Últimas reclamaciones

N. Y.
30/07/2024

no conozco a la persona por la cual preguntan

Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes para comunicarles que no conozco al Señor por el que preguntan y nunca ha trabajado en la empresa a la que están llamando insistentemente. SOLICITO: dejen de llamarme preguntando por él porque les han facilitado un número de teléfono erróneo y siempre que han contacto con este numero han hablado conmigo y no con el señor al que buscan. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
Y. A.
18/11/2022

acoso

Llevo 6 meses recibiendo llamadas de esta empresa reclamandome una deuda de hace 4 años, amenazandome que tienen un monitorio presentado en el juzgado de mi pueblo desde el año 2021, estamos acabando el 2022, y todavia no e recibido ninguna carta del juzgado. Lo que si que recibo, son llamadas diarias, que tengo grabadas alguna, amenazandome que si no pago, que voy al juzgado y me van a embargar.... Tambien no entiendo, como me llaman al trabajo, ya que nunca e facilitado el telefono... quiero que dejen de acosarme, no tengo dinero para casi mantenerme yo, voy tener para pagar 1000e que debo al banco santander... esto que me estan haciendo, me esta complicando la vida muchisimo, ya que siento que no doy seguido adelante con esta gente, y que en cualquier momento se pueden presentarse en mi casa y no se lo que puede pasar.... yo nunca e facilitado mis datos personales a esta empresa, pero ellos los tienen

Resuelto
Y. G.
19/01/2021

Solicitud de documentos

Muy señores míos.Por medio del presente escrito solicito el envío de la documentación existente sobre TODOS los préstamos y tarjetas contratados supuestamente con EVO y de la tarjeta de WIZINK que aun habiendo sido satisfecha, todavía se reclama.- Copia de los contratos debidamente firmados.- Histórico de pagos realizados y recibos mensuales.- Contratos firmados individualmente ante NOTARIO de la compra de dichas deudas por vuestra parte.- Cartas de precios de compra de las deudas firmadas individualmente ante NOTARIO por vuestra parte. (No paquetes de deudas).- Acuses de recibo de las comunicaciones de una forma FEHACIENTE del aviso de la compra de las deudas de forma individual. Ya que han dicho que lo han comunicado de forma fehaciente.Basándome para esta reclamación en la obligación de cumplimiento que tiene la entidad de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios financieros. (BOE del 29), actualmente en vigor, la cual establece lo siguiente en su Artículo 7. Información contractual: 1. Las entidades de crédito deberán entregar al cliente el correspondiente ejemplar del documento contractual en que se formalice el servicio recibido. 2. Las entidades de crédito deberán conservar los documentos contractuales y poner a disposición del cliente copia de los mismos siempre que éste lo solicite. CR y doc.No obstante, y en el caso de que debido a la fecha de la firma y celebración del documento contractual, éste se tuviese que regir por una normativa anterior a la citada Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios financieros (BOE de 29), se deberá acudir a las siguientes normas: 1ª - La Orden de 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía y Hacienda. Tipos de Interés y Comisiones, Normas de Actuación, Información a Clientes y Publicidad de las Entidades de Crédito (BOE de 19), establece en su ordinal séptimo, apartado 1º, lo siguiente: “Cuando lo solicite el cliente, las Entidades de crédito deberán hacerle entrega del correspondiente ejemplar del documento contractual en que se formalice la operación, suscrito, además de por el cliente, por persona con poder para obligar a la Entidad.” 2ª - La Circular 8/1990, de 7 de septiembre, del Banco de España. Entidades de crédito. Transparencia de las operaciones y protección de la clientela (BOE del 20), de desarrollo de la anterior, establecía en su norma sexta “Entrega de documentos contractuales y de tarifas de comisiones y normas de valoración y ofertas vinculantes”, apartado 2, párrafo 1º: “La entidad retendrá y conservará copia firmada por el cliente del documento contractual se exceptúan de este requisito los depósitos instrumentados en libretas cuando éstas sean el documento contractual. También conservará el recibí del cliente a la copia del documento que le haya sido entregada. Cuando los contratos sean intervenidos por fedatario público, la entidad podrá enviar por correo el contrato intervenido en estos casos, el recibí del cliente vendrá constituido por el correspondiente acuse de recibo del envío”.Dejando claro que la documentación que solicito debe ser perfectamente legible en su totalidad, es decir, no presentar cortes en los párrafos ni cualquier otro tipo de tara que impida la completa y correcta lectura de todo lo contenido en él, además de reflejar de forma legible y clara la correspondiente firma del titular o titulares. Por lo que les ruego se abstengan de enviarme fotocopias, escaneados o cualquier otro formato de copia en mal estado, o con alguna otra irregularidad que contradiga lo anteriormente expuesto. Les recuerdo que el servicio de reclamaciones del Banco de España recoge en diversas memorias pronunciamientos contra entidades por no facilitar tales duplicados, aún manteniéndose el cliente en situación de mora, en lo que supone un quebrantamiento de las buenas prácticas financieras y del principio de transparencia. Les recuerdo también la obligación de cumplimiento al ser ahora los acreedores de la deuda y de que son también responsables de las consecuencias legales que se acarreen en caso de ilegalidades como puedan ser suplantación de identidad, estafa, usura, etc.Un saludo.

Resuelto
P. S.
11/06/2020

exijo que cese el acoso a mi persona

D. Pablo Sieiro Vidal . Expone: que es titular de la , tarjeta de crédito que mantenía con el Banco Popular hasta la fecha en que esta quedo liquidada , con sus correspondientes ingresos en la cuenta corriente de dicho banco , (B. Popular ) , según documentos que obran en mi poder y que en su momento les facilite , para que cesaran en su ACOSO , telefónico . El vejamen o acción denigratoria que vds. ejercitan (Agencia de recocobro ) , atentan contra la, Dignidad de la persona y lastiman y lesionan el Honor del sujeto afectado . A juicio del Tribunal Supremo estas practicas No pueden quedar justificadas por los usos sociales y menos aun por la ley .Art/ 10 : de la Ley de protección de datos Cuando las empresas de gestión de cobro a través de las practicas de seguimiento al Deudor , (Deuda que esta liquidada) ò a personas de su entorno (LLamadas al teléfono personal de mi hija ) , divulgan datos relativos a su situación de Morosidad , sin su consentimiento , ( Les he enviado docenas de correos electrónicos ) , están vulnerando EL DEBER DE SECRETO .Por todo lo expuesto anterirormente solicita :1.- que se cumpla con lo dispuesto en las leyes que anteriormente se citan y con la Sentencia del tribunal Supremo en cuanto a las practicas abusivas y fuera del marco de dichas leyes.2.- Que se devuelva por parte de la empresa , Hoist-finance , todos los datos y documentación que obre en su poder y que les haya transmitido el Banco Popular , sin mi consentimiento , ( Tickects , facturas y documentos de pago hechos con la tarjeta de crédito ) , 3.- Que en caso de no ser atendida esta reclamación por el departamento al que me dirijo nos dirijiremos a la Justicia Ordinaria a la cual solicitaremos su protección y amparo . Como les sucedió en el procedimiento del juzgado de 1º Instancia de Alcobendas , donde se les condenó por las mismas practicas y se les obligó a rectificar sus habitos de Recobro y Acoso. (Por falta de documentación , ( Tickect , Facturas , Etc- ).enen lugar y fecha el alamo 11 / 06 / 2020PABLO SIEIRO VIDAL

Cerrado
M. A.
23/10/2019

INCLUISION FICHERO MOROSOS

Buenos tardes, he realizado un consulta a los ficheros asnef/equifax y cual es mi sorpresa cuando me he encontrado incluida por la empresa HOIST FINANCE SPAIN por una deuda de una tarjeta de crédito.Bien, la inclusión es ilegal porque no he recibido la información de que voy a ser incluida en este tipo de ficheros por ningún tipo de medios, ni probatorios ni no probatorios, por lo que pido que me saquen de inmediato de este fichero y el abono de una indemnización por vulnerar la LPD.

Resuelto

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