Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
L. R.
13/10/2026

No se esta cumpliendo lo prometido

Me dirijo a vosotros para solicitar ayuda con una reclamación contra Octopus Energy por el incumplimiento de las condiciones que me ofrecieron al contratar y por una diferencia importante entre el consumo facturado y los datos de nuestra instalación solar. Cuando me di de alta, el comercial me indicó que disfrutaría de dos años con la factura de electricidad a coste cero. Pregunté expresamente si tendríamos que pagar la potencia y me respondió por WhatsApp: «No, estos dos años la factura es 0€ con todo». También me indicó que avisaría a sus compañeros para activar la oferta. Tras realizar el alta mediante su enlace, me confirmó: «En principio ya está todo». Adjunto la captura de esta conversación. Sin embargo, el 6 de octubre de 2026 recibí por correo electrónico mi primera factura, por un importe de 54,38 €. Contacté con Octopus para explicar que ese cobro no correspondía con lo que me habían ofrecido. Como respuesta me enviaron un contrato, pero no me aclararon por qué se estaba cobrando la factura ni cómo se aplicaban los dos años a coste cero. El contrato recibido indica una duración de 12 meses y precios de consumo y potencia, sin recoger expresamente la garantía que me habían comunicado. Además, existe una discrepancia en el consumo. Tenemos una instalación solar con baterías y, según la información de Octopus, se nos atribuye un consumo de la red superior a 200 kWh. Sin embargo, la aplicación de nuestro inversor muestra un consumo acumulado de la red de 6,20 kWh en la vista anual de 2026, con el resto del consumo cubierto prácticamente en su totalidad por las placas y las baterías. Adjunto también esta captura. Octopus me ha indicado que el problema corresponde a la distribuidora. He contactado con ella y me ha comunicado que todo está correcto. Además, cuando acudió el técnico, según nos indicó, el consumo de la red coincidía con el consumo mínimo que mostraba nuestro inversor de 6Kwh. A pesar de haber trasladado estas cuestiones a Octopus, sigo sin recibir una explicación clara ni una solución. Solicito vuestra ayuda para que Octopus: Confirme y aplique la oferta de dos años de factura a cero euros, incluyendo la potencia y el resto de conceptos, tal como me indicó su comercial, y detalle las fechas de inicio y finalización. Revise la factura de 54,38 € y cualquier otro importe que se haya cobrado, y devuelva las cantidades que no correspondan. Compruebe el consumo atribuido a nuestro suministro, contrastando las lecturas del contador y los datos de la distribuidora con los de nuestra instalación para el mismo periodo facturado. Rectifique las facturas si existe algún error y me dé una respuesta escrita que explique lo ocurrido y cómo se va a solucionar. Mi número de contrato es A-1381345A. Aporto como documentación la conversación con el comercial, la captura del inversor, la factura y los contratos recibidos. También puedo facilitar las comunicaciones mantenidas con Octopus y con la distribuidora.

En curso
T. P.
22/09/2026

Problema con la instalación de paneles solares

Presento reclamación por los problemas detectados en la instalación eléctrica de mi vivienda tras comenzar a fallar el cargador de mi vehículo eléctrico. La empresa instaladora del cargador nos indica que el 18 de mayo la instalación quedó funcionando correctamente y que todas las mediciones realizadas eran correctas. Sin embargo, actualmente han detectado una derivación elevada en el neutro de la vivienda que impide el correcto funcionamiento del cargador. Hemos solicitado el informe de las mediciones realizadas en el momento de la instalación, pero la documentación que nos han facilitado está incompleta y no contiene los valores necesarios para comprobar que efectivamente las mediciones eran correctas, tal y como afirman. Ante esta situación hemos contratado a un electricista independiente, que ha detectado deficiencias en la puesta a tierra y elementos del cuadro eléctrico y cableado con signos de quemado/sobrecalentamiento. Es necesario instalar una nueva pica de tierra y sustituir el cuadro, componentes y cableado afectado, suponiéndonos un importante coste. Solicitamos que se nos facilite el informe completo con los valores concretos de las mediciones realizadas el 18 de mayo y que se determine la posible responsabilidad de las empresas intervinientes y, en su caso, el reembolso de los gastos necesarios para subsanar estas deficiencias. Consideramos especialmente preocupante que existan estas anomalías en elementos relacionados con la seguridad eléctrica de la vivienda, mientras la empresa sostiene que las comprobaciones iniciales fueron correctas sin aportarnos hasta el momento documentación completa que permita acreditarlo.

En curso
A. G.
31/08/2026

No tramitar correctamente la solicitud de baja

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque no son capaces de solicitar correctamente la solicitud de baja del suministro a la distribuidora Nedgia. SOLICITO de forma urgente para no elevar esto a denuncias mayores que la solicitud se haga hoy mismo, para que puedan venir a cortar la tubería del gas que me impide cerrar la ventana de mi domicilio. Informarles que Nedgia será denunciada también a través de OCU, porque el único que no tiene que pagar su incompetencia es el consumidor. Sin otro particular, atentamente.

En curso
L. F.
08/08/2026

Facturas

Nunca recibí facturas de esta compañía ni se molestaron en llamar pasaban recibos al banco lo devolví todo no protestaron y los bloqueee.

Cerrado
J. A.
24/07/2026

Malas prácticas en renovación de contrato

A LA ATENCIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE OCTOPUS ENERGY ESPAÑA • Número de contrato: A-6CCBDB66 EXPONE: PRIMERO. Con fecha 11 de abril de 2025, contraté con la compañía Octopus Energy la tarifa Octopus Solar, acordándose un precio de compensación de excedentes de autoconsumo fotovoltaico de 0,040000 €/kWh (según consta en el contrato A-6CCBDB66 y en el correo de confirmación de alta "Información: Tu tarifa solar"). SEGUNDO.- Con fecha 14 de marzo de 2026, recibí un correo electrónico informativo ("Información: Cambio de tarifa de Octopus"), comunicando la prórroga de mi contrato para el 14 de abril de 2026. En dicho comunicado, la compañía indicaba expresamente de forma literal: "La renovación de tu contrato se hará de manera automática el próximo 14 de abril de 2026. No te preocupes, como es automático no tienes que hacer nada y tus precios se mantendrán durante 1 año sin permanencia." y un cambio de compensación de excedentes a 0,01 €/kWh. Ni este correo ni su contenido fue revisado ni aprobado por mi. TERCERO.- Tras revisar las últimas facturas emitidas (2026ENP00031988 para el periodo de 01-05-2026 a 01-06-2026 y 2026ENP00050460 para el periodo de 01-06-2026 a 01-07-2026), he constatado que la compañía ha aplicado las condiciones del nuevo contrato que en ningún caso fue revisado ni aprobado por mi. Por tanto, se ha reducido drásticamente la compensación de mis excedentes vertidos a la red de 0,040000 €/kWh a solo 0,010000 €/kWh (una penalización del 75%), con efectos desde la renovación del 14 de abril de 2026. CUARTO.- Esta modificación unilateral a la baja viola de forma flagrante: 1. El Artículo 44.1 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, que exige la notificación transparente, clara e inteligible de cualquier cambio en las condiciones del contrato o de los precios. 2. Los Artículos 60 y 97 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), incurriendo en falta de transparencia e inducción a error. Afirmar en una comunicación oficial que "tus precios se mantendrán" para ocultar una modificación económica que perjudica gravemente al consumidor vicia el consentimiento y constituye una práctica comercial engañosa (Arts. 5 y 7 de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal). En envío de un correo para la renovación automática de un contrato, requiere de aprobación formal si hay cambios en éste, y más si se han empeorando las condiciones del contrato para el contratante. SOLICITA: 1. La anulación inmediata de la modificación del precio de compensación de excedentes aplicada sin consentimiento transparente e informado a partir del 14 de abril de 2026. 2. La refacturación y reajuste económico de todas las facturas emitidas desde el 14 de abril de 2026 hasta la fecha, aplicando el precio de compensación contractualmente vigente de 0,040000 €/kWh. 3. El abono o compensación de las cantidades indebidamente no abonadas por los kWh de excedentes vertidos durante dicho periodo.

Cerrado
M. M.
09/07/2026

Octopus Energy: incumplen la gestión de subvenciones que prometen

Quiero compartir mi experiencia reciente con Octopus Energy, porque coincide bastante con lo que ya señala la propia OCU sobre su gestión de reclamaciones. Contraté con ellos la instalación de un punto de recarga para vehículo eléctrico (V2C Trydan, 7,4kW) en mi vivienda. La instalación física se ejecutó bien y el certificado ante Industria se tramitó sin incidencias. El problema vino con la subvención. Al contratar, se me indicó expresamente que la empresa se encargaría de toda la gestión técnica y de subvenciones asociada al proyecto — lo tengo por escrito. Cuando el IVACE (Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial) me envió un requerimiento pidiendo la "memoria técnica según modelo normalizado" del programa MOVES III, con un plazo de 10 días hábiles bajo apercibimiento de desestimar la ayuda, trasladé la petición a Octopus. Su respuesta, textualmente: "La memoria técnica que tenemos es la única que podemos proporcionar. Tendrías que pedir el documento correspondiente al IVACE y pedirles que te ayuden a rellenarlo." Y más tarde: "Nosotros solo generamos las dos memorias técnicas que ya te hemos aportado." Les preparé yo mismo un borrador del documento oficial del IVACE, ya completado con la práctica totalidad de los datos técnicos de su propia instalación, pidiéndoles únicamente que completaran 3 datos que solo ellos tenían y lo firmara su técnico. Aun así, se negaron a colaborar más. Al final tuve que presentar la documentación yo mismo ante el IVACE, sin ayuda técnica ni firma profesional, asumiendo el riesgo de que la subvención sea rechazada por no cumplir el formato exigido. Coincido con la valoración que hace la propia OCU: la atención inicial (venta, instalación) es ágil, pero en cuanto surge una gestión que requiere esfuerzo real por su parte, la respuesta es evasiva o directamente una negativa.

Cerrado
F. C.
30/06/2026

Facturación indebida de consumos de gas con más de 6 meses de retraso – Octopus Energy

Presento reclamación contra Octopus Energy por la facturación indebida de consumos fuera del plazo legal en la factura nº 2026GNP00002100 (periodo 29/11/2025 al 29/01/2026), emitida el 26/06/2026. De acuerdo con el artículo 51.5 del Real Decreto 1434/2002, las empresas no pueden facturar ni reclamar consumos de gas con un retraso superior a los 6 meses debido a retrasos en la facturación o lecturas. Al haberse emitido la factura el 26/06/2026, el límite legal de reclamación se sitúa en el 26/12/2025. Por tanto, el periodo del 29/11/2025 al 26/12/2025 (aproximadamente 27 días de los 61 días totales facturados) está fuera de plazo y exento de pago. Tras reclamar a la compañía, se han negado a rectificar la factura conforme a la ley, ofreciendo únicamente un abono arbitrario de 19€. Considero esta cifra insuficiente y ridícula, ya que la factura total supera los 180€ y los días fuera de plazo representan casi el 45% del periodo total facturado. Por todo ello, solicito a través de la OCU: La rectificación de la factura nº 2026GNP00002100 aplicando un descuento estrictamente proporcional al tiempo excedido. Dado que el gas no se mide de forma diaria, solicito que se calcule la media del importe por día de la factura y se descuenten íntegramente los días que quedan fuera del límite legal de 6 meses. El fraccionamiento del pago del importe resultante acumulado con la factura posterior (nº 2026GNP00002101) en cuotas mensuales independientes, tal como ampara la citada normativa. Adjunto como documentación la reclamación previa enviada, las facturas en cuestión y las comunicaciones mantenidas con la compañía.

Resuelto
J. B.
23/06/2026

Retención indebida de fianza (200€) tras cancelación por inviabilidad técnica

Con fecha 13 de mayo de 2026, aboné a Octopus Energy la cantidad de 200€ en concepto de fianza para la reserva de un proyecto de instalación de placas solares y batería en mi domicilio. Tras evaluar la viabilidad, me vi obligado a cancelar el proyecto debido a la falta de rigor técnico, contradicciones y ausencia de medios por parte de la empresa, la cual se niega ahora a devolverme el importe abonado. Expongo de forma cronológica las graves anomalías en la gestión de mi expediente que justifican la devolución íntegra de mi dinero: Criterios técnicos contradictorios y peligrosos: La primera opción evaluada para la batería fue el cuarto de la aerotermia (interior). La ingeniera de Octopus dictaminó inicialmente que era inviable por falta de espacio y de ventilación (acumulación de calor excesivo peligrosa para el litio). Tras descartar el interior, propuso instalarla fuera, pero al advertirle yo que en el exterior sufriría de sol directo y requeriría canalizaciones vistas, la ingeniera cambió de opinión de manera improvisada y afirmó que el cuarto de aerotermia inicial "ya no lo veía mal". Esta falta de criterio ponía en riesgo la seguridad de mi vivienda. Denegación de asistencia y traslado de trabajo al cliente: Ante tal desconcierto, solicité formalmente una visita técnica presencial para evaluar correctamente las estancias y las canalizaciones. Octopus Energy me denegó dicha visita. Debido a ello, fui yo mismo quien tuvo que subir al tejado a realizar las mediciones ante la falta de medios de la empresa. Mala fe contractual y falta de transparencia: Al no poder asegurar una instalación segura por vía remota, la propia ingeniera me ofreció dos opciones: comprobar las canalizaciones por mis propios medios o cancelar el proyecto. En ningún momento se me advirtió de que cancelar conllevaría la pérdida de los 200€, omitiendo una información económica trascendental. Fundamentos jurídicos:Dado que la empresa me denegó la visita técnica presencial y que no ha existido ningún desplazamiento de operarios, ni obras, ni entrega de un proyecto de ingeniería visado, Octopus Energy no ha incurrido en costes reales demostrables. La retención de la fianza constituye una penalización desproporcionada, una falta absoluta de transparencia informativa (Art. 60 de la Ley General de Consumidores y Usuarios) y un enriquecimiento injusto (Art. 85.6 del mismo texto legal). Solicitud:Exijo a Octopus Energy el reembolso inmediato e íntegro de los 200€ retenidos indebidamente.

Resuelto
G. C.
12/06/2026

No aplicación de garantía por instalación de aerotermia

Mediante este escrito presento reclamación formal en relación con la avería de mi sistema de aerotermia (, instalado por su empresa en 2025, y con la gestión recibida hasta la fecha. Cronología de los hechos: 27 de mayo: Comunico telefónicamente la avería (error E911 del equipo) y adjunto fotografía por WhatsApp. No recibo respuesta. 28 de mayo: Se me responde que la avería se debe a una causa externa (un corte temporal en el suministro de agua) y que, por ello, no está cubierta por la garantía. Esta conclusión se emite sin inspección presencial y sin contacto telefónico previo conmigo. 29 de mayo: Remito correo detallado a hola@octopusenergy.es e instalaciones@octopusenergy.es explicando la situación. 30 de mayo: Desde hola@ se me responde facilitándome los datos de contacto de instalaciones@, departamento al que ya iba dirigido mi correo, lo que sugiere una respuesta automática. 31 de mayo: Aclaro que el correo ya estaba dirigido a instalaciones@. Se me informa de la apertura de la incidencia nº 123170. 2 de junio: Solicito información sobre el estado de la reclamación. 4 de junio: Se me indica que no hay novedades. 8 de junio: Llamo de nuevo al teléfono de instalaciones (llamadas grabadas). La agente (Carla) me indica que consultará y me devolverá la llamada. Al solicitar un plazo concreto de resolución, se me responde que no existen tiempos de espera y que debo esperar a que me contacten. 8 de junio: Estéfany Terrasi me responde por correo que "Tras revisar su caso nuevamente con el equipo técnico, mantenemos que el origen del error E911 está relacionado con el corte de suministro de agua que usted mismo menciona, ya que ese evento puede introducir aire en el circuito hidráulico y provocar exactamente los síntomas que presenta el equipo. Este tipo de incidencia, al estar vinculada a un factor externo ajeno a la instalación o al equipo, no queda cubierta por la garantía. [...] Dicho esto, tiene razón en un punto importante: para confirmar técnicamente la causa y descartar cualquier fallo de componente, es necesaria una visita presencial." 8 de junio: contesto su respuesta carece de lógica ya que primero asume que la responsabilidad es mía y luego asegura que debe confirmar una visita para verificar la causa. Junto con esto indico que Octopus asegura en su propia página web lo siguiente: "Un año de mantenimiento gratuito con tu instalación te regalamos el primer año de mantenimiento gratis, para asegurarnos de que va todo bien y que sacas el máximo partido y ahorro a tu instalación" Situación actual: Llevo desde entonces sin agua caliente sanitaria en mi vivienda. Adicionalmente, durante la instalación uno de sus técnicos me indicó que el acumulador dispone de una resistencia eléctrica de apoyo (mediante enchufe) que permitiría su funcionamiento como termo eléctrico convencional en caso de fallo de la aerotermia. He intentado utilizarla y tampoco funciona, por lo que carezco de cualquier medio alternativo de producción de agua caliente. Motivos de la reclamación: Diagnóstico sin inspección. Se ha determinado la causa de la avería y se ha excluido la garantía sin que ningún técnico haya inspeccionado el equipo, medido el caudal ni revisado los componentes (filtro, bomba de circulación, sensor de caudal). Una resolución que excluye la garantía debe fundamentarse en una comprobación técnica in situ. Incoherencia técnica de la causa alegada. El circuito primario de un sistema de aerotermia es un circuito cerrado y, como tal, debería estar aislado de la red de agua. Un corte temporal en el suministro no debería afectar de forma permanente a un circuito cerrado correctamente diseñado y protegido. Si el corte de agua ha tenido este efecto, ello apuntaría a una deficiencia en la propia instalación (por ejemplo, falta de aislamiento o de protecciones adecuadas), lo que sería responsabilidad del instalador, y no a una causa ajena. Garantía legal de conformidad. La instalación tiene menos de un año. Conforme a la normativa española de protección al consumidor, durante este periodo se presume que cualquier falta de conformidad ya existía en el momento de la entrega, correspondiendo al instalador (y no al consumidor) la carga de probar lo contrario. Una afirmación de "causa externa" sin inspección no cumple ese estándar de prueba. Garantía del fabricante. En caso de que la avería resulte de un componente del propio equipo, solicito que se tramite igualmente la garantía del fabricante (Samsung), independiente de la suya. Falta de plazos y ausencia de solución provisional. Se me ha dejado sin plazo de resolución y sin medio alternativo de agua caliente, en una situación que afecta a la habitabilidad básica de la vivienda. Solicito: a) Que se realice una inspección técnica presencial sin coste para diagnosticar la causa real de la avería. b) La reparación sin coste al amparo de la garantía legal de conformidad y/o de la garantía del fabricante. c) Que se me facilite la hoja de reclamaciones oficial. d) Un plazo concreto de resolución por escrito. e) Acuse de recibo de la presente reclamación y número de expediente actualizado. Quedo a la espera de su respuesta. Adjunto fotografías de la instalación y de los manómetros, así como las comunicaciones previas.

En curso
J. V.
11/06/2026

Promoción no aplicada

No me han aplicado el bono de 50€ de descuento por traer un cliente nuevo. Me enviaron un email el 19.04.26 ( ver adjunto) , informando me que me aplicaban la promo, y lejos de eso, me han cobrado,hoy 11.06.26, la factura de abril y en los próximos días me han avisado que aplicarán el cobro de junio, sin aplicar promo alguna.

Cerrado

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