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Problema con el equipaje de mano
Buenas,El pasado 7 de Marzo viaje en avión y, al comprar los billetes, no nos dejó incluir las maletas de mano a menos que pagáramos. Nos cobraban 122'47 por persona por incluir las maletas de mano en la cabina y 106'46 por persona por facturarlas. Solo pudimos subir una mochila al avión. Tengo capturas de pantalla de esto.Al final tuvimos que facturar las maletas porque era la opción mas barata pero aún así fueron 319'38€ mas. Acabamos pagando 803'52€ por 3 billetes cuando podríamos haber pagado solo 484'14€.He intentado ponerme en contacto con ellos pero en su página web no encuentro ningún correo al que escribir ni ningún lado donde reclamar. Espero que puedan ayudarme. Un saludo, Sara Peinado Bautista
Problema con el equipaje de mano
Buenas,El pasado 7 de Marzo viaje en avión y, al comprar los billetes, no nos dejó incluir las maletas de mano a menos que pagáramos. Nos cobraban 122'47 por persona por incluir las maletas de mano en la cabina y 106'46 por persona por facturarlas. Solo pudimos subir una mochila al avión. Tengo capturas de pantalla de esto.Al final tuvimos que facturar las maletas porque era la opción mas barata pero aún así fueron 319'38€ mas. Acabamos pagando 803'52€ por 3 billetes cuando podríamos haber pagado solo 484'14€.He intentado ponerme en contacto con ellos pero en su página web no encuentro ningún correo al que escribir ni ningún lado donde reclamar. Espero que puedan ayudarme. Un saludo, Sara Peinado Bautista
PROBLEMA CON EL REEMBOLSO
Hola, en el aeropuerto a la hora de embarcar en el avion me cobraron una tasa de 56€ por mi equipaje de mano cuando segun la sentencia 787/2022, dichos cobros de tasas se consideran abusivas.He reclamado a la compañia pero no obtengo respuesta.Además, cuando pagas una tasa por equipaje de mano se supone que tiene que proceder a ser facturado a bodega del avion y despues recoger dicho equpaje en la cinta de maletas facturadas del aeropuerto de destino, situación que no se dio, ya que mi equipaje de mano fue cargado en cabina junto al resto de equipajes de mano del resto de pasajeros, por tanto no se cumple el servicio
PROBLEMA CON EL REEMBOLSO
Hola, en el aeropuerto a la hora de embarcar en el avion me cobraron una tasa de 56€ por mi equipaje de mano cuando segun la sentencia 787/2022, dichos cobros de tasas se consideran abusivas.He reclamado a la compañia pero no obtengo respuesta.Además, cuando pagas una tasa por equipaje de mano se supone que tiene que proceder a ser facturado a bodega del avion y despues recoger dicho equpaje en la cinta de maletas facturadas del aeropuerto de destino, situación que no se dio, ya que mi equipaje de mano fue cargado en cabina junto al resto de equipajes de mano del resto de pasajeros, por tanto no se cumple el servicio
Cobro de 48 libras por equipaje de mano.
Compré vuelos de ida y vuelta Madrid-Londres. En el aeropuerto de Londres, una agente me cobró 48 libras británicas (unos 56 euros) como suplemento por mi bolso de mano. Escribí a atención al cliente de Easyjet solicitándoles el reembolso y me dijeron que, para los casos en los que había que facturar el equipaje de mano en bodega debido a las dimensiones, Easyjet se reservaba el derecho a cobrar un recargo. Mi equipaje cabía debajo del asiento (que es donde fue colocado durante el viaje) y no se facturó en bodega. Cobrar recargos por el equipaje de mano es ilegal salvo que se justifique por razones de seguridad, no siendo ese el caso (y tampoco justificó nada, me dijeron que si no pagaba las 48 libras no subía al vuelo). Exijo el reembolso de ese dinero que se me cobró injustificada e ilegalmente.
Cobro de 48 libras por equipaje de mano.
Compré vuelos de ida y vuelta Madrid-Londres. En el aeropuerto de Londres, una agente me cobró 48 libras británicas (unos 56 euros) como suplemento por mi bolso de mano. Escribí a atención al cliente de Easyjet solicitándoles el reembolso y me dijeron que, para los casos en los que había que facturar el equipaje de mano en bodega debido a las dimensiones, Easyjet se reservaba el derecho a cobrar un recargo. Mi equipaje cabía debajo del asiento (que es donde fue colocado durante el viaje) y no se facturó en bodega. Cobrar recargos por el equipaje de mano es ilegal salvo que se justifique por razones de seguridad, no siendo ese el caso (y tampoco justificó nada, me dijeron que si no pagaba las 48 libras no subía al vuelo). Exijo el reembolso de ese dinero que se me cobró injustificada e ilegalmente.
Cobro de equipaje de mano
Buenas tardes, soy Ángel Bartolomé Sanz Padrino. Me pongo en contacto con ustedes para reclamar el pago del equipaje de mano que me cobraron en mi último viaje de Ginebra a Madrid, 72 francos suizos ó 78,12€ que ha sido el cobro que me ha llegado a mi banco.Según me he informado y tras varias sentencias, en concreto la nº 787/2022 de Madrid, la maleta de mano es lo mínimo indispensable que tengo derecho a llevar en cualquier vuelo ya que no tienen que custodiarla, no supone ningún coste para la compañía y es una cláusula abusiva al cercenar los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley (art. 97 LNA), generando un desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes en perjuicio del consumidor, de ahí que deba ser declarada nula y desterrada del contrato, conforme a lo dispuesto en los arts. 82.1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la LCGC.De hecho, una vez cobrado y con el avión medio vacío, la metí en los maleteros superiores de la cabina sin ningún tipo de problema ya que es una maleta de viaje con medida estándar para todos los aviones.Además entiendo que, en el caso de cobrarla, sería razón indispensable para meterla como maleta facturada en los compartimentos inferiores del avión y no fue así. Vuelvo a repetir que el avión iba medio vacío.Tengo fotografía de mi maleta entrando muy fácilmente y sobrando espacio en el compartimento superior del avión y por ello reclamo la devolución total de 78,12 € por ser un cobro indebido, pues en virtud de la ley de Navegación Aérea en su artículo 97 de la ley de navegación aérea, en el billete están incluidos el equipaje de mano de hasta diez kilos los objetos que el viajero lleve consigo. Así lo reconoce entre otras la sentencia de 17 de junio de 2022, Juzgado mercantil número 1 de Madrid.
Cobro de equipaje de mano
Buenas tardes, soy Ángel Bartolomé Sanz Padrino. Me pongo en contacto con ustedes para reclamar el pago del equipaje de mano que me cobraron en mi último viaje de Ginebra a Madrid, 72 francos suizos ó 78,12€ que ha sido el cobro que me ha llegado a mi banco.Según me he informado y tras varias sentencias, en concreto la nº 787/2022 de Madrid, la maleta de mano es lo mínimo indispensable que tengo derecho a llevar en cualquier vuelo ya que no tienen que custodiarla, no supone ningún coste para la compañía y es una cláusula abusiva al cercenar los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley (art. 97 LNA), generando un desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes en perjuicio del consumidor, de ahí que deba ser declarada nula y desterrada del contrato, conforme a lo dispuesto en los arts. 82.1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la LCGC.De hecho, una vez cobrado y con el avión medio vacío, la metí en los maleteros superiores de la cabina sin ningún tipo de problema ya que es una maleta de viaje con medida estándar para todos los aviones.Además entiendo que, en el caso de cobrarla, sería razón indispensable para meterla como maleta facturada en los compartimentos inferiores del avión y no fue así. Vuelvo a repetir que el avión iba medio vacío.Tengo fotografía de mi maleta entrando muy fácilmente y sobrando espacio en el compartimento superior del avión y por ello reclamo la devolución total de 78,12 € por ser un cobro indebido, pues en virtud de la ley de Navegación Aérea en su artículo 97 de la ley de navegación aérea, en el billete están incluidos el equipaje de mano de hasta diez kilos los objetos que el viajero lleve consigo. Así lo reconoce entre otras la sentencia de 17 de junio de 2022, Juzgado mercantil número 1 de Madrid.
COBRO ABUSIVO EQUIPAJE DE MANO
Buenos días. El pasado domingo día 7 de enero, realicé un vuelo con la compañía de Easyjet (EJU7103). Una vez en el aeropuerto y al ir a embarcar, me apartaron para realizar el pago de 58€ por la maleta ya que no entraba la posibilidad de subirla conmigo en el avión.(Adjunto justificante de pago) Al decirme esto la azafata, le comenté que era una cláusula abusiva y aún así decidí abonar la cantidad por no quedarme en tierra o quedarme sin maleta para el viaje. Tras este percance, he decidido reclamar ese pago ya que incumple la normativa en vigor aplicable y se considera una cláusula totalmente en contra de los derechos de los consumidores. Además, el juzgado considera que los usuarios afectados están amparados por la Ley de Navegación Aérea, por la que con el precio del billete se incluye el equipaje de mano de hasta 10 kg, así como los objetos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos y solo podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos por razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto y que, en este caso, sí deberán facturarse con los costes establecidos por la compañía. También ha habido sentencias (vease 787/2022) donde un juzgado alegaba como abusiva este cobro. Sin más dilación, me quedo a la espera de una respuesta.
COBRO ABUSIVO EQUIPAJE DE MANO
Buenos días. El pasado domingo día 7 de enero, realicé un vuelo con la compañía de Easyjet (EJU7103). Una vez en el aeropuerto y al ir a embarcar, me apartaron para realizar el pago de 58€ por la maleta ya que no entraba la posibilidad de subirla conmigo en el avión.(Adjunto justificante de pago) Al decirme esto la azafata, le comenté que era una cláusula abusiva y aún así decidí abonar la cantidad por no quedarme en tierra o quedarme sin maleta para el viaje. Tras este percance, he decidido reclamar ese pago ya que incumple la normativa en vigor aplicable y se considera una cláusula totalmente en contra de los derechos de los consumidores. Además, el juzgado considera que los usuarios afectados están amparados por la Ley de Navegación Aérea, por la que con el precio del billete se incluye el equipaje de mano de hasta 10 kg, así como los objetos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos y solo podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos por razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto y que, en este caso, sí deberán facturarse con los costes establecidos por la compañía. También ha habido sentencias (vease 787/2022) donde un juzgado alegaba como abusiva este cobro. Sin más dilación, me quedo a la espera de una respuesta.
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