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Huelga de trenes: ¿cuáles son tus derechos?

Una nueva huelga anunciada por los maquinistas de tren agrava el caos ferroviario: se ha convocado una huelga general los días 9, 10 y 11 de febrero. Los paros afectan a cientos de trenes, de todos los servicios: cercanías, media y larga distancia, alta velocidad y mercancías. Además de las cancelaciones, es previsible que se produzcan retrasos. Te recordamos tus derechos como viajero en caso de que seas uno de los afectados por esta huelga.

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06 febrero 2026
tren

Huelga general de maquinistas

Los sindicatos ferroviarios han anunciado huelga general de maquinistas 9, 10 y 11 de febrero.  La huelga afecta a los trenes de cercanías, a los trenes de media y larga distancia y alta velocidad.

Se han anunciado unos servicios mínimos, que en principio son:

  • En trenes de cercanías, del 75% de los trenes en hora punta y del 50% el resto del día.
  • En trenes de alta velocidad y larga distancia, del 73%.
  • En trenes de media distancia del 65%.
  • En trenes de mercancías, del 21% .

Esta movilización viene a sumarse a una situación ya de por sí muy complicada, con problemas en los servicios tras los recientes accidentes y los temporales, y puede afectar a miles de usuarios. 

Te recordamos qué hacer si tu tren tiene retraso o una cancelación y te animamos a movilizarte con OCU exigiendo compensaciones justas para los usuarios afectados: tu tren se puede retrasar, pero tus derechos no

OCU, con los usuarios del servicio ferroviario

¿Cancelan tu tren? Estos son tus derechos 

En principio (salvo causa de fuerza mayor) la empresa ferroviaria es responsable frente al viajero en los casos de cancelación del viaje. Según se establece en el Reglamento de sector ferroviario, en caso de cancelación del viaje en tren, el viajero tendrá derecho a que se le devuelva el precio pagado por el servicio. 

  • Si te avisan de la cancelación con una antelación de al menos cuarenta y ocho horas respecto al inicio del viaje, la normativa establece que "la empresa ferroviaria estará obligada a proporcionarle transporte en otro tren u otro modo de transporte, en condiciones equivalentes a las pactadas o a devolverle el precio pagado por el servicio".
  • Si el viajero fuera informado de la cancelación del viaje en las cuatro horas previas a la fijada para su inicio, tendrá derecho, además, a una indemnización a cargo de la empresa ferroviaria por el doble del importe del título de transporte.

En este caso, quienes se vean afectados por la cancelaciones de trenes a causa de la huelga ferroviaria, la solución pasa por:

  • Reembolso, que te devuelvan todo lo pagado (o la parte del viaje que no has disfrutado), o bien
  • Alternativa, es decir, llevarte a tu destino de otra manera y lo antes posible. O te ponen en otro tren o consiguen un autobús u otro medio de transporte.

Retrasos por la huelga: a qué tienes derecho

Ante un retraso ferroviario, como mínimo, se debe cumplir lo establecido en el Reglamento 2021/782 que indica que en caso de cancelación o retraso de más de 60 minutos se puede elegir entre el reembolso íntegro del importe del billete, continuar el viaje lo antes posible por otros medios o bien viajar otro día.

La posible indemnización, que solo se aplica si el consumidor no ha pedido el reintegro del billete, sería en caso de retraso entre 60 y 119 minutos del 25% del precio del billete, y si el retraso supera los 120 minutos, del 50% del precio del billete. Estas son las cuantías mínimas, pues las que se fijaban en el compromiso de puntualidad eran mayores. Por eso, si la compra del billete de tren se produjo antes del aviso de cancelación de políticas comerciales, la indemnización a la que tendría derecho el viajero sería justo el doble: el 50% en caso de retrasos de entre 60 y 90 minutos, del 100% del billete si el retraso es mayor. 

Pero no hay derecho a indemnización si la empresa demuestra que el retraso se debe directamente a circunstancias extraordinarias ajenas al ferrocarril. El Reglamento establece expresamente que el transportista quedará exento de responsabilidad por los retrasos producidos por fuerza mayor aunque, según el Reglamento, una huelga no puede ser considerada “circunstancias excepcionales”, pues su gestación es de dominio público.

OCU pide respeto a los derechos de los viajeros

Lo cierto es que las cancelaciones y retrasos por huelga producen al viajero las mismas molestias, y, consideramos que se deberían compensar en las mismas condiciones que las previstas en el compromiso de puntualidad de Renfe

En OCU nos movilizamos para conseguir compensaciones más justas y favorables, transparencia y respeto a los derechos de los pasajeros:

trenes

Apoya la campaña: tu tren se puede retrasar, tus derechos no

En cualquier caso, nuestro consejo para los viajeros afectados por cualquiera de estas incidencias es que conserven copia de los billetes y de los tiques o facturas de los gastos en que incurran por culpa del retraso o cancelación (por ejemplo alquiler de transporte alternativo, comida, hotel, etc.): cualquier viajero podrá reclamar, por vía judicial o arbitral, los daños y perjuicios justificados que la cancelación del viaje o el retraso en su llegada al destino previsto le ocasione. 

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