Buenos días.
El pasado día 11 de Diciembre del 2025, realicé un pedido online en su web, número de pedido 771715062, el cual nunca llegué a recibir. El número de seguimiento de su courier seleccionado así lo demuestra, cambiando el estado del mismo como entregado, y sin embargo, en el justificante de entrega no consta firmado por absolutamente nadie.
Después de ponerme en contacto con ustedes y reclamar el producto o en su caso el reembolso del mismo, y obtener la respuesta de que la responsabilidad es de la empresa de mensajería, después de innumerables llamadas e mails a Seur y de no obtener respuesta, no me ha quedado mas remedio que acudir a la OCU para informarme de cuales son mis derechos, y me dirigen a esta ley en vigor en España desde el año 2007:
Real Decreto Legislativo 1/2007
Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
🔹 Artículo 66 bis
“Salvo que las partes hayan acordado otra cosa, el riesgo de pérdida o deterioro de los bienes se transmite al consumidor cuando él o un tercero indicado por él, distinto del transportista, adquiere la posesión material de los bienes.”
🔹 Artículo 66 ter
Establece que el empresario debe entregar el bien sin demora indebida y, como máximo, en 30 días.
Conclusión legal clara:
Si no has recibido el producto, el riesgo sigue siendo del vendedor, aunque el transportista lo haya perdido.
Por lo tanto, y según la legislación vigente en España, solicito de manera formal el abono integro del pedido 771715062.
De lo contrario no tendré mas remedio que acudir a los tribunales para defender mis derechos como consumidor.
Reciban un cordial saludo
Maria Dolores Agulló Torres