Estimados señores de Iberia,
En relación con el expediente de reclamación E20250813-63991837, me dirijo a ustedes para reiterar mi solicitud de reembolso del importe correspondiente a las zapatillas que me vi obligado a adquirir debido al retraso en la entrega de mi equipaje facturado en el vuelo de Menorca a Madrid con llegada el día 09/08.
Mi maleta no fue entregada hasta el día siguiente al mediodía, sin previo aviso por parte de la compañía, lo que me dejó sin el calzado necesario para moverme con normalidad. Viajaba en sandalias y, como persona de 65 años, necesitaba calzado cómodo y adecuado para poder desplazarme. Por ese motivo, adquirí unas zapatillas Nike, marca que utilizo habitualmente por motivos de comodidad y salud.
Entiendo que según el Reglamento (CE) nº 261/2004 y la Convención de Montreal, tengo derecho al reembolso de los gastos razonables y necesarios derivados del retraso en la entrega del equipaje. En ningún momento se establece un listado cerrado de artículos reembolsables ni se excluyen productos por su marca, sino que se debe atender a la necesidad concreta del pasajero y a las circunstancias específicas del caso.
Por todo lo anterior, solicito la reconsideración de la denegación del reembolso de este gasto. En caso contrario, me veré en la obligación de trasladar la reclamación a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), o, si fuera necesario, recurrir a la vía judicial.
Quedo a la espera de su respuesta.
Atentamente,
Francesc Prats Humbert