Naturaleza del problema:

Equipaje

Tu reclamación

E. P.

A: IBERIA LÍNEAS AÉREAS

30/01/2025

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de Lanzarote, con fecha salida a las 8:45 horas del día 7 del mes de Diciembre de 2024. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una tabla de surf. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en estar la tabla partida por la mitad y chafada de la cola. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) Aporto copia del PIR y el billete. Y, aporto también los siguientes documentos: fotos, certificado de irreparabilidad, factura de la tabla de reposición. SOLICITO, el abono de 1310 euros* en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados Sin otro particular, atentamente. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.


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