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Reclamación por sustitución o o abono de gafas que no se fabrican

A la atención de: Óptica +Vision Magic Badaona 08917 Fecha: 20/12/2025 Adquirí unas gafas de la marca Carolina Herrera en su establecimiento + vision de el centro comercial Magic Badalona el día 7 de enero de 2023, tal y como consta en la factura adjunta. A principios de diciembre la varilla de las gafas se aflojo y quedaba como torcida, entonces os la lleve, y os la quedasteis para que la valorara la marca, aunque ya me decíais que era por mal uso, y que no tenia garantía, cuando aun no han pasado los tres años. El día 20 de diciembre de 2025, fui a vuestro establecimiento, porque me llamasteis para ir a buscarlas y se me ha informado de que el modelo está descatalogado y no existen recambios disponibles, por lo que no es posible realizar la reparación, y que aparte no pueden hacer nada ya que no tiene garantia y que es por mal uso. Ese mismo dia, puse una hoja de reclamación de la cual os adjunto. Aunque fuera por uso, la descatalogación no elimina vuestra obligación de ofrecer una solución. La ley exige alternativas cuando no hay recambios: pieza compatible, sustitución o compensación. No pueden dejarme sin opción.” Deseo recordar que, conforme a la normativa de consumo, cuando un producto no puede repararse por falta de piezas, el vendedor debe ofrecer una solución alternativa, incluso cuando la incidencia no esté cubierta por garantía. La descatalogación del modelo no exime al establecimiento de ofrecer opciones al consumidor. Deseo recordar que, conforme al Real Decreto-ley 7/2021, la garantía legal de los bienes de consumo en España es de 3 años desde la fecha de compra, por lo que el producto se encuentra dentro del periodo de garantía hasta el 7 de enero de 2026. Responsabilidad del vendedor La normativa establece que la responsabilidad de garantizar la conformidad del producto recae exclusivamente en el vendedor, independientemente de la valoración del fabricante. La opinión del servicio técnico no exime al vendedor de cumplir con la garantía legal. Sobre la valoración de “defecto de uso” Para atribuir un defecto al consumidor, es necesario un informe técnico detallado, no una valoración genérica. Mientras no exista dicho informe, la ley presume que se trata de un defecto de conformidad. Además, creo recordar que en una ocasión anterior ya se realizó una reparación de la patilla en su establecimiento. Les ruego que revisen su sistema interno, ya que este hecho podría indicar un defecto persistente. Por ello, solicito una de las siguientes alternativas: 1. La reparación gratuita de las gafas mediante recambio original o compatible. 2. En caso de no ser posible, la sustitución por un modelo equivalente. 3. Subsidiariamente, la devolución del importe abonado. Quedo a la espera de su respuesta en un plazo máximo de 10 días hábiles.

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