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Últimas reclamaciones

J. L.
19/10/2026

Asiento cuero rajado

El asiento de cuero se me raja en un priegue en mi asiento me dicen desde honda zaragoza que no entra en garantía ochenta y algo mil kilómetros casi los cuatro años que tenía de garantía

En curso
A. C.
09/09/2026

Fallo en la dirección del vehiculo

Hola, desde agosto de 2025 soy propietario del vehículo Honda Civic e-HEV, desde enero de 2026 con 9000kms vengo sufriendo problemas en la dirección consistentes en una fricción en el giro sobre todo en velocidades de autovía que obliga a realizar una fuerza extra para liberar el volante para vencer esa resistencia, resultando giros imprecisos y volviendo a conducción peligrosa, este defecto se manifiesta con intensidad variable dependiendo del clima, en épocas calurosas se hace menos notables, en días húmedos y fríos más acuciante. Lo he llevado varias veces al taller oficial realizando pruebas de medición de fuerza de torsión no alcanzando los valores límites establecidos por la marca, estas pruebas no reflejan el problema ya que no se trata de una dureza extrema si no de una fricción que hay que superar para girar el volante volviéndose muy visible al hacer correcciones en curso. Según información del taller este modelo ha sufrido problemas similares y hay una campaña activa al respecto pero mi bastidor no está incluido, desconozco si la avería es la misma o no pero en cualquier caso se solicita que sea reparado en garantía. SOLICITO: Reparación del sistema de dirección en garantía.

En curso
L. M.
25/08/2026

PROBLEMA MONTAJE MOTO

Reclamación por defecto de montaje y negativa de garantía En noviembre de 2025 adquirimos una Honda Africa Twin Adventure, año 2023, con aproximadamente 8.000 km, en el concesionario oficial VALLESCAR, en Sabadell. Después de aproximadamente dos meses de uso, comenzamos a observar que el carenado de la motocicleta se estaba separando y abriendo progresivamente en ambos lados. Acudimos a un concesionario oficial Honda para revisar el problema y se nos informó de que la motocicleta había sido montada incorrectamente, existiendo un elemento que estaba ejerciendo presión sobre el carenado y provocando que este se abriera. Posteriormente nos trasladamos a CORUÑA y acudimos a otro concesionario Honda. Allí se nos informó de que la reparación no sería cubierta por la garantía, precisamente porque el problema se debía a un montaje incorrecto realizado previamente en la motocicleta. Como consecuencia, se nos indicó que tendríamos que asumir nosotros mismos el coste de la reparación. Consideramos esta situación injusta e inadmisible. Si el origen del problema es un montaje incorrecto realizado antes de que nosotros adquiriéramos la motocicleta, no entendemos por qué debemos asumir nosotros el coste de solucionar un defecto que no hemos provocado ni causado por el uso de la motocicleta. Además, nos preocupa especialmente que, si se ha confirmado que la motocicleta fue montada incorrectamente en origen, puedan existir otros elementos que tampoco hayan sido instalados correctamente, lo que supone un problema de seguridad y de confianza en el vehículo. Solicitamos la intervención de la OCU para que se valore nuestra reclamación y se determine quién debe asumir la responsabilidad y el coste de la reparación, así como que Honda nos proporcione una solución adecuada, teniendo en cuenta que se trata de un problema derivado de un montaje previo a nuestra adquisición del vehículo. Disponemos de la documentación de compra, así como de la información y/o presupuestos facilitados por los concesionarios Honda, y podemos aportarlos como prueba. Solicitamos que se revise nuevamente el caso y que la reparación del carenado sea asumida por la parte responsable, sin que tengamos que hacernos cargo de un defecto derivado de un montaje realizado antes de nuestra compra.

En curso
M. S.
22/08/2026

RECLAMACIÓN POR FALTA DE CONFORMIDAD Y SOLICITUD DE REPARACIÓN EN GARANTÍA – HONDA CRF1100

A la atención de OCU: Por medio del presente escrito, quiero presentar una reclamación relacionada con una motocicleta Honda CRF1100, matrícula 9839NGT, adquirida nueva el 21 de octubre de 2025 en el concesionario oficial Honda Motorsport Madrid. La motocicleta se ha utilizado con normalidad y se han realizado las revisiones correspondientes en el servicio oficial. En la revisión inicial de los 1.000 km no se detectó ningún problema relevante. Posteriormente, al realizar la revisión correspondiente a los aproximadamente 12.000 km, comuniqué expresamente al concesionario que venía notando una cierta vibración en la motocicleta. En ese momento se me indicó que aparentemente no se trataba de ningún problema y se realizó la revisión correspondiente. Sin embargo, después de dicha revisión la vibración aumentó considerablemente, hasta el punto de resultar evidente durante la utilización de la motocicleta. Ante el empeoramiento del problema, volví a acudir al concesionario para solicitar que se revisara nuevamente la motocicleta. La respuesta recibida fue que el problema no sería cubierto por la garantía, argumentando que no podían determinar si se debía al desgaste propio de la motocicleta o a que se hubiera producido un supuesto “llantazo”. Considero que esta respuesta no resulta suficiente, ya que no se ha acreditado mediante una revisión o diagnóstico técnico que la avería o anomalía sea consecuencia de un golpe, accidente, mal uso o daño provocado por el usuario. Se trata únicamente de una posibilidad planteada por el concesionario. Además, durante las comprobaciones realizadas pude observar que, al elevar la rueda trasera y hacerla girar manualmente, la rueda presentaba un cierto desviamiento, circunstancia que considero compatible con el problema de vibraciones que he venido comunicando. El propio documento de entrada del concesionario, con fecha 29/06/2026, recoge expresamente como descripción del servicio: “CLIENTE NOTIFICA QUE LA MOTO VIBRA. HACER PRUEBA DINÁMICA.” En dicho momento la motocicleta tenía 13.029 km. Por tanto, existe constancia documental de que el problema de vibraciones fue comunicado al servicio oficial y de que se solicitó su comprobación. Considero especialmente relevante que la motocicleta fue adquirida nueva el 21/10/2025 y que el problema se ha manifestado dentro del período de garantía legal. Conforme a la normativa de protección de consumidores, el empresario responde de las faltas de conformidad que se manifiesten durante los tres años siguientes a la entrega de los bienes, y durante los dos primeros años existe una presunción de que la falta de conformidad ya existía en el momento de la entrega, salvo prueba en contrario o cuando dicha presunción resulte incompatible con la naturaleza del bien o de la falta de conformidad. En este caso, el concesionario pretende excluir la garantía basándose en un supuesto “llantazo”, pero no se me ha aportado ningún informe técnico que determine que la vibración procede de un impacto ni se me ha demostrado la existencia de daños que permitan atribuir el problema a un golpe provocado por el usuario. Considero que, antes de rechazar la reparación en garantía, debería realizarse un diagnóstico técnico completo de la motocicleta, determinando el origen concreto de la vibración y del posible desviamiento de la rueda, y dejando constancia por escrito de las comprobaciones realizadas y de sus resultados. Por todo lo anterior, SOLICITO: 1. Que se admita la presente reclamación y se valore la actuación realizada por el concesionario oficial Honda Motorsport Madrid. 2. Que se solicite al concesionario un diagnóstico técnico por escrito en el que se determine de forma objetiva el origen de las vibraciones y del posible desviamiento de la rueda trasera. 3. Que, en caso de existir una falta de conformidad o defecto no imputable al usuario, se proceda a su reparación sin coste para el consumidor dentro de la garantía legal. 4. Que, si el concesionario mantiene que el problema se debe a un supuesto golpe o “llantazo”, se me facilite por escrito el informe técnico y las evidencias objetivas en las que se basa dicha conclusión, especificando qué componente presenta daños por impacto y por qué dichos daños son la causa de la vibración. 5. Que se tenga en cuenta que el defecto fue comunicado al servicio oficial antes de que la motocicleta cumpliese un año desde su adquisición y que existe documentación del propio concesionario acreditando dicha comunicación. 6. Que se me asesore y, en su caso, se medie para conseguir que el concesionario y/o el fabricante se hagan cargo de la reparación que corresponda conforme a la normativa de protección de consumidores. Adjunto a esta reclamación la documentación disponible, incluyendo el resguardo de depósito/orden de reparación del concesionario donde consta la fecha de entrada, kilometraje y la comunicación expresa de la vibración. Solicito que se valore el caso y se me indique cómo proceder para hacer valer mis derechos como consumidor. Atentamente, Miguel Santamaria Arganda Motocicleta: Honda CRF1100 Matrícula: 9839NGT Fecha de compra: 21/10/2025 Kilometraje registrado en la entrada al concesionario: 13.029 km Concesionario: Honda Motorsport Madrid

En curso
R. M.
15/10/2025

Omisión de información atención al cliente Honda

Buenos días, el pasado 28 de agosto me dirigí al Servicio de atención al cliente de Honda España para que me facilitaran la ficha técnica del aceite Honda 10w30 MB que sus talleres oficiales han puesto repetidas veces en mi motocicleta Honda Forza 125 durante todas las operaciones de mantenimiento estipuladas por la marca. Me indicaron que para ello debía dirigirme al concesionario de la marca donde se han hecho las revisiones y así lo hice. Tampoco el concesionario me la ha facilitado pese a reclamarla por dos ocasiones. Volví a reclamar a atención al cliente Honda y me vuelven a remitir al concesionario donde no he sido informado pese a mi solicitud... Tras explicar al servicio de atención al cliente que ya lo he hecho y no me han dado / querido dar esa información Honda España me contesta: "ya le hemos facilitado toda la información disponible por nuestra parte, debemos informarle que su expediente se encuentra cerrado por parte del Departamento de Atención al Cliente". Todas las marcas de aceites de motor tienen expuestas en sus páginas web de forma sencilla y transparente las fichas técnicas de los parámetros de cada uno de sus aceites (densidad, viscosidad, puntos de congelación / ebullición...). En la página de aceites de la marca Honda no puede obtenerse esa información y cuando la solicita el usuario al taller oficial o a atención al cliente tampoco se le facilita. Hay que significar que para el cumplimiento de la garantía es recomendable realzar los servicios de mantenimiento en los talleres oficiales donde la marca Honda siempre utiliza sus propios aceites y cuando el cliente solicita los parámetros básicos del aceite que se ha utilizado en el mantenimiento de su vehículo esa información se le niega. Cuando se tiene algo que ocultar sólo puede significar que se pretende esconder una verdad para evitar una consecuencia negativa, infundiendo desconfianza en la marca, en sus productos y en sus talleres. A modo de ejemplo les envío en archivo adjunto una ficha técnica de las centenas que pueden encontrarse en las webs de los fabricantes. Una similar es la que me niega Honda.

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