Estimados/as señores/as:
En fecha 04/09/2026, adquirí un billete de avión para viajar en el vuelo con código IB0306, desde Monterrey hasta España.
En el aeropuerto de origen, procedí a facturar mi equipaje, consistente en una maleta.
En el aeropuerto de destino, y tras la recogida del equipaje, al llegar a mi domicilio y proceder a su apertura y revisión detallada, el mismo llegó deteriorado, consistiendo los desperfectos en abolladuras graves y roturas estructurales en una de las esquinas.
La incidencia fue comunicada a la aerolínea a través de sus canales de atención al cliente dentro del plazo legalmente establecido de 7 días naturales desde la recepción del equipaje, si bien la compañía se escuda en la ausencia de parte de irregularidad (PIR) presencial en el aeropuerto, a pesar de que los daños estructurales no eran plenamente perceptibles a simple vista mientras el bulto circulaba por la cinta de recogida.
Ante el deterioro del equipaje facturado, solicito el abono de 150,00 euros en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados que consistieron en la rotura y abolladura de la estructura rígida de la maleta.
Adjunto los siguientes documentos: copia de la tarjeta de embarque, etiqueta de facturación de la maleta (baggage tag), fotografías detalladas de los daños y copias de las comunicaciones mantenidas con la compañía.
SOLICITO, el abono de 150,00 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados.
Sin otro particular, atentamen