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Reclamación por cancelación y solicitud de transporte alternativo – Vuelo IB102 EZE–MAD (04/04/2026)

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Cancelación del vuelo

Tu reclamación

B. R.

A: IBERIA LÍNEAS AÉREAS

06/03/2026

Estimados/as señores/as: Teníamos contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Buenos Aires (EZE) al de Madrid (MAD), con salida prevista el día 4 de abril de 2026 (a las 13:00 horas) en el vuelo IB102, cuya llegada a Madrid debería haber tenido lugar el día 5 de abril de 2026 (a las 05:40 horas) conforme al horario originalmente contratado. Nº de pasajeros: [2] En fecha 27 de febrero de 2026 se nos comunicó la cancelación de dicho vuelo y su sustitución por el vuelo EZE106 con salida el 5 de abril de 2026 (a las 18:10 horas) y llegada el 6 de Abril de 2026 (a las 10:45 horas), lo que supone un retraso efectivo de 29 horas y 5 minutos respecto al itinerario inicialmente contratado. Hemos comprobado que para el día 4 de abril existen vuelos disponibles que permiten la llegada en la fecha originalmente prevista, en condiciones comparables al itinerario contratado (vuelo directo Buenos Aires–Madrid), con salida anterior al vuelo alternativo asignado. Solicitamos revisión manual de dicha disponibilidad y reencaminamiento ese mismo día. En caso de no existir disponibilidad en sus propios vuelos, recordamos que el artículo 8 del Reglamento (CE) 261/2004 establece la obligación de ofrecer transporte alternativo hasta el destino final lo antes posible y en condiciones comparables (vuelos directos, no con escalas innecesarias), pudiendo incluir reencaminamiento en otras compañías si fuera necesario. La llegada el lunes en lugar del domingo supone un perjuicio laboral evidente para ambos pasajeros, al coincidir con día laborable y conllevar la pérdida de un día adicional de vacaciones, lo que refuerza que la alternativa ofrecida no resulta comparable al itinerario originalmente contratado. SOLICITAMOS transporte alternativo a nuestro destino final a la mayor brevedad posible, concretamente el día 4 de abril de 2026, conforme al artículo 8 del Reglamento (CE) 261/2004. SOLICITAMOS asimismo, en caso de que finalmente debamos permanecer en Buenos Aires hasta el día 5 de abril como consecuencia de la cancelación, que se garantice la asistencia prevista en el artículo 9 del citado Reglamento, incluyendo alojamiento, transporte y manutención durante la estancia adicional, con el correspondiente abono de las dietas que resulten necesarias. Solicitamos confirmación por escrito de la alternativa ofrecida. Adjuntamos la siguiente documentación acreditativa: 1. Copia de los billetes electrónicos de los dos pasajeros con justificante de pago del billete 2. Localizador de la reserva y reserva inicial. 3. Comunicación de cancelación recibida el 27 de febrero de 2026 (2 emails) 4. Captura de pantalla acreditativa de disponibilidad de vuelos el día 4 de abril en condiciones comparables (vuelo directo EZE–MAD) con salida a las 21:40 horas y llegada a Madrid a las 14:30 del día 5 de Abril. Sin otro particular, atentamente.


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