Últimas reclamaciones
1. Envía tu reclamación a la empresa
Usa nuestra plataforma y sigue las instrucciones
2. Recibirás una notificación por email cuando la empresa responda
Podrás ver la respuesta completa en el apartado "Mis reclamaciones" de tu área personal.
3. ¿La empresa no responde o su respuesta no te satisface?
Llámanos y te informaremos sobre cómo te podemos ayudar
Cambio de recinto sin previo aviso
Compré las entradas para el Big Sound 2026 que se iba a celebrar en la ciudad de las artes y las ciencias de Valencia. Pero debido a la sentencia judicial interpuesta y ganada por los vecinos de alrededor, la organización del festival trasladó el evento al Parc Central de Torrent sin previo aviso y sin tener en cuenta las necesidades de los usuarios. Dicho lugar se encuentra a más de 15 kilómetros de distancia del primer recinto de celebración. Solicito la devolución íntegra de las entradas que adjunto a continuación. Siendo este cambio un motivo significativo para hacer proteger al consumidor y sus derechos.
Cambio de lugar sin previo aviso y sin dar opción a cancelar las entradas
Hola, compré las entradas para el bigsound y sin mediar con los usuarios han cambiado el recinto a otra localidad (torrente) sin ofrecer la opción de cancelar las entradas y devolver el dinero. Me parece muy cruel e injusto por la parte organizadora puesto que a torrente no voy a ir y quiero que me devuelvan el dinero de mi entrada y la de mi pareja que tampoco irá. Está muy feo lo que están haciendo y me parece una injusticia enorme. Quiero que me devuelvan el dinero puesto que no quiero las entradas con esta condición , de haber sabido que el concierto iba a ser en torrente no las habría comprado !!!
Solicitud de reembolso íntegro de entrada por cancelación de servicio (Festival Big Sound)
Por la presente, presento una reclamación formal en relación con las entradas adquiridas para el festival Big Sound Torrevieja 2026, con localizador de compra 6DGUX5T1, por un importe total de 55€. El evento ha sido cancelado por decisión de la organización, lo que supone un flagrante incumplimiento del contrato de servicios prestado. Se me ha denegado la devolución alegando que se ha superado el plazo impuesto de forma unilateral por la empresa a través de un correo electrónico. Al amparo del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios) y el Artículo 1124 del Código Civil, el derecho a recuperar el dinero por un servicio no prestado no puede quedar anulado por un plazo restrictivo y desproporcionado fijado por la propia empresa, considerándose dicha limitación una cláusula abusiva. El hecho de que la promotora retenga mi dinero sin haber celebrado el evento constituye un enriquecimiento injusto. Por todo ello, SOLICITO: La devolución íntegra e inmediata del importe abonado por la entrada más los gastos de gestión asociados. De lo contrario, procederé a elevar el caso a las autoridades de Consumo pertinentes (OMIC).
Graves deficiencias en la prestación del servicio durante la jornada del viernes 5 de junio de 2026
Reclamación. A la atención de: EnterTicket, el Servicio de Atención al Cliente / Departamento Legal TRENCADÍS MÚSIC, S.L. (Promotora del Festival de les Arts) y a quien corresponda. Asunto: Reclamación formal y solicitud de reembolso del importe de la entrada para el Festival de les Arts (5 de junio de 2026). Por la presente, me dirijo a ustedes con el fin de interponer una reclamación formal en relación con las graves deficiencias en la prestación del servicio durante la jornada del viernes 5 de junio de 2026 en el Festival de les Arts, celebrado en la Ciudad de las Artes y las Ciencias de València. Como consecuencia de ello, solicito la devolución íntegra del importe abonado por mi entrada de día. Dicho sea de paso, esto debería realizarse con tod@s los asistentes, por afectarnos a tod@s. Mi caso concreto es el siguiente: Concepto: Entrada de día – Festival de les Arts (Viernes, 5 de junio de 2026) Importe del perjuicio: 65,00 €. Los motivos que fundamentan esta reclamación son los siguientes: Deficiencia grave en el servicio (Sonido defectuoso): Durante el desarrollo de la jornada del 5 de junio, las actuaciones musicales sufrieron problemas de audición masivos y generalizados. El volumen de los conciertos (especialmente en bandas principales de la tarde y noche) resultó tan sumamente bajo que impedía seguir las actuaciones con normalidad, provocando pitidos, quejas generalizadas ("¡NO SE OYE!") y la interrupción o deslucimiento del espectáculo. Esto supone un incumplimiento flagrante de la calidad mínima que cabe esperar de un festival de música masivo. Condiciones de seguridad deficientes: La insatisfacción técnica del recinto provocó momentos de fuerte tensión, desorden, aglomeraciones e incomodidad generalizada entre los asistentes, comprometiendo de forma evidente los estándares exigibles de seguridad y bienestar dentro del perímetro del evento. Modificación sustancial de las condiciones adquiridas: Es un hecho crítico reseñar que compré mi entrada con anterioridad a que se dictara la sentencia judicial derivada de las quejas vecinales que impuso severas limitaciones acústicas al recinto de la Ciudad de les Arts i les Ciencies. Al adquirir el pase, se me ofertó un festival en unas condiciones técnicas estándar. La posterior resolución judicial alteró sustancialmente la naturaleza y la calidad del producto por el que pagué, un hecho que la promotora conocía de antemano y que no subsanó de forma satisfactoria para el consumidor, incurriendo en una falta de conformidad según la normativa de defensa de los consumidores. En base al Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el organizador es responsable de la correcta ejecución de los servicios integrados en el contrato. Al haberse producido una alteración sustancial del evento y un servicio deficiente, asiste a esta parte el derecho a la resolución del contrato y a la devolución del dinero. Por todo lo expuesto, SOLICITO: Que en un plazo no superior a 14 días naturales a partir de la recepción de este escrito, procedan al reembolso de los 65,00 € correspondientes a la entrada de día adquirida. La devolución deberá efectuarse mediante el mismo método de pago utilizado para la compra. De no recibir una respuesta satisfactoria en el plazo indicado, me veré obligada a tramitar esta reclamación a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de València, así como ante los organismos de consumo pertinentes de la Generalitat Valenciana, sin descartar cualquier otra vía legal aplicable. Sin otro particular, a la espera de sus prontas noticias. En València, a 6 de junio de 2026 Cristina Martínez Mollá
Problema con el Rembolso -
Por la presente, interpongo reclamación formal contra la ticketera EnterTicket y la promotora del festival Big Sound 2026 por la denegación del derecho de reembolso ante un cambio radical en las condiciones del servicio contratado. La reclamación se fundamenta en los siguientes preceptos de derecho y hechos objetivos: 1. Modificación sustancial del objeto del contrato (Cambio de Localidad) La compra de las entradas se realizó bajo la oferta vinculante de un evento en la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia. El traslado al Parc Central de Torrent no constituye un ajuste logístico menor, sino un cambio de término municipal (15 km de distancia) que rompe el nexo causal de la compra. Esta alteración impone al consumidor cargas adicionales de transporte y tiempo, y desvirtúa el entorno premium que motivó la adquisición de entradas de categoría "Frontstage". Según el Art. 1124 del Código Civil, el incumplimiento de las condiciones esenciales faculta la resolución del contrato con el abono de daños y perjuicios. 2. Alteración del Programa Artístico La organización ha eliminado del cartel a Manuel Turizo, artista principal cuya presencia fue determinante en la fase de preventa. Conforme al Art. 61 del Real Decreto Legislativo 1/2007, el contenido de la oferta, promoción y publicidad es exigible por el consumidor. La ausencia de un artista de este calibre, sumada al cambio de ubicación, supone una transformación total del producto vendido, permitiendo al usuario la resolución por falta de conformidad. 3. Doctrina del Riesgo y Negligencia en la Gestión La sentencia judicial que obliga al traslado era un riesgo previsible derivado de litigios previos con las comunidades de vecinos. El promotor, actuando con falta de diligencia, decidió comercializar entradas para un emplazamiento en disputa sin contratar un seguro de cancelación o habilitar un fondo de contingencia. Es jurídicamente inasumible que el organizador traslade las consecuencias de su riesgo empresarial al consumidor final, reteniendo el importe de unos servicios que ya no puede prestar en la forma y lugar pactados. 4. Solicitud de Reembolso Íntegro de Gastos de Gestión Insto a la OCU a exigir el reembolso no solo del valor nominal, sino de los gastos de gestión. Dado que el desistimiento no es un acto voluntario del consumidor, sino una respuesta al incumplimiento de la empresa, los gastos de gestión pierden su causa contractual, debiendo restituirse la totalidad del patrimonio del afectado para evitar un enriquecimiento injusto por parte de la plataforma de venta. CONCLUSIÓN Y SOLICITUD: Ante la falta de soluciones por parte de EnterTicket y la comparativa con otros festivales homólogos que, ante la misma situación jurídica, han procedido a la devolución de importes, solicito la mediación de la OCU para que se efectúe el reembolso inmediato y total de las dos entradas Frontstage y los servicios asociados (bonos) adquiridas a favor de los titulares tal como se les ha solicitado por email.
Negativa reembolso festival BigSound Valencia por cambio sustancial
Adquirí tres entradas para el festival BIGSOUND Valencia 2026, anunciado y comercializado inicialmente para celebrarse en la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia. Posteriormente, la organización comunicó el traslado íntegro del evento al Parc Central de Torrent debido a una resolución judicial, sin ofrecer posibilidad de devolución del importe de las entradas. Considero que dicho traslado constituye una modificación sustancial de las condiciones esenciales bajo las cuales fue contratado el evento, ya que el recinto inicialmente anunciado formaba parte relevante y determinante de la experiencia ofertada y de la decisión de compra. El cambio implica además modificación de municipio, accesibilidad, transporte y condiciones logísticas respecto de las inicialmente publicitadas. Las propias condiciones generales de contratación prevén devolución en caso de modificación sustancial que afecte de manera esencial al conjunto del evento. Con fecha 15/05/2026 solicité formalmente el reembolso a la organización, siendo denegado posteriormente, y reiteré nuevamente la reclamación sin haber obtenido respuesta. Solicito la devolución íntegra del importe abonado por las entradas adquiridas. Isabel Torregrosa Blasco Isabel-97@hotmail.es
EXIJO REEMBOLSO ÍNTEGRO POR CAMBIO DE Condiciones SUSTANCIALES
He recibido vuestra respuesta indicando que el cambio de ubicación del festival no constituye una modificación sustancial del evento. Sin embargo, quiero dejar constancia formal de que, en mi caso, dicho cambio sí representa una modificación sustancial que afecta directamente mi posibilidad de asistir en las condiciones en las que adquirí las entradas. La ubicación original del evento fue un factor determinante en mi compra, ya que me permitía organizar adecuadamente los traslados de ida y vuelta desde mi zona de residencia. Con el nuevo emplazamiento, esa logística cambia completamente y actualmente no dispongo de medios adecuados para desplazarme y regresar en condiciones razonables y seguras. Además, el cambio de localización genera también un perjuicio económico evidente. Según la información publicada, las personas residentes en la nueva zona cuentan con descuentos del 20% para asistir al festival. Esto provoca una desvalorización clara de mis entradas, que fueron adquiridas a un precio superior, dificultando incluso una posible reventa, ya que potenciales compradores pueden acceder ahora a entradas más económicas. Por todo ello, considero que las condiciones bajo las cuales realicé la compra han sido alteradas de manera relevante y que el cambio de ubicación sí constituye una modificación sustancial para mí como consumidor. En consecuencia, solicito nuevamente el reintegro íntegro del importe abonado por mis entradas. Agradecería una respuesta formal y definitiva a esta solicitud a la mayor brevedad posible
cambios de ultima hora
No encuentro logico que nos avisen del cambio de localizacion a un mes del evento , que he pagado hotel ya , y encima me cambiais a las personass del cartel , cada año peor es una pena que os esteis cargando el evento de Valencia , al final os lo cargareis del todo
reembolso Iceberg festival
Estimados/as señores/as: El día 12 de agosto de 2025 compramos dos entradas para el festival Iceberg Festival que debía haberse celebrado el 17 de Octubre de 2025 en la Caja Mágica de Madrid organizado por la empresa WIND AND TIDE MUSIC S.L y comercializado por Enterticket. Con fecha de 4 de octubre 2025 se nos comunica mediante notificación por correo electrónico, la cancelación total de dicho espectáculo aludiendo estar "lejos de garantizar los mínimos imprescindibles para que el evento pueda desarrollarse en condiciones favorables". En ese mismo correo electrónico enviado por enterticket, se añadía: "Los compradores recibirán oportunamente por correo electrónico la información para solicitar la devolución de entradas. Sentimos las molestias que esta situación pueda ocasionar". Han pasado más de 7 meses en los que, a pesar de haber solicitado en repetidas ocasiones el reembolso, no solo no hemos recibido la información para solicitarlo sino que Enterticket exime su responsabilidad y la empresa WIND AND TIDE MUSIC S.L no da respuesta. Por tanto, a fecha de hoy seguimos sin haber recibido el reembolso de las entradas con precio de venta de 35,20 euros cada una. SOLICITO: la devolución del importe de las entradas. Aporto en documentación adjunta: entradas. Sin otro particular, atentamente
Reembolso por cambio de ubicación
Buenas tardes: En febrero compré la entrada para el Big Sound de 2026, el cual en un primer momento, se iba a celebrar el 26 y 27 de junio de 2026 en la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia. No obstante, debido a la sentencia judicial interpuesta y ganada por la comunidad de vecinos de alrededor y como consecuencia de hacer cumplir la misma, la propia organización del festival, ha decidido mover la ubicación del mismo al Parc Central de Torrent, siendo otra localidad completamente distinta a la inicial y habiendo una distancia entre ambas de unos 15 kilómetros. Solicito por favor, la intervención de la OCU, puesto que en ningún momento dicha organización nos facilita la opción de la devolución del importe total de las entradas, siendo el cambio de ubicación del festival un cambio significativo en la adquisición y compra de las entradas para el mismo. Muchas gracias.
¿Necesitas ayuda?
El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.
Información para empresas
Información para consumidores