Últimas reclamaciones

A. F.
02/05/2026

Procedencia arándanos

Buenas noches. Los arándanos llevan bastante tiempo que proceden de Marruecos. Sabemos q los productos sobre todo agrícolas no reúnen las garantías sanitarias adecuadas. Por ello deberían proveerse de, en este caso, arándanos españoles. No compraré mientras no cambien. Se de mucha gente que opina igual. Gracias por su atención.

En curso
E. R.
24/04/2026

mal etiqutado producto

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque he observado que la leche Hacendado sin lactosa contiene un error en el etiquetado que supone una vulneración de los derechos del consumidor al venir una cantidad de 1,5ltrs en la etiqueta cuando el contenido es claramente inferior a esa cifra. SOLICITO : Que sea corregida inmediatamente la etiqueta y que se advierta públicamente del error cometido. Sin otro particular, atentamente.

En curso
F. R.
16/04/2026

Solicitud de mostrar en contenido del carro de compra

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque el pasado 15 de abril del presente, al disponerme a efectuar el pago de la compra realizada en el supermercado Mercadona sito en la C/ Palleter 1 de Valencia, el personal de caja me indicó que quería que le mostrase el contenido de mi carro de compra. Mi mujer se adelantó y se lo enseñó, pero le comuniqué al empleado, cuyo trato por otra parte fue excelente, que no podía obligarme a hacerlo y que llamara al encargado. Una vez hizo acto de presencia, le comenté lo sucedido, y la pobre chica, que al fin y al cabo no hace más que cumplir órdenes, tampoco supo explicarme en base a qué fundamentos legales puede registrar el contenido de mi carrito. El proceder de Mercadona, atenta contra el artículo 18.1 de la Constitución. Ni siquiera los vigilantes de seguridad pueden obligarte a que les muestres el contenido del carro de compra, ya que vulnerarían el artículo 32 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada y el artículo 76 del Reglamento de Seguridad Privada. SOLICITO Que se ordene de inmediato a Mercadona que cese en esta humillante práctica que, por otra parte, no supone otra cosa que una inversión de la carga de la prueba. Sin otro particular, atentamente.

En curso
N. A.
14/03/2026

Tortitas de maíz sabor jamón serrano Hacendado

He adquirido el producto denominado “Tortitas de maíz sabor jamón serrano Hacendado”, comercializado por la empresa Mercadona. Tras revisar detenidamente el envase y la lista de ingredientes, considero que existen elementos que podrían constituir publicidad alterada y falta de transparencia hacia el consumidor, contraviniendo la normativa europea sobre información alimentaria. 1. Posible publicidad alterada sobre la presencia de jamón serrano En el envase del producto se destaca de forma visible la denominación “sabor jamón serrano”, acompañada de imágenes de jamón serrano que refuerzan la percepción de que el alimento contiene este ingrediente. Sin embargo, tras revisar la lista de ingredientes se observa que: No aparece jamón serrano ni ningún derivado del jamón entre los ingredientes. El sabor aparentemente procede de aromas, aroma de humo y potenciadores del sabor. Este hecho puede inducir a error al consumidor medio, que razonablemente podría interpretar que el producto contiene alguna cantidad real de jamón serrano o derivados de este, lo cual no se refleja en la composición. La normativa europea establece que la presentación, etiquetado, imágenes y denominación de los alimentos no deben inducir a error sobre su naturaleza, composición o ingredientes, tal como recoge el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor. 2. Uso de “aroma de humo” para simular alimentos ahumados Entre los ingredientes figura “aroma de humo”, sustancia utilizada habitualmente en la industria alimentaria para reproducir el sabor característico de alimentos ahumados. Este tipo de compuestos se obtiene generalmente mediante la condensación y fraccionamiento del humo producido por la combustión controlada de madera, capturando posteriormente los compuestos aromáticos presentes en dicho humo para incorporarlos a alimentos procesados. Estos productos están regulados en Europa bajo el marco del Reglamento (CE) 2065/2003 sobre aromas de humo. No obstante, diversos análisis científicos han señalado que los condensados de humo pueden contener compuestos derivados de la pirólisis de la madera, entre ellos ciertos hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) y otras sustancias que, dependiendo de su composición y niveles de exposición, pueden presentar potencial genotóxico o carcinogénico. Por ello, el uso de aromas de humo se encuentra sujeto a evaluaciones de seguridad estrictas dentro de la Unión Europea. 3. Especial preocupación en productos de consumo habitual por niños El producto objeto de esta reclamación es un snack de maíz extruido de consumo rápido, que por su formato y presentación comercial es un tipo de alimento frecuentemente consumido por niños y adolescentes. Resulta preocupante que: Se utilicen aromas de humo para simular la presencia de jamón serrano, ingrediente que en realidad no está presente. Se incorporen potenciadores del sabor como: glutamato monosódico (E621) 5'-ribonucleótidos disódicos (E635) El consumo repetido de productos ultraprocesados con este tipo de aditivos y aromas puede generar una exposición acumulativa innecesaria, especialmente en poblaciones más sensibles como la infantil. 4. Falta de transparencia en la presentación del producto El etiquetado del producto presenta: imágenes de jamón serrano, una denominación comercial que destaca este ingrediente, pero una composición basada en aromas y potenciadores del sabor. Esta forma de presentación puede distorsionar la percepción real del consumidor sobre la composición del producto, lo que podría constituir una práctica comercial alterada, en contra de los principios de información clara y veraz que exige la normativa europea. SOLICITO Que la Organización de Consumidores y Usuarios analice esta reclamación y determine si la presentación y etiquetado del producto pueden constituir publicidad alterada. Que se solicite a Mercadona una aclaración oficial sobre la composición del producto, incluyendo: el origen del sabor a jamón serrano, el tipo específico de aroma de humo utilizado, y su autorización dentro de la legislación europea. Que se verifique el cumplimiento de la normativa europea aplicable a aditivos y aromas alimentarios, especialmente en relación con el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor Reglamento (CE) 1333/2008 sobre aditivos alimentarios Reglamento (CE) 2065/2003 sobre aromas de humo. En caso de confirmarse que el etiquetado o la presentación pueden inducir a error al consumidor, que se inste a la empresa a modificar la denominación comercial, el etiquetado o la presentación del producto, con el fin de garantizar una información clara, veraz y transparente.

Cerrado
R. M.
14/03/2026

Queja formal por trato vejatorio y vulneración de derechos del consumidor

A la atención del Servicio de Atención al Cliente de Mercadona: Por la presente, deseo interponer una queja formal por la situación de indefensión y humillación pública sufrida en su centro de Las Palmas de Gran Canaria (Ctra. C-811, 140). Adjunto los datos de la compra realizada para su identificación: • Factura simplificada: 4701-017-405632 • Fecha y hora: 14/03/2026 – 10:53h • Operación: 1032537 Mientras finalizaba una compra de volumen considerable en familia, fui sometida a un registro del carro por parte del personal de cajas con el fin de retirarme unas bolsas de plástico. No objeto la política de la empresa sobre el uso de materiales, sino el procedimiento vejatorio empleado: se realizó de forma acusatoria y pública, atrayendo la atención del resto de clientes y dándome un trato de delincuente por unas simples bolsas. Este incidente no es aislado, ya que en visitas anteriores he recibido gritos por parte del personal sobre la colocación de productos en la cinta, lo cual denota una falta sistemática de formación en atención al cliente en este centro. Fundamentos de esta queja: Deseo recordarles que, según el Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), el consumidor tiene derecho a recibir un trato que respete su dignidad y a no ser sometido a prácticas comerciales abusivas o desleales. El comportamiento del personal de este centro, al señalarme públicamente y actuar con desprecio, vulnera los principios básicos de respeto y cortesía que deben regir cualquier transacción comercial. Considero inaceptable que una empresa que abandera la excelencia en el servicio permita que un cliente salga de sus instalaciones con la sensación de haber sido humillado. Este tipo de trato no solo es una falta de educación, sino una mala praxis profesional que daña gravemente la imagen de Mercadona. Les insto a que realicen una investigación interna sobre los hechos ocurridos en la hora y caja indicadas y tomen las medidas disciplinarias o formativas necesarias. Como cliente, me reservo el derecho de elevar esta reclamación ante los organismos de Consumo pertinentes y de difundir este trato vejatorio en canales públicos. Atentamente,

Resuelto

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