Estimados/as señores/as:
Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de Ámsterdam, con fecha salida a las 19:45 horas del día 3 del mes de abril de 2025.
En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en maleta de cabina Samnonite Neopulse.
El equipaje no llegó a destino ya que lo enviaron a San Sebastián y antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR).
Ante la pérdida del equipaje facturado, solicito el abono del resto de gastos ocasionados y ya solicitados en relación al expediente E20250404-5890269: 1.434,3 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados que consistieron en recuperar mi maleta pasados 6 días cuando se trata de un vuelo directo europeo y de corta duración, pérdida del hotel contratado en Zwolle (Holanda) y pago del hotel en Ámsterdam el día 3, al perder la posibilidad de recoger el coche en la agencia Sixt Schipol, debido al retraso del vuelo y a la desaparición de mi equipaje, y a la información errónea proporcionada por su socio Aviapartner.
Adjunto los siguientes documentos:
-tarjeta de embarque, facturas de compras y ambos hoteles.
SOLICITO la cantidad de 914,85 euros*( ya han sido abonados 519,45 euros en relación a parte de los gastos ocasionados) en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados.
Sin otro particular, atentamente.
* En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente
Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.