Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí

Restitución de reserva

Estimados/as señores/as:  Me pongo en contacto con ustedes porque hemos firmado contrato por un piso el pasado 31 Agosto 2026 y no nos han devuelto el importe de la reserva, la que nos habian asegurado que sería restituida en 24 hs. A su vez, hemos firmado contrato de buena fe luego de que nos aseguraran que el piso estaba en condiciones y ahora vemos que se ha tratado de una maniobra para llévanos a firmar por un piso que luego verificamos no está en condiciones mínimas de habitar. Esto lo ha reportado ya una persona encargada de adecuaciones por lo que ustedes están en conocimiento hace tiempo de esto y no hemos tenido ninguna respuesta por lo que es evidente que no quieren hacerse cargo ni de las reparaciones, ni de realizar una mínima limpieza de la vivienda. SOLICITO la devolución inmediata del importe de la reserva con comprobante adjunto y a su vez brinde una solución sobre las condiciones del piso poder realizar la mudanza. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

En curso

RECLAMACIÓN POR IMPAGO DE LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Se reclama frente a CATELLA ERF SPAIN 02 (arrendadora) y BSERVICER BÁSICO, S.L., que actúa comercialmente como Básico Homes/Básico Living/Básico Real Estate y que ha gestionado el arrendamiento, por el impago de 4.240,25 €, cantidad calculada, liquidada, reconocida y firmada por la propia arrendadora en fecha 17 de julio de 2026. HECHOS El 27 de junio de 2025 se formalizó un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, entregándose 1.190 € de fianza legal y 2.380 € de garantía adicional. El 14 de abril de 2026 se comunicó formalmente el desistimiento del contrato, con más de 30 días de preaviso, fijándose la entrega de llaves para el 14 de mayo de 2026. En dicha comunicación se solicitó expresamente la devolución de la fianza y garantía adicional y se designó una cuenta bancaria para recibir el importe. La arrendadora y la gestora no formularon objeción alguna. Las llaves fueron entregadas el 14 de mayo de 2026, sin que se comunicara ningún desperfecto, deuda, incumplimiento del inventario ni otra causa que justificase la retención de las cantidades. Además, la propia gestora había comunicado por escrito que la fianza y la garantía adicional serían devueltas en el plazo de 30 días desde la entrega del inmueble. El 17 de julio de 2026, la arrendadora remitió para firma electrónica el documento denominado “Resolución y Liquidación del Contrato de Arrendamiento”, en el que establecía: - Fianza: 1.190,00 € - Garantía adicional: 2.380,00 € - Devolución de recibo por días no disfrutados de mayo de 2026: 652,58 € - Intereses de demora: 17,67 € TOTAL A PAGAR: 4.240,25 € Por tanto, no se trata de una cantidad discutida o estimada unilateralmente por el arrendatario, sino de una deuda líquida reconocida y cuantificada por la propia arrendadora, que incluso incluye intereses por su retraso. Sin embargo, en dicho documento se introdujo como cuenta de destino un IBAN erróneo y cancelado, distinto del que había sido expresamente designado por escrito para la devolución. El mismo 17 de julio de 2026 se comunicó inmediatamente el error a la gestora y se aportó certificado bancario acreditativo de la titularidad de la cuenta correcta. Asimismo, se manifestó expresamente oposición al dato bancario incorrecto y disposición a firmar inmediatamente una versión corregida. Pese a ello, la gestora no emitió nunca el documento corregido y el procedimiento de firma caducó el 2 de agosto de 2026 por expiración del plazo. Tras reiteradas gestiones telefónicas, el 31 de julio de 2026 la gestora respondió indicando únicamente que el número de cuenta utilizado era el que figuraba en el contrato y que la devolución se realizaría a dicha cuenta. Esta respuesta ignora que la cuenta estaba cancelada, que se había comunicado previamente el cambio de cuenta y que se había aportado certificado bancario acreditativo de la nueva cuenta. Además, consta documentalmente que la gestora ya conocía la nueva cuenta desde 2025, pues se había tramitado previamente el cambio de domiciliación mediante mandato SEPA y certificado bancario. El 31 de julio de 2026 se realizó un requerimiento formal concediendo un plazo de siete días para efectuar el pago y advirtiendo de las acciones administrativas y judiciales correspondientes. El 7 de agosto de 2026 la gestora cerró unilateralmente el expediente sin efectuar el pago, sin corregir la liquidación y sin responder al requerimiento. A fecha de 10 de agosto de 2026 han transcurrido 88 días desde la entrega de llaves, sin que se haya abonado cantidad alguna de los 4.240,25 € reconocidos por la propia arrendadora. Existen además otros antecedentes durante el arrendamiento que evidencian una deficiente gestión: gastos de reparación del inodoro asumidos por el arrendatario y no reintegrados, un sobrecoste de calefacción cuya causa fue atribuida por escrito a trabajos realizados por la gestora, expedientes cerrados sin solución material y la repercusión de una tasa municipal de residuos pese a lo establecido en el contrato. MOTIVO DE LA RECLAMACIÓN Considero que la conducta de las reclamadas está provocando injustificadamente la retención de una cantidad que ellas mismas han reconocido como debida. El error en la cuenta bancaria no puede justificar indefinidamente el impago, especialmente cuando: La cuenta correcta había sido comunicada previamente. La gestora disponía de documentación que acreditaba dicha cuenta. El error fue comunicado inmediatamente. Se aportó el certificado bancario solicitado. La propia arrendadora reconoció y cuantificó la deuda. Nunca se emitió la liquidación corregida. El expediente fue cerrado sin solucionar la reclamación. La cantidad continúa sin abonarse pese al requerimiento formal. Asimismo, se considera improcedente condicionar el pago a la firma de una liquidación que contiene un dato bancario erróneo introducido por las propias reclamadas, especialmente cuando el arrendatario manifestó su oposición dentro del plazo concedido y solicitó únicamente su corrección. SOLICITO A OCU Que admita la presente reclamación y preste asistencia y asesoramiento frente a CATELLA ERF SPAIN 02 y BSERVICER BÁSICO, S.L. Que requiera a las reclamadas el pago inmediato de 4.240,25 €, mediante transferencia a la cuenta bancaria correctamente designada y acreditada documentalmente. Que se reconozca el derecho al interés legal correspondiente desde el 15 de junio de 2026 hasta el efectivo pago, sin perjuicio de los 17,67 € de intereses ya incluidos en la liquidación. Que se considere improcedente condicionar la devolución a la firma de un documento que contiene un dato bancario erróneo y cuya corrección fue solicitada oportunamente. Que se requiera a las reclamadas el justificante del depósito de la fianza ante el organismo competente de la Comunidad de Madrid. Que se solicite el desglose y justificación de las cantidades incluidas en la liquidación, especialmente los 652,58 € correspondientes a los días no disfrutados de mayo de 2026 y los intereses calculados. Que se reclame igualmente el reintegro de los gastos de reparación del inodoro asumidos por el arrendatario y del sobrecoste de calefacción cuya causa fue atribuida documentalmente a trabajos realizados por la gestora. Que se deje constancia de la reserva de acciones respecto de otras cantidades reclamadas durante el arrendamiento, incluida la tasa municipal de residuos. Que OCU valore la posibilidad de ejercer o recomendar las acciones administrativas y judiciales correspondientes, incluido, en su caso, el procedimiento monitorio, dado que la deuda principal consta expresamente reconocida y firmada por la propia arrendadora. SE ADJUNTA igualmente escrito completo con reclamación íntegra, así como documentos adjuntos.

Cerrado

rectificacion de facturas

Buenos días Nos ponemos en contacto con ustedes en relación con la factura FV26-0000003265, correspondiente al último mes de alquiler, donde hemos comprobado que se ha aplicado la actualización de la renta conforme al IPC. Consideramos que dicha actualización no procede. Tras comunicarles, con una antelación superior al plazo de preaviso establecido en el contrato, nuestra voluntad de no renovar el arrendamiento, se nos indicó telefónicamente que, para evitar la aplicación de dicha actualización, debíamos realizar la entrega de llaves antes del día 12 de agosto, fecha de finalización del contrato. Siguiendo esas indicaciones, la entrega de llaves se efectuará el día 11 agosto. Con el fin de evitar incidencias innecesarias antes del vencimiento del recibo, les solicitamos que revisen y rectifiquen la factura FV26-0000003265, eliminando la actualización del IPC y emitiendo una nueva factura con el importe correcto. A día hemos visto que nos han cargado dicho importe de más, por lo que nosotros no vamos a pagar esa factura hasta que no quede corregida. Asimismo, dejamos constancia de que continúa pendiente de respuesta nuestra solicitud de aclaración sobre la factura FV26-0000000419, relativa a los conceptos de Agua y Luz, planteada via email y teléfono varias veces desde diciembre 2025. A fecha de hoy, seguimos sin conocer el estado de esta incidencia ni disponer de la documentación que justifique dichos importes o, en su caso, de la rectificación que corresponda. Dado que la entrega de llaves está prevista para el próximo día 11, les rogamos que ambas incidencias queden resueltas con anterioridad a esa fecha, de forma que el cierre del contrato pueda realizarse con toda la documentación y facturación correctamente regularizadas. Quedamos a la espera de su respuesta. Un cordial saludo,

Cerrado

Indiferencia para solución problemas que afectan mi calidad de vida

Hola buenas tardes, quiero denunciar la negligencia para solucionar o asistir problemas que corresponde a Básico solucionar, vivo en uno de sus pisos de alquiler desde febrero teniendo múltiples incidencias que no solucionar y me he rendido de llamar y mandar mensajes, pero hay dos que están afectando mi vida y de mi pareja, no me quieren vender un tag para poder acceder a los servicios que estoy pagando y no le sirve el termostato por lo que con este calor no puedo usar el aire acondicionado, me mandan de básico a A360, de allí a Alfred Smart, luego a los administradores de la finca y nadie sabe quién me tiene que solucionar las incidencias, llamo y solo dicen "lo reporto" pero jamás recibo una llamada de parte de ustedes para darme una sola solución, pago unos servicios que no puedo usar, no puedo colocar el aire y nadie me da respuesta, por favor necesito que me den solución a esto, mil gracias

Cerrado

Incidencias sin resolver

Hola, en Julio de 2021 compré un apartamento en Vera (Almeria) en la urbanización Magna Vera. Desde el principio denuncié una lista bastante larga de incidencias en la vivienda que se fueron solucionando muy lentamente. De hecho, hay una incidencia que hoy, cuatro años más tarde sigue sin resolverse (una placa rajada en el techo del cuarto de baño). He estado reportando este problema continuamente y siempre he recibido largas: - El próximo mes se visitará la vivienda - Se resolverá con las incidencias de la segunda fase (están terminando la tercera fase) - En cuanto terminen con una instalación.... pero sigo con el problema, recibiendo más excusas y sin resolver el problema. Para colmo, acaba de parecer una grieta en la pared exterior y, golpeando por debajo de ella, se ve que está completamente hueco y se puede caer en cualquier momento. Por supuesto, lo he reportado y aun no he recibido ninguna respuesta. Les ruego que resuelvan esta incidencias de forma urgente, no es de recibo seguir esperando después de cuatro años.

Cerrado

Reclamación por no devolución de importe de reserva y falta de contrato específico en arrendamiento

Estimados señores, El día 22 de enero, realicé el depósito de €200 en concepto de señal referente al alquiler de un apartamento ubicado en Calle Haya, 17, en Mairena del Aljarafe, Sevilla. Posteriormente, el miércoles 29 de enero, solicité a la comercial Sra. Sonia Mellado la devolución de dicho importe debido a un desacuerdo contractual. En esa ocasión, ella me confirmó que la devolución se realizaría y que el reembolso tardaría, como máximo, una semana. Me dirijo a ustedes para reiterar, por última vez, mi solicitud de reembolso del importe de €200, correspondiente a la reserva del apartamento en Calle Haya, 17, en Mairena del Aljarafe, Sevilla. Quiero dejar claro que en ningún momento desistí voluntariamente del alquiler tras pasar el Scoring. Mi solicitud de cancelación se debió a irregularidades en el proceso, especialmente a la falta de un contrato detallado y específico para el apartamento en cuestión. Hasta el día de hoy, 7 de febrero de 2025, más de 15 días después de la reserva, aún no he recibido el borrador del contrato corregido y específico correspondiente a la vivienda de Calle Haya, 17, en Mairena del Aljarafe, Sevilla. El único documento que me fue proporcionado fue un borrador genérico de la inmobiliaria, sin ningún dato específico sobre el apartamento, incluso después de que solicité correcciones a la comercial. Este incumplimiento vulnera mi derecho a recibir información clara y suficiente antes de formalizar cualquier acuerdo. Base legal: Artículo 3 del Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compraventa y arrendamiento de viviendas: "Artículo 3.° La oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de viviendas se hará de manera que no induzca ni pueda inducir a error a sus destinatarios, de modo tal que afecte a su comportamiento económico, y no silenciará datos fundamentales de los objetos de la misma." → La falta de entrega de un contrato detallado y específico para la vivienda reservada vulnera este principio de información suficiente, ya que el único documento recibido fue un modelo genérico de la inmobiliaria. Artículo 80.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: "Artículo 80. Requisitos de las cláusulas no negociadas individualmente. 1. En los contratos con consumidores y usuarios que utilicen cláusulas no negociadas individualmente, incluidos los que promuevan las Administraciones públicas y las entidades y empresas de ellas dependientes, aquéllas deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Concreción, claridad y sencillez en la redacción, con posibilidad de comprensión directa, sin reenvíos a textos o documentos que no se faciliten previa o simultáneamente a la conclusión del contrato, y a los que, en todo caso, deberá hacerse referencia expresa en el documento contractual. b) Accesibilidad y legibilidad, de forma que permita al consumidor y usuario el conocimiento previo a la celebración del contrato sobre su existencia y contenido. En ningún caso se entenderá cumplido este requisito si el tamaño de la letra del contrato fuese inferior a los 2.5 milímetros, el espacio entre líneas fuese inferior a los 1.15 milímetros o el insuficiente contraste con el fondo hiciese dificultosa la lectura. c) Buena fe y justo equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, lo que en todo caso excluye la utilización de cláusulas abusivas. 2. Cuando se ejerciten acciones individuales, en caso de duda sobre el sentido de una cláusula prevalecerá la interpretación más favorable al consumidor. → Un contrato genérico, sin datos específicos del apartamento arrendado, puede ser considerado una cláusula abusiva y, por lo tanto, nulo, ya que no garantiza la transparencia exigida por la normativa de consumidores. Artículo 31 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda: Artículo 31. Información mínima en las operaciones de compra y arrendamiento de vivienda. 1. Sin perjuicio de los principios y requerimientos contenidos en la normativa autonómica de aplicación y con carácter mínimo, la persona interesada en la compra o arrendamiento de una vivienda que se encuentre en oferta podrá requerir, antes de la formalización de la operación y de la entrega de cualquier cantidad a cuenta, la siguiente información, en formato accesible y en soporte duradero, acerca de las condiciones de la operación y de las características de la referida vivienda y del edificio en el que se encuentra: a) Identificación del vendedor o arrendador y, en su caso, de la persona física o jurídica que intervenga, en el marco de una actividad profesional o empresarial, para la intermediación en la operación. b) Condiciones económicas de la operación: precio total y conceptos en éste incluidos, así como las condiciones de financiación o pago que, en su caso, pudieran establecerse. c) Características esenciales de la vivienda y del edificio" → Esto incluye la obligación de proporcionar información clara sobre las características esenciales del apartamento antes de formalizar el contrato. Además, antes de solicitar la devolución de la reserva, ya había notificado a mi arrendador actual sobre mi intención de dejar mi vivienda para mudarme a Calle Haya, 17. Sin embargo, después de que la Sra. Sonia Mellado me confirmara explícitamente, tanto por mensaje como por llamada los días 29 y 31 de enero de 2025, que la devolución de la reserva sería procesada, procedí a cancelar la notificación de salida de mi vivienda actual, confiando en dicha confirmación. Sonia también me indicó que hoy debía reiterar el pedido, ya que ella lo realizaría igualmente. Por lo expuesto, solicito la remesa inmediata del importe de €200 a la cuenta bancaria desde la cual se realizó el pago. En caso de no recibir una respuesta favorable dentro de este período, me veré en la necesidad de emprender acciones legales ante los tribunales competentes. Además, procederé a contactar a la policía para averiguar posibles crímenes relacionados con este asunto. Agradezco su pronta respuesta y la confirmación de la devolución dentro del plazo indicado. Un saludo.

Cerrado

Solicitud URGENTE de reparación por filtraciones en el techo de mi baño

Buenas tardes, Resido en el piso inferior de una vivienda de vuestra propiedad, ubicada en Calle Alzina 2, 1C, Madrid. Actualmente está cayendo agua cada vez que se duchan vuestros inquilinos y tengo humedades en el techo de mi baño, un problema recurrente que ya ha ocurrido en varias ocasiones y que ya os he comunicado por teléfono y por email en multitud de ocasiones : 1. Primera incidencia: En 2020, tras dos años de reclamaciones, tuvimos que emprender acciones legales para que se realizara la reparación. 2. Segunda incidencia: El año pasado, el problema volvió a aparecer y, aunque se realizó una intervención, fue insuficiente, ya que las humedades reaparecieron a los pocos meses. 3. Incidencia actual: Ahora, nuevamente estoy sufriendo filtraciones de agua, agravándose una situación que ya he denunciado reiteradamente. Solicito una solución definitiva e inmediata, dado que esto afecta directamente a mi calidad de vida y al estado de mi vivienda. La situación es urgente y requiere una intervención rápida y eficaz. Quedo a la espera de vuestra respuesta y de vuestra pronta solución. Por favor, contactadme lo antes posible para coordinar los pasos necesarios. Un saludo

Cerrado

Reclamacion pagos inexistentes

Se adjunta escrito de reclamacion

Cerrado

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