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Las eléctricas deben abonar ya las compensaciones por el apagón

Los fallos en el suministro eléctrico durante 2025 tienen que compensarse, y el pago de esas compensaciones tiene un plazo, que termina el 31 de marzo: desde OCU pedimos a las distribuidoras que agilicen los trámites para cumplir el plazo.

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26 febrero 2026
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Las distribuidoras eléctricas están legalmente obligadas a compensar automáticamente a los usuarios por los incumplimientos en la calidad del suministro eléctrico. Esas compensaciones son un derecho, y deben abonarse antes del final del primer trimestre del año siguiente

Tienes derecho a una compensación por la interrupción de servicio

El apagón del pasado 28 de abril supuso un evidente fallo en la calidad del suministro, e independientemente de cómo se repartan las responsabilidades, ese fallo debe compensarse con un descuento en la factura eléctrica antes del 31 de marzo de 2026, momento en que expira el límite legal para ese abono.

Esta compensación automática es independiente de cualquier otra indemnización a la que se tenga derecho, como las que en OCU estamos reclamando en nuestra acción reivindicativa, a la que te invitamos a unirte si aún no lo has hecho

Luz sobre el apagón

Obligados a garantizar la calidad

Las compañías distribuidoras están obligadas, por ley (Real Decreto 1955/2000), a garantizar unos estándares mínimos de calidad del suministro.

Cuando se superan los límites anuales de interrupciones o de horas sin suministro, la distribuidora debe compensar al consumidor aplicando descuento directo en la factura, por un importe que se calcula teniendo en cuenta el total de horas de interrupción, el número de interrupciones, la ubicación de la vivienda, el tipo de contrato…

Antes del fin de marzo, un descuento por las horas sin servicio

En el caso del apagón, las cuantías de la compensación variarán, pero se puede estimar que en un hogar medio urbano con 4,6kW contratados que hubiera pasado 11 horas sin suministro tendrían derecho a unos 15 euros de compensación. Puedes ver en detalle cómo se realiza el cálculo en

Compensaciones por corte de suministro

Ese descuento debe aplicarse, de forma automática, antes del 31 de marzo de 2026.

Pero, a día de hoy, aún no tenemos constancia de que las distribuidoras hayan comenzado a abonar estas cantidades. A juicio de OCU, no se deberían amparar en que no se hayan aclarado las responsabilidades, porque esta es una compensación automática e independiente de cualquier otra indemnización. Por eso, 

  • Pedimos a las empresas distribuidoras que agilicen los trámites, apliquen las compensaciones pendientes y comuniquen de forma clara ese descuento en la factura.
  • También solicitamos a la CNMC y a las consejerías autonómicas con competencias que comprueben que se cumplen plazos y obligaciones, para garantizar que se respetan los derechos de los consumidores.

Queremos luz sobre el apagón

Insistimos: esta compensación automática no sustituye ni limita otros derechos: si se han producido a causa del apagón daños cuantificables que se puedan demostrar o cualquier otro perjuicio, deben indemnizarte. Queremos que se compense a los afectados. Ayúdanos a lograrlo.

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