Clasificación
- Reclamaciones totales
- 119
- Numero de reclamaciones*
- 38
- Reclamaciones cerradas *
- 78%
- Tiempo medio de respuesta*
- 9 Días
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Últimas reclamaciones
Reclamación por reparación defectuosa en garantía
A LA ATENCIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE SELIGRAT DE AUTOMOCIÓN S.L.U. C/ DIESEL, 2 LEGANES, MADRID. Asunto: Reclamación por reparación defectuosa en garantía y solicitud de sustitución de kit de embrague completo. Vehículo: Kia Sportage Fecha de matriculación:10/09/2020 Por la presente, me dirijo a ustedes para manifestar mi total disconformidad con el diagnóstico y la solución propuesta por el taller oficial respecto a la avería que sufre mi vehículo, el cual se encuentra actualmente en periodo de garantía oficial Kia. HECHOS: Hace unos meses, el vehículo con apenas 70.000km sufrió una pérdida de líquido de frenos provocada por la rotura del cojinete hidráulico del embrague, dejando el coche averiado sin embrague en plena autopista. En dicha ocasión, el taller oficial procedió únicamente a la sustitución de dicho cojinete. Pocos meses después, con fecha 27/05/26 el vehículo ha vuelto a ingresar en el taller por reproducirse exactamente la misma avería (pérdida de líquido de frenos por el cojinete de embrague), persistiendo el fallo original o una mala ejecución de la reparación anterior. El taller me informa de que únicamente procederá a cambiar el cojinete por segunda vez en garantía, negándose a sustituir el resto de los componentes del embrague (disco y plato de presión) alegando que están bien y la garantia no cubren piezas que están bien, a pesar de motivarle que el mal funcionamiento del Kit de embrague puede ser el causante de la rotura continua del sistema. El taller argumenta que no es normal que se rompa repetidamente, que no lo habían visto nunca y que no conocen el motivo y que aún así lo único que pueden hacer en cambiar la pieza desgastada y "que ya veremos qué se hace si vuelve a fallar y se rompe de nuevo" dejando comprometido el estado del vehículo y en consecuencia la seguridad vial y mi persona. A esto le debo añadir que se comprometieron en la orden de reparación para la entrega del vehículo reparado a día 05/06/2026, llevando un retraso de mas de una semana causándome complicaciones en la conciliación familiar y laboral sin ofrecerme un coche de sustitución. MOTIVOS TÉCNICOS Y LEGALES DE LA RECLAMACIÓN: El plato de presión (la maza) ya tiene un desgaste natural y al poner un collarín nuevo sobre una maza ya usada y endurecida el collarín tiene que hacer un esfuerzo doble provocando su rotura. Contaminación por líquido de frenos: Al romperse el cojinete hidráulico, el líquido de frenos (que es un compuesto químico altamente corrosivo y oleoso) se ha proyectado de manera directa sobre el disco de embrague. El material de fricción (ferodo) absorbe estos fluidos, alterando sus propiedades de forma irreversible. Una simple limpieza exterior con spray limpiador no elimina el líquido absorbido. Daño consecuencial: Mantener el disco de embrague actual provocará, a corto plazo, la pérdida de adherencia (el embrague patinará) y una degradación prematura debido a la contaminación química previa. Esto supone un riesgo evidente para la seguridad vial y la vida útil del vehículo. Garantía Legal: Conforme al Real Decreto 1457/1986 de talleres y la normativa de consumo vigente, las reparaciones en garantía deben dejar el vehículo en perfectas condiciones de uso, lo cual incluye la sustitución de aquellas piezas que hayan resultado dañadas o contaminadas de forma colateral por la pieza defectuosa original. Por todo lo expuesto;SOLICITO FORMALMENTE: Que la reparación en garantía no se limite exclusivamente al cojinete, sino que se sustituya el kit completo de embrague (disco, prensa/plato de presión y cojinete), al ser componentes directamente afectados y degradados por la fuga de líquido. Que se me facilite por escrito el informe técnico detallado del desmontaje, así como el desglose de las piezas que se van a sustituir. Que se me facilite un vehículo de sustitución por las molestias ocasionadas. En caso de recibir una respuesta negativa, me veré obligada a emprender las acciones legales oportunas a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), solicitar una peritación independiente del estado del embrague y dar traslado de esta situación a Kia España, reservándome el derecho a reclamar los daños y perjuicios derivados de una reparación técnicamente deficiente. A la espera de su respuesta y con el deseo de resolver esta situación de mutuo acuerdo, les saluda atentamente la propietaria del vehículo.
RECLAMACION CON ENTREGA DE COCHE NUEVO DAÑADO
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque el dia 28 de mayo de 2026 firmamos en el concesionario Kia Quadis AR Motors de Sant Boi de Llobregat, un contrato de compra de un Kia Niro 1.6 HEV Drive rojo, por el que dimos 15000 € de entrada y el resto lo financiamos a través de Cetelem a 5 años. El dia 3 de junio nos informan de que el vehiculo ya está matriculado, con número 7803NNT y nos dicen que podemos hacer la entrega a partir del martes dia 9 de junio a las 18:00, quedando para el miércoles dia 10 para efectuar dicha entrega. El día 5 de junio nos llaman de concesionario para decirnos que el coche ha sufrido una "rascadita" cuando un mecanico ha impactado con una columna cuando lo ha estado moviendo, y nos dan la opcion de que recojamos el coche y luego ya lo traeríamos al taller a reparar o bien lo dejaramos en el concesionario hasta que nos lo devolvieran reparado. Al dia siguiente, nos presentamos mi marido y yo en el concesionario para ver el alcance de la rascada y vemos que el daño afecta a 4 piezas de la carrocería del coche. Ante eso, le decimos al comercial que no estamos conformes y que qeueremos que nos compensen de alguna forma. Dado que el comercial nos dice que él no tiene potestad para decidir nada al respecto, concertamos cita hoy, dia 10 de junio, por la mañana con su jefe, el director del concesionario. En la reunion, después de no llegar a un acuerdo de si el coche sigue siendo nuevo o no por tener una rascada, le pedimos ir a verlo, puesto que el director no habia visto antes el coche y, por tanto, no sabia de la dimension del daño. Despues de verlo, nos dice que no podemos hacer nada más que aceptar la reparacion del coche y quedárnoslo y, cuando le decimos que podríamos hacer uso de nuestro derecho como consumidores a rescindir el contrato y que nos devolvieran así el importe, nos dice que en ese caso nos veríamos con su bufete legal., sintiéndonos, nosotros, en ese momento, coaccionados por el director del concesionario. Ademas, cuando le pedimos que nos haga un certificado asegurandonos que no hay daños ocultos, se niega a ello, porque dice que es imposible que los haya. SOLICITO que nos den una compensacion por el daño sufrido por el coche, de un 20 % de valor de la entrada que dimos, ya que el coche ha perdido doblemente su valor: por un lado, por estar ya matriculado; y por otro, por tener un daño que desconocemos que haya supuesto un daño estructural al coche, y que deprecia su valor aunque se repare. Sin otro particular, atentamente. Elisabet Guiol Andrés
RECLAMACIÓN CONTRA KIA POR INCUMPLIMIENTO DE GARANTÍA COMERCIAL
RECLAMACIÓN CONTRA KIA POR INCUMPLIMIENTO DE GARANTÍA COMERCIAL D./Dña. Patricia Parada Pacheco, con DNI 77483736W, expone: Que interpongo la presente reclamación contra la marca KIA por considerar que ha incumplido las condiciones de la garantía comercial ofrecida por la propia empresa, consistente en 7 años o 150.000 kilómetros, en relación con mi vehículo marca KIA Rio GT Line 1.2 DPI, con número de bastidor KNADE518AN6696726. HECHOS En fecha 17 de abril de 2026, el vehículo sufrió una avería que fue diagnosticada en taller oficial como un fallo en el sistema hidráulico del embrague, concretamente en el cilindro esclavo concéntrico (bombín del embrague), tal y como consta en la factura aportada. El coste total de la reparación ascendió a 1.165,59 euros, importe que me vi obligada a abonar tras la negativa de KIA a cubrir la avería en garantía. Según la marca, dicha negativa se fundamenta en que el vehículo no había pasado las revisiones periódicas correspondientes (15.000 km, 30.000 km, etc.). Sin embargo, considero esta justificación improcedente por los siguientes motivos: La pieza averiada (bombín hidráulico del embrague) es un componente sellado, cuyo funcionamiento no depende del mantenimiento periódico habitual (cambios de aceite, filtros, etc.), sino de su propio estado mecánico. El fallo de dicha pieza provocó una fuga de líquido hidráulico, que a su vez dañó el embrague, haciendo necesaria también su sustitución (conjunto de embrague), lo que incrementó el coste de la reparación. Por tanto, el daño en el embrague es consecuencia directa de la avería inicial, y no de un mal mantenimiento del vehículo. En ningún momento se me ha facilitado un informe técnico que justifique que la falta de revisiones haya provocado dicha avería. Tampoco se me ha permitido ver la pieza defectuosa ni se me ha dado una explicación técnica clara. Además, el vehículo sí fue objeto de una revisión en torno a los 75.000 km, en la cual se indicó que el mismo se encontraba en correctas condiciones, lo que contradice la afirmación de que existía un problema derivado de falta de mantenimiento. Adicionalmente, durante el tiempo que el vehículo permaneció inmovilizado: No se me proporcionó vehículo de sustitución, alegando falta de disponibilidad. Esta situación me ocasionó perjuicios económicos y personales, incluyendo costes adicionales y la imposibilidad de desplazamiento. Como consecuencia directa, mi pareja llegó a perder una relación contractual laboral al no poder acudir a su puesto de trabajo. CONSIDERACIONES Entiendo que KIA ha aplicado de forma abusiva y desproporcionada la exclusión de la garantía, vinculando una avería mecánica que no depende del mantenimiento periódico a la falta de revisiones, a pesar de existir una revisión previa favorable del propio vehículo, sin aportar prueba técnica alguna. Esto supone un incumplimiento de las condiciones de la garantía comercial ofrecida, así como un perjuicio económico directo para el consumidor. SOLICITA La devolución íntegra del importe abonado por la reparación (1.165,59 €). La emisión de un informe técnico detallado que justifique la negativa de cobertura en garantía. Una compensación por los perjuicios ocasionados, tanto económicos como personales. En Marín, a 1 de mayo de 2026 Firma: Patricia Parada Pacheco
CONSUMO EXCESIVO ACEITE
Mi reclamación es sobre un kia sportage gasolina 1.6 comprado que hace unos años esta consumiendo aceite de manera excesiva. al mes tengo que reponer aceite y es debido a un problema del motor. Reclamo la reparación ya que es por culpa de un mal diseño de fabricación. Les están ocurriendo a los modelos de gasolina y son muchas las personas que en península han reclamado este daño.
Reclamación formal por información falsa y pérdida de confianza en la marca KIA
Para: yo · mar, 7 abr a las 19:04 Cuerpo del mensaje ASUNTO: Reclamación formal por información falsa y pérdida de confianza en la marca KIA Concesionario KIA T. DE LAS HERAS Alcalá de Henares A la atención del Servicio de Atención al Cliente de KIA España Por medio de la presente, quiero formular una reclamación formal contra la actuación de uno de sus comerciales, D. Óscar Rodrigo, así como manifestar mi profundo malestar, decepción y pérdida total de confianza en la marca KIA, derivada de los hechos que expongo a continuación. Durante el proceso de información y valoración de un vehículo KIA, el citado comercial me mostró el vehículo con matrícula 8369 NBP, asegurándome de forma expresa y reiterada que se trataba de un “coche de la casa”, utilizado exclusivamente por personal interno de KIA (comerciales o empleados de la marca), transmitiendo así una imagen de control, cuidado y uso muy limitado del mismo. Sin embargo, tras recibir posteriormente la información real y documentada del historial del vehículo, pude comprobar que dicha afirmación era rotundamente falsa. El vehículo: Fue matriculado por primera vez en mayo de 2025 en Alicante. Posteriormente fue utilizado por una empresa de renting, concretamente Centauro, en Baleares. Este descubrimiento evidencia un engaño claro y directo por parte del comercial, que en ningún momento me facilitó información veraz ni completa sobre el origen y uso real del vehículo. De haber conocido esta circunstancia desde el inicio, mi valoración del coche y mi relación con la marca habrían sido muy distintas. Considero esta actuación inadmisible, no solo por la falta de ética profesional del comercial, sino porque afecta gravemente a la imagen de seriedad, transparencia y confianza que se supone representa una marca como KIA. Cuando un cliente acude a un concesionario oficial, espera información honesta, no medias verdades ni mensajes diseñados para inducir a error. La consecuencia directa de este episodio es una quiebra total de la confianza, tanto en el empleado que me atendió como en la estructura comercial que permite este tipo de prácticas. La sensación de traición como cliente es absoluta, y genera una duda razonable sobre cuántas otras operaciones pueden estar basadas en información manipulada o directamente falsa. Por todo lo anterior, solicito: Una explicación formal por escrito por parte de KIA España sobre lo ocurrido. La adopción de las medidas oportunas respecto al comercial implicado. Garantías claras de que este tipo de prácticas no forman parte de la política comercial de KIA, ni se volverán a repetir. Esta reclamación no solo busca una respuesta, sino dejar constancia de que el comportamiento descrito es incompatible con los valores de una marca que aspira a la fidelidad de sus clientes. Quedo a la espera de una respuesta clara, seria y acorde con la gravedad de los hechos. Atentamente, [Nombre y apellidos] [DNI] [Teléfono / correo electrónico] [Fecha]
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