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Huelga de trenes: ¿cuáles son tus derechos?

El Sindicato Ferroviario (SF) ha convocado la tercera jornada de huelga de 24 horas en lo que va de verano para mañana 31 de julio, que afectará a la mayoría de sus trenes dejando a miles de usuarios sin sus viajes. Además de las cancelaciones, pueden producirse retrasos. Recordamos a los viajeros afectados cuáles son sus derechos en caso de huelga.

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30 julio 2026
tren

Huelga de trenes de 24 horas

El Sindicato Ferroviario (SF) ha anunciado la tercera jornada de huelga de 24 horas. Tras los paros del 29 de junio y el 15 de julio, mañana, 31 de julio, tendrá lugar una nueva jornada. La huelga afecta a trenes de cercanías, de media distancia y alta velocidad.

Hay servicios mínimos

Se han anunciado unos servicios mínimos, que en principio son:

  • En trenes de cercanías, del 75% de los trenes en hora punta y del 50% el resto del día.
  • En trenes de alta velocidad y larga distancia el 73%.
  • En trenes de media distancia del 65%.

Pero estos paros, previstos en fechas clave de los desplazamientos veraniegos, afectan a muchos trenes y a miles de usuarios. ¿Es tu caso? Te recordamos qué hacer si tu tren tiene retraso o una cancelación y te animamos a movilizarte con OCU exigiendo compensaciones justas para los usuarios afectados: tu tren se puede retrasar, pero tus derechos no

OCU, con los usuarios del servicio ferroviario

¿Cancelan tu tren? Estos son tus derechos 

En principio (salvo causa de fuerza mayor) la empresa ferroviaria es responsable frente al viajero en los casos de cancelación del viaje. Según se establece en el Reglamento de sector ferroviario, en caso de cancelación del viaje en tren, el viajero tendrá derecho a que se le devuelva el precio pagado por el servicio. 

  • Si te avisan de la cancelación con una antelación de menos de cuarenta y ocho horas respecto al inicio del viaje, la normativa establece que "la empresa ferroviaria estará obligada a proporcionarle transporte en otro tren u otro modo de transporte, en condiciones equivalentes a las pactadas o a devolverle el precio pagado por el servicio".
  • Si el viajero fuera informado de la cancelación del viaje en las cuatro horas previas a la fijada para su inicio, tendrá derecho, además, a una indemnización a cargo de la empresa ferroviaria por el doble del importe del título de transporte.

En este caso, quienes se vean afectados por la cancelaciones de trenes a causa de la huelga ferroviaria, la solución pasa por:

  • Reembolso, que te devuelvan todo lo pagado (o la parte del viaje que no has disfrutado), o bien
  • Alternativa, es decir, llevarte a tu destino de otra manera y lo antes posible. O te ponen en otro tren o consiguen un autobús u otro medio de transporte.

Retrasos por la huelga: a qué tienes derecho

Ante un retraso ferroviario, como mínimo, se debe cumplir lo establecido en el Reglamento 2021/782 que indica que en caso de cancelación o retraso de más de 60 minutos se puede elegir entre el reembolso íntegro del importe del billete, continuar el viaje lo antes posible por otros medios o bien viajar otro día.

La posible indemnización, que solo se aplica si el consumidor no ha pedido el reintegro del billete, sería del 25% del precio del billete en caso de retraso de entre 60 y 119 minutos, y del 50% si el retraso es igual o superior a 120 minutos. No obstante, estas son las cuantías mínimas establecidas por la normativa europea. El Reglamento del Sector Ferroviario español (art. 89.2.c del RD 2387/2004) fija indemnizaciones superiores de obligado cumplimiento: el 50 % del precio del billete cuando el retraso en la llegada a destino supere una hora, y el 100% del precio del billete cuando el retraso supere una hora y treinta minutos. Estas cuantías son de origen legal —no dependen de ninguna política comercial de la compañía— y resultan de aplicación a los viajeros afectados.

Pero no hay derecho a indemnización si la empresa demuestra que el retraso se debe directamente a circunstancias extraordinarias ajenas al ferrocarril. El Reglamento establece expresamente que el transportista quedará exento de responsabilidad por los retrasos producidos por fuerza mayor aunque, según el Reglamento, una huelga no puede ser considerada “circunstancias excepcionales”, pues su gestación es de dominio público.

OCU pide respeto a los derechos de los viajeros

Lo cierto es que las cancelaciones y retrasos por huelga producen al viajero las mismas molestias, y, consideramos que se deberían compensar en las mismas condiciones que las previstas en el compromiso de puntualidad de Renfe

En OCU nos movilizamos para conseguir compensaciones más justas y favorables, transparencia y respeto a los derechos de los pasajeros:

trenes

Apoya la campaña: tu tren se puede retrasar, tus derechos no

En cualquier caso, nuestro consejo para los viajeros afectados por cualquiera de estas incidencias es que conserven copia de los billetes y de los tiques o facturas de los gastos en que incurran por culpa del retraso o cancelación (por ejemplo alquiler de transporte alternativo, comida, hotel, etc.): cualquier viajero podrá reclamar, por vía judicial o arbitral, los daños y perjuicios justificados que la cancelación del viaje o el retraso en su llegada al destino previsto le ocasione. 

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