Estimados/as señores/as:
Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Praga al de Madrid que tenía su salida a las 19:40 horas del día 6 del mes de enero de 2025 por un coste de 294,70€ con un coste de [… €].
Nº de pasajeros: 1
Llegado el día y hora de salida de mi vuelo, me presento en el aeropuerto y se me comunica que se me deniega el embarque por sobreventa (" overbooking") y que en ese vuelo por podría embarcar. En ningún momento renuncié voluntariamente a mi plaza pero en busca de llegar a mi destino realicé otra compra anteriormente con otra compañía.
Adjunto los siguientes documentos: billetes de avión de PRAGA-ALICANTE como primera opción + ALICANTE A MAD con Iberia.
Vuelo de esta queja PRAGA-MAD con Iberia comprado en última instancia el mismo día del vuelo como última alternativa para poder llegar directamente a Madrid.
Al realizar el check in, se me asigna standby, y dado que Iberia tierra me confirmó que no podría volar en ese vuelo dado que había overbooking, decidí volar con eurowings.
No puede cancelar el vuelo dado que no me daba la opción la reserva y la confirmación de plaza se envió tan solo 1hr y 10min antes del vuelo, mientras yo estaba volando a Alicante.
SOLICITO: la compensación que reconoce la legislación europea.
Sin otro particular, atentamente.
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que:
Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza
Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea