RECLAMANTE: Mariana Becerra Pickholz -NIE 76652351k
RECLAMADO: IBERIA L.A.E. S.A. Operadora Unipersonal
ASUNTO: Practica Comercial Engañosa-Solicitud de reembolso por falta de transparencia precontractual y cobro indebido de servicios de reserva de asientos (377,00 €) mas daños y perjuicios.
1. EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS
Con fecha 01 de marzo de 2026, procedí a la compra directa de billetes aéreos a través del portal oficial de Iberia para mi familia, que incluye a dos hijos menores de edad
.
Inmediatamente tras la compra, accedí a la gestión de reserva para asegurar la unidad familiar, dado que por la edad de los menores no es viable que viajen separados de sus progenitores
.
Durante el proceso de selección, la interfaz web de Iberia mostraba todos los asientos con un coste asociado, sin indicar en ningún momento que existiría una opción de selección gratuita en las 24 horas previas al vuelo
.
Ante esta omisión de información esencial, me vi forzada a abonar un total de 377,00 € para garantizar la seguridad y el bienestar de los menores.
El desglose de los cargos, verificados por recibos electrónicos (EMD) y extracto bancario, es el siguiente:
.Localizador M97GV: 51,00 € (3 asientos de 17,00 €)
.Localizador QE6WS: 48,00 € (3 asientos de 16,00 €)
.Localizador MPQW8: 278,00 € (cargos de 42 €, 45 €, 45 €, 47 €, 48 € y 51 €)
.
Al detectar posteriormente la práctica comercial engañosa, presenté cuatro reclamaciones ante Iberia (Ref: P20260302-71117564, P20260302-71127088, P20260302-71127497 y P20260303-71163018).
Todas han sido rechazadas alegando que la información de gratuidad se envía por email después de la compra, confirmando así la falta de transparencia en el momento decisivo del pago.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Incumplimiento del Deber de Información (Art. 60 TRLGDCU): Iberia vulneró su obligación de facilitar de forma clara y comprensible la información relevante sobre las opciones de precio antes de que el consumidor quede vinculado por el contrato.
Práctica Comercial Desleal por Omisión (Ley 3/1991): Ocultar la gratuidad de un servicio para inducir a un pago inmediato constituye una omisión engañosa que altera el comportamiento económico del consumidor.
Protección de Menores y Unidad Familiar: La normativa de AESA y el Reglamento (CE) 261/2004 instan a las aerolíneas a facilitar que los menores viajen junto a sus acompañantes sin costes arbitrarios derivados de una falta de información transparente.
3. PETICIÓN
Solicito la mediación de este organismo para que Iberia proceda al reembolso íntegro de los 377,00 € cobrados indebidamente, al haberse obtenido el consentimiento de pago mediante la ocultación de información tarifaria relevante.
4. PRUEBAS QUE SE ADJUNTAN
*13 Recibos Electrónicos (EMD) emitidos por Iberia el 01/03/2026
Extracto de cuenta de CaixaBank con fecha valor 06/03/2026 que refleja los 13 cargos coincidentes
.
Comprobantes de las reclamaciones previas enviadas a la aerolínea y desestimadas