Yo, Jesús Ruiz Rico, con DNI 44960570D, y domicilio en Raval Sant Pere Nº 8, 4ª primera, Reus (Tarragona),
EXPONGO:
1. Que en fecha 4 de agosto de 2025 contacté con el técnico identificado como 'Jhon Aire Acondicionado' para la
reparación de mi aparato de aire acondicionado en mi domicilio.
2. Que tras acudir al domicilio y realizar un diagnóstico erróneo (afirmando que la falta de funcionamiento se
debía a la ausencia de gas), se me cobró en metálico la cantidad de 634 euros, según consta en la factura
emitida.
3. Que a pesar de dicho pago y de las reiteradas visitas y mensajes (documentados en WhatsApp entre los días 4
de agosto y 26 de septiembre de 2025), el aparato nunca fue reparado ni se aportó la pieza necesaria,
limitándose a rellenar gas sin solucionar la avería.
4. Que ante mi insistencia, el técnico reconoció que el diagnóstico inicial era erróneo y el día 18 de agosto de
2025 se comprometió a la devolución del importe abonado, incluso confirmando posteriormente (día 21 de
agosto) que contabilidad lo abonaría.
5. Que en sucesivos mensajes (21 de agosto, 22 de agosto, 25 de agosto, 1 de septiembre, 5 de septiembre, 12
de septiembre, 15 de septiembre y 23 de septiembre de 2025), el denunciado y su empresa volvieron a
comprometerse reiteradamente a efectuar el reembolso, ya sea mediante Bizum o transferencia bancaria,
llegando incluso a dar fecha concreta (25 de septiembre de 2025).
6. Que llegada dicha fecha, y pese a los compromisos de pago, el dinero no fue devuelto, tal como consta en los
mensajes de WhatsApp de fecha 26 de septiembre de 2025: 'No me ha llegado nada'.
7. Que con fecha 18 de agosto de 2025 solicité expresamente una hoja de reclamaciones al técnico, tal y como
me indicaron desde el servicio de calidad de la empresa. Sin embargo, dicho técnico se negó a facilitármela,
incumpliendo la obligación legal de disponer y entregar hojas de reclamaciones a los consumidores que lo
soliciten.
FUNDAMENTOS
Se ha producido un incumplimiento contractual y un posible engaño al consumidor, al cobrar una cantidad en
metálico sin prestar el servicio contratado.
Existe además un incumplimiento de las obligaciones legales de devolución al haber sido reconocida la deuda y
no haber sido satisfecha.
La negativa a facilitar hoja de reclamaciones constituye una infracción de la normativa de consumo, en concreto
la obligación legal de ponerlas a disposición de los consumidores.
SOLICITO
1. Que se admita la presente denuncia/reclamación.
2. Que se requiera al denunciado la devolución inmediata de los 634 euros abonados, más los intereses
correspondientes.
3. Que se valore la imposición de sanciones administrativas por incumplimiento de la normativa de consumo y
posibles responsabilidades penales si se aprecia ánimo de engaño.