Clasificación
- Reclamaciones totales
- 136
- Numero de reclamaciones*
- 106
- Reclamaciones cerradas *
- 93%
- Tiempo medio de respuesta*
- 2 Días
Puntuación de la empresa
La puntuación que se refleja de la compañía muestra su disposición para resolver un problema de consumo de forma amistosa.
Para el cálculo de la puntuación se tienen en cuenta 3 elementos principales, cada uno de los cuales representa un porcentaje de la misma:
La puntuación se calcula tomando como base los últimos 12 meses.
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Presenta una reclamación contra Buddyfit
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Últimas reclamaciones
COBRO sin suscripción
Buenas tardes, hoy 30/09/2026 me han realizado un cobro de 59,99 euros sin estar suscrita ya que la baja de la suscripción se realizó hace años y tengo email y capturas que no existe ninguna suscripción. Es por ello que he solicitado formalmente la baja inmediata de cualquier servicio asociado a mi identidad y la supresión total de mis datos personales (Derecho de Supresión - RGPD) vinculados a este correo electrónico. Asimismo, he exigido el reembolso del cobro indebido de 59,99€ realizado el día 30/09/2026 sin mi consentimiento ni suscripción activa. De no obtener respuesta, procederé a denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y Consumo. Todo tramite se realiza bajo el plazo establecido en su web. No obstante, y viendo los testimonios de más personas con idéntica situación causada sobre esta presunta actividad ilegal en la cual te remiten que debes darte de baja, estando ya dado de baja y generando perjuicios no solo económicos sino también personales debería de notificarse tal actividad no solo a las autoridades pertinentes sino que deberíamos unificar nuestros testimonios.
RECLAMACIÓN CONTRA BUDDYFIT POR COBRO DE RENOVACIÓN NO COMUNICADA
Presento una reclamación contra Buddyfit por el cobro de 59,99 € realizado el 27 de septiembre de 2026, correspondiente, según la empresa, a la renovación de mi suscripción. No recibí ningún correo electrónico ni ninguna otra comunicación previa informándome de que mi suscripción iba a renovarse, de la fecha de renovación ni del importe que se me iba a cobrar. Tuve conocimiento de la renovación únicamente al comprobar el cargo de 59,99 € en mi cuenta. En cuanto detecté el cobro, cancelé personalmente la suscripción, ya que no deseo continuar utilizando el servicio. Por tanto, la cancelación no fue una solución ofrecida por Buddyfit ante mi reclamación, sino una actuación que realicé yo misma inmediatamente después de detectar el cargo. Posteriormente, me puse en contacto con Buddyfit para reclamar el importe y solicitar el reembolso de los 59,99 €. La empresa me respondió confirmando que la suscripción estaba cancelada y que tendría acceso al servicio hasta el 28 de septiembre de 2027, pero no respondió a mi solicitud de devolución del dinero. Considero que esta respuesta no soluciona mi reclamación. No quiero utilizar la aplicación ni mantener el servicio hasta 2027. Únicamente solicito que se me devuelva el importe de 59,99 € que se me ha cobrado. He solicitado además a Buddyfit que me indique cuándo, cómo y a qué dirección de correo electrónico se me notificó previamente la renovación, ya que no he recibido ninguna comunicación de este tipo. Hasta el momento, no se me ha aportado ninguna prueba de que hubiera recibido un aviso previo sobre el cargo.
REEMBOLSO DINERO POR SUSCRIPCION AUTOMATICA
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque hoy 29/09/2026, se ha efectuado en mi cuenta un cobro de 59,99 € correspondiente a la renovación de una suscripción a un servicio que no he solicitado ni autorizado con conocimiento de causa. No he recibido ninguna notificación previa por correo electrónico ni por otro canal efectivo que me informara de la renovación automática, lo cual considero una práctica abusiva. Esta práctica no cumple con la normativa vigente en materia de protección al consumidor. De acuerdo con lo establecido en: - Ley 3/2014, de 27 de marzo, que modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007), en su artículo 97.1, letra l), relativo a la obligación de información y consentimiento previo para cargos periódicos. - Artículos 102 y siguientes del mismo texto legal, que reconocen el derecho de desistimiento y la prohibición de cobros por servicios no aceptados expresamente. - Artículo 1.255 del Código Civil, que establece que las condiciones de un contrato no pueden imponerse unilateralmente sin el consentimiento de ambas partes. Encontrándome dentro del plazo legal de 14 días para ejercer mi derecho de desistimiento, según el artículo 102 del RDL 1/2007 y habiéndome puesto en contacto de inmediato con su servicio de atención al cliente solicitando un reembolso de 59,99€, este me ha sido denegado, incluso habiéndolo solicitado vía email el día 26/09/26. Volví a insistir y la respuesta es siempre la misma, su negativa al reembolso. Por todo ello, solicito la devolución íntegra e inmediata del importe cobrado de forma indebida y la cancelación definitiva de cualquier renovación automática asociada a mi cuenta. En caso de no recibir una solución satisfactoria, me reservo el derecho de acudir a las autoridades competentes.
Problema con el reembolso
Buenos días, El 14/09/2026 se realizó un cargo de 59,99 € correspondiente a la renovación automática de mi suscripción. No tenía intención de renovar el servicio y, en cuanto tuve conocimiento del cargo, me puse en contacto con Buddyfit para solicitar el reembolso íntegro de los 59,99 €. Desde que se produjo la renovación no he vuelto a utilizar la aplicación ni el servicio. He intentado resolver la situación directamente con la empresa, pero Buddyfit se ha negado a realizar el reembolso, alegando que la renovación es automática y que sus condiciones establecen que no se realizan devoluciones una vez efectuado el pago. Quiero destacar dos circunstancias que considero relevantes: No recibí ningún correo electrónico con los términos y condiciones de la contratación, ni información específica sobre las condiciones de la suscripción y su renovación. Tampoco recibí ningún aviso previo informándome de que mi suscripción iba a renovarse ni de que se iba a efectuar un nuevo cargo de 59,99 €. La empresa se limita a remitirse a sus términos y condiciones generales publicados en su página web, pero no acredita que, en mi caso concreto, se me facilitara previamente y de forma clara y comprensible la información relativa a la renovación y a las condiciones aplicables. Por ello, solicito que se valore el cumplimiento por parte de Buddyfit de las obligaciones de información establecidas en el Real Decreto Legislativo 1/2007, especialmente las relativas a la información precontractual y a los contratos sujetos a renovación automática. Por todo lo anterior, solicito el reembolso íntegro de los 59,99 € cobrados, teniendo en cuenta que reclamé inmediatamente después de conocer el cargo y que no he utilizado el servicio correspondiente al periodo renovado.
PRACTICAS ABUSIVAS
Soy usuaria de los servicios de Buddyfit Srl y que el día 21/09/2026 se realizó un cargo de 59,99 € correspondiente a la renovación automática de mi suscripción. No tenía intención de renovar la suscripción y, en cuanto tuve conocimiento del cargo, me puse en contacto con Buddyfit para solicitar el reembolso íntegro de los 59,99 €. Quiero dejar constancia de que no he vuelto a utilizar la aplicación ni el servicio desde que se produjo la renovación. Mi intención ha sido resolver el problema directamente con la empresa y de forma amistosa. Sin embargo, Buddyfit se ha negado reiteradamente a realizar el reembolso. La empresa justifica su negativa alegando que la renovación de las suscripciones se realiza automáticamente y que sus términos y condiciones establecen que no se realizan reembolsos una vez que el pago ha sido efectuado correctamente. En su última respuesta, Buddyfit me comunica lo siguiente: “Te confirmo que, tal y como se indica en los términos y condiciones aceptados en el momento de la suscripción, las renovaciones de las suscripciones se gestionan de forma automática y no está previsto realizar un reembolso una vez que el pago se ha efectuado correctamente. Los términos pueden consultarse directamente en nuestra página web, en la sección correspondiente, donde se detallan de forma transparente todas las condiciones relativas a la gestión y cancelación de la renovación.” Por tanto, la empresa vuelve a remitirse a sus términos y condiciones generales y a su política de no reembolso, pero no acredita de manera concreta qué información se me facilitó, cuándo se me facilitó ni de qué manera fui informada de forma clara y comprensible de la renovación, del importe de 59,99 € y de las condiciones aplicables a dicha renovación. Considero que estos hechos deben ser revisados a la luz de la normativa española de protección de los consumidores, en particular del Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. El artículo 60 establece la obligación del empresario de facilitar al consumidor, antes de quedar vinculado por el contrato, información relevante de manera clara, comprensible, veraz y suficiente, incluyendo las condiciones jurídicas y económicas aplicables. Asimismo, el artículo 60.2.p) contempla específicamente las obligaciones de información relativas a determinados contratos de duración determinada sujetos a renovación automática y las condiciones para poner fin a dicha renovación. En materia de contratación a distancia, el artículo 97 establece las obligaciones de información precontractual que deben cumplirse antes de que el consumidor quede vinculado. Además, el artículo 98.9 establece que corresponde al empresario demostrar el cumplimiento de determinadas obligaciones de información en los contratos a distancia. Por ello, considero que no resulta suficiente que Buddyfit se limite a afirmar que la renovación automática figura en sus términos y condiciones generales o que estos pueden consultarse en su página web. La cuestión que planteo es si, en mi caso concreto, la información sobre la renovación, su importe y las condiciones para evitarla fue facilitada de manera clara, comprensible y suficiente antes de producirse el nuevo cargo. También solicito que se valore si la negativa absoluta al reembolso, basada exclusivamente en una política general de “no reembolso”, resulta conforme con la normativa de protección de consumidores cuando concurren circunstancias como las de mi caso: reclamación inmediata después de conocer el cargo, ausencia de utilización del servicio renovado y controversia sobre la información proporcionada a la consumidora.
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