halló combustible en mal estado, salvo la propia palabra del taller. No existe por tanto evidencia tampoco de que no se halla podido de alguna manera manipular el combustible en el propio taller 2. Se solicitó asimismo al taller algún tipo de análisis químico que certifique que dicho combustible estaba "adulterado" y el resultado fue igualmente negativo. 3. Con fecha 28/11/2025 y por tanto con posterioridad a la intervención/manipulación del vehículo (limpieza del combustible y sustitución por nuevo según el taller), éste envía vía correo electrónico una orden de intervención o presupuesto para ser firmado por la cliente con la sustitución de la batería y la limpieza del depósito, sistema de inyección y cambio de bujías. Dicho presupuesto asciende a la cantidad de 7.54295 euros con IVA 4. Consideramos que a nuestro la batería ya estaba defectuosa de fábrica y debía ser reparada mediante la garantía del vehículo y que es totalmente inverosímil la versión del taller del combustible adulterado y la relación con el fallo de la batería 5. Consideramos que el taller actuó con mala praxis al manipular el vehículo sin presupuesto firmado por escrito de la clienta 6. Se rellenó una hoja de reclamaciones de la Comunidad de Madrid que el taller firmó 7. No ha habido acuerdo con el taller el cual se niega a hacer efectiva la reparación de la batería con la garantía de fábrica y se mantiene en su versión de combustible "adulterado" Adjunto los siguientes documentos: -Presupuesto enviado del taller -Hoja de reclamaciones de la Comunidad de Madrid Por parte de la clienta, el uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. La clienta solicita que procedan a la reparación del vehículo en el plazo más breve posible y sin coste al considerar que entra dentro del plazo de garantía del vehículo Sin otro particular, atentamente.

En curso

Problema con reparación vehículo MG, en periodo de garantía de fabricación.

Estimados/as señores/as: Les escribo porque tengo mi vehículo, MG ZS Hibrido Luxury, matrícula 4882NFM, en el taller que MG Marcos Automoción tiene en Avda Tres Cruces, 103, de Valencia, desde el pasado 3 de noviembre de 2025, el producto ha resultado defectuoso,  durante el  plazo legal de la garantía, por fallo en el módulo GPS del vehículo, con perdida permanente de señal GPS, fallo en el módulo de red 4G del vehículo, con perdida permanente de conexión remota al vehículo, más corrupción del sistema operativo android, que controla, entre otros, los citados módulos en el vehículo, el uso que se ha hecho ha sido absolutamente  adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto, la garantía de fabricación del vehículo, no puede suponer una merma en el servicio de posventa y reparación del éste, con apenas dos meses desde su entrega por el concesionario al cliente, se debería buscar la solución más rápida y satisfactoria para el cliente, en vez de marearlos con protocolos de actuación de la marca MG, y solicitudes de autorizaciones interminables, del taller concesionario a la marca para inicial reparaciones, las dilaciones en las reparaciones, e insinuaciones de manipulación del vehículo por personas ajenas a la marca MG, son claramente estrategias evasivas, que pretende eludir la responsabilidad de la marca, en busca de la frustración y cansancio del cliente, además de ahorrarles un dinero a la marca. ¿No se sabe bien a cambio de qué? ¿Tal vez alguna, que otra, comisión? SOLICITO; la reparación del vehículo en un plazo razonable de 30 días naturales, a partir de su depósito en taller autorizado, o en su defecto, la resolución del contrato de compraventa, por incumplimiento de la clausula de garantías de fabricación de éste, con devolución total del dinero al cliente y el coche al concesionario de origen. Adjunto remito, copia de la orden de recepción y reparación del vehículo del pasado 3 de noviembre, copia de transferencias bancaria por compra del vehículo descrito. Atentamente, Alfonso Jiménez

Cerrado

Suministro e instalación gancho remolque

Buenas tardes. El pasado mes de marzo adquirí un MG ZS híbrido, en mayo solicité información a MG España y MG Europa para instalar un gancho de remolque, MG Europa me remitió a MG España y MG España contestó, cito textual: "Le informamos que si la instalación del enganche de remolque se realiza en un taller externo y con una bola no homologada por MG, la garantía quedará anulada en todos los sistemas relacionados con dicho elemento: sistema eléctrico, chasis, sensores de ayuda a la conducción, etc. Para mantener la cobertura de garantía en su totalidad, recomendamos que la instalación se lleve a cabo exclusivamente con componentes homologados por MG y a través de nuestra red oficial." Ante está respuesta consulté a MG España que enganches tiene homologados MG y la instalación se ejecutará en el concesionario MG donde adquirí el vehículo, NUNCA CONTESTÓ MG España a mis repetidos correos solicitando la información. Ante este trato y desprecio a su cliente, no se dignan contestar, escribo por medio de la OCU como penúltimo recurso para que el o los responsable/s de MG España contesten a mi solicitud y, sobre todo, cuando MG España me envía un correo ADVIRTIENDO o amenazando con pérdida de garantía e informando que el gancho tiene que estar "HOMOLOGADO" por MG y conociendo que hay fabricantes en España con ganchos homologados por el único ORGANISMO OFICIAL DE HOMOLOGACIÓN de España, y que es necesario aportar CERTIFICADO DE HOMOLOGACIÓN del fabricante del gancho y CERTIFICADO DE INSTALACIÓN por taller autorizado, para pasar la ITV OBLIGATORIA DEL GANCHO INSTALADO. MG España tiene que informarme por escrito que conforme a la legislación vigente NO pierdo la garantía por instalar un gancho de remolque cumpliendo a la normativa. Atentamente Angel Nogués Blasco

Cerrado

Avería de fábrica con garantía

En febrero de este año compramos un MG ZS HYBRID+ matrícula 6910MYH. El 16 de agosto (6 meses después) un fallo de avería motor nos dejó tirados en la carretera. Desde entonces, hemos estado reclamando a MG ALBIÓN MOTOR (Leganés) la reparación de nuestro vehículo. Más de 2 meses después, en el taller siguen sin dar con la avería, y argumentan los retrasos en la falta de respuesta por parte de la Marca, que debe autorizar cada pieza que se cambie. La garantía MG establece que el cliente tiene derecho a la sustitución por un vehículo nuevo en caso de presentar un defecto existente en el momento de la compra, como sería este caso de avería de fábrica. La comunicación con el taller es infernal, semanas sin saber nada del vehículo , ni responder a las llamadas, sin tener un diagnóstico claro sobre la avería . Más que talleres son “cambia piezas” que van probando una a una hasta dar con el error. Eso no es nada profesional. De hecho, por lo que puedo leer en el buzón de reclamaciones de la OCU, deberían estar más que acostumbrados a diagnosticar este tipo de averías… SOLICITAMOS la retirada del vehículo y la sustitución por uno nuevo. No consideramos prudencial volver a circular con un vehículo que ha sido fabricado erróneamente.

Cerrado

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