Análisis

Qué tengo que revisar en el borrador del IRPF

Publicado el   28 mayo 2024
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Puntos clave para revisar su borrador de IRPF 2023 con especial atención a los inmuebles. No valide nunca sin comprobar estos datos que le evitarán pagar de más. Titularidad, gastos, amortización, deducciones.

Puntos a revisar en el borrador de IRPF

La campaña de la Renta ha empezado el 3 de abril y desde ese día ya puedes revisar el borrador que Hacienda pone a disposición de cada contribuyente. Los borradores se elaboran con los datos que tiene Hacienda de los contribuyentes y puede ocurrir que algunos datos falten o sean inexactos. Es responsabilidad de cada uno revisar el borrador porque si lo confirmamos tal cual y contiene errores u omisiones, Hacienda puede reclamarnos y sancionarnos. Si Hacienda considera que ha habido "ocultación" por la omisión de algunos datos, esto puede implicar una mayor sanción.

Además, un borrador no revisado puede suponernos pagar impuestos de más. Revísalo para confirmar que contiene la información necesaria para que la liquidación del IRPF sea lo más ajustada posible.

¿Estoy obligado a declarar el IRPF este año?

Un primer aspecto hace referencia a los datos personales y familiares. Cambios de estado civil, hijos o mayores a cargo, posibles situaciones de discapacidad, cambios de domicilio… Están en juego la aplicación de los mínimos y de algunas ventajas fiscales, así como la imputación de rentas si Hacienda considera que tenemos una o varias segundas residencias

Vea cómo declarar en IRPF por estos inmuebles:

IRPF y vivienda habitual.

IRPF y segundas residencias.

IRPF y declaración de alquileres.

IRPF y venta de inmueble.

Qué inmuebles tenemos a nuestro nombre

Es clave revisar qué inmuebles figuran a nuestro nombre y el porcentaje de propiedad en caso de cotitularidad, gananciales, usufructos, etc. Especialmente importante si en el ejercicio en cuestión hemos adquirido una vivienda, ha habido una separación, un divorcio o una herencia con reparto de los bienes. Qué se considera vivienda habitual.

Suele haber errores en el año en que pasamos de vivir en alquiler a comprar nuestra propia residencia.

Si tienes derecho a aplicar la deducción por adquisición de vivienda (si adquiriste la vivienda antes del 1 de enero de 2013 y aplicaste la deducción antes) u otro beneficio fiscal, te puede interesar presentar la declaración aunque no tuvieras obligación. O quizá no interese, porque acabas pagando más: hay que comprobarlo. Si aplicas la deducción, pueden existir gastos de 2023 que entran en el cálculo de la deducción, como los seguros de vida 

Resuelve sus dudas con la Guía Fiscal OCU 2023.

Comprobar los ingresos y gastos de los inmuebles

Hacienda tiene alguna información -cada vez más- sobre las rentas de alquiler que perciben los arrendadores.

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