A la atención del Departamento de Reclamaciones y Legal de Loaney Finance, S.L. (Prestamato):
Por medio de la presente, me dirijo a ustedes en relación con el préstamo personal rápido suscrito bajo el número de referencia 500234, manifestando mi más absoluta disconformidad con su pretensión de eludir responsabilidades argumentando el cierre del expediente.
Mediante este escrito, exijo formalmente la devolución íntegra de la cantidad de 161,24 €, importe exacto que hube de abonar por encima del capital inicial prestado, basándome en los siguientes fundamentos jurídicos y de protección al consumidor:
1. Nulidad de los recargos e intereses desproporcionados: El préstamo inicial ascendía a la estricta cantidad de 140,00 €. A raíz de la aplicación de costes de extensión, prórrogas e intereses moratorios de carácter abusivo (estipulados en un 1,99% diario), la deuda inicial fue incrementada de forma arbitraria hasta obligarme al pago total de 301,24 € bajo presiones extrajudiciales continuas. Estas prácticas vulneran frontalmente la Ley de Represión de la Usura y la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo.
2. Ineficacia de la oposición por "préstamo cerrado": El hecho de que el expediente conste formalmente como pagado o cerrado no extingue mi derecho ni su obligación de restitución. La legislación protectora de los consumidores ampara la reclamación de cantidades derivadas de cláusulas abusivas e intereses usurarios con posterioridad a la cancelación del crédito, al tratarse de cobros indebidos que carecen de causa legal válida.
Por todo lo expuesto, les requiero por última vez para que, en un plazo improrrogable de 5 días hábiles, procedan a la devolución de los 161,24 € cobrados en exceso
Adjunto a este mensaje el contrato original, la hoja de extensión y el justificante bancario acreditativo del pago de los 301,24 €. De no atenderse este requerimiento amistoso en el plazo señalado, el caso quedará definitivamente judicializado, interponiendo las demandas y denuncias oportunas ante las autoridades de consumo competentes y los tribunales de justicia, con expresa solicitud de condena en costas por resistencia injustificada.