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R. M.
04/03/2026

Reclamación por vicios ocultos graves en vivienda adquirida – Manipulación ilegal de la instalación

Mediante escritura pública de compraventa de fecha 04/12/2025, adquirí una vivienda de CORAL HOMES, S.L. realizando todas las gestiones con su gestor Servihabitat. Tras la entrega de posesión y el alta de los suministros (luz, agua, etc.), realicé una revisión técnica obligatoria de la instalación eléctrica. En dicha revisión, realizada por instalador autorizado, se detectó una manipulación ilegal en la instalación eléctrica (conocida como "luz pinchada" o enganche ilegal directo a la red), preexistente a la entrega del inmueble. Esta irregularidad: Impide el registro correcto del consumo en el contador oficial. Constituye un riesgo grave de seguridad (posibles sobrecargas, incendios, electrocución). Representa una irregularidad administrativa ante la distribuidora eléctrica (posible Endesa o la que corresponda en la zona). Puede ser constitutiva de un delito de defraudación de fluido eléctrico (art. 255 del Código Penal), del cual soy totalmente ajeno y víctima. El defecto era oculto (no detectable a simple vista ni en visita previa), grave (hace la vivienda impropia para su uso normal y seguro) y preexistente a la compraventa. Base legal: Artículos 1484 y siguientes del Código Civil: el vendedor (Coral Homes, S.L.) está obligado al saneamiento por vicios ocultos que hagan la cosa impropia para su uso o disminuyan su valor. Artículo 1490 del Código Civil: plazo de 6 meses desde la entrega para ejercitar la acción (estoy dentro del plazo, ya que la compra es de diciembre 2025 y hoy es marzo 2026). Posible responsabilidad solidaria o subsidiaria de Servihabitat si actuó como gestor o intermediario en la venta/postventa. Riesgo penal (art. 255 CP), del que informaré a la distribuidora y autoridades si no se regulariza inmediatamente. Reclamación y requerimiento: Por lo expuesto, RECLAMO FORMALMENTE a Coral Homes, S.L. (y subsidiariamente a Servihabitat) que, en el plazo improrrogable de 10 días naturales a contar desde la recepción de esta reclamación, procedan a: La subsanación técnica inmediata de la instalación eléctrica por un instalador electricista autorizado, eliminando cualquier puenteo, manipulación o enganche ilegal. La emisión y entrega de un nuevo Certificado de Instalación Eléctrica (CIE o Boletín eléctrico) que acredite la legalización completa de la instalación. La asunción íntegra de todos los costes derivados: reparación, nuevo CIE, regularización ante la distribuidora eléctrica, posibles tasas o sanciones administrativas, y cualquier otro gasto necesario. Indemnización por daños y perjuicios ocasionados (gastos de revisión técnica, molestias, posible incremento en factura de luz una vez regularizado, etc.), cuantificados en [puedes poner una estimación o dejar "en cuantía a determinar judicialmente"]. En caso de no recibir respuesta satisfactoria ni ejecución de las medidas en el plazo indicado, me veré obligado a: Comunicar inmediatamente los hechos a la distribuidora eléctrica para deslindar cualquier responsabilidad penal o administrativa mía. Iniciar las acciones legales pertinentes (acción quanti minoris para rebaja del precio, resolución contractual si procede, y reclamación de daños y perjuicios). Presentar denuncia penal si se confirma dolo o conocimiento por parte del vendedor. Solicitar la intervención de los organismos competentes (OCU, arbitraje de consumo, juzgados). Quedo a la espera de su respuesta inmediata y solución efectiva.

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