Buenos días,Le informamos de que, en aplicación del artículo 17 y siguientes del Reglamento 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros del ferrocarril, y artículo 32 del Anexo I del citado reglamento, corresponde a la empresa ferroviaria, con quien usted contrató el servicio de transporte, la resolución de la reclamación formulada y, en su caso, el reconocimiento de la indemnización por los daños y perjuicios que se le hubieran podido ocasionar como consecuencia de los hechos que han dado lugar a dicha reclamación.Por ello, y en aplicación de la referida normativa, deberá remitir su reclamación a la citada empresa ferroviaria, a fin de que la misma sea resuelta por ésta.Saludos,DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y REPUTACIÓN CORPORATIVAADIFEmail comunicacionweb@adif.esAbrimos Caminos www.adif.esEste correo electrónico y en su caso cualquier fichero adjunto al mismo contienen información de carácter confidencial exclusivamente dirigida a sus destinatarios. Contiene información reservada que no puede ser difundida salvo consentimiento expreso de ADIF/Adif Alta Velocidad. Si usted ha recibido este correo por error, tenga la amabilidad de eliminarlo de su sistema y avisar al remitente mediante reenvío a su dirección electrónica no deberá usar, revelar, imprimir, copiar, ni divulgar el contenido total o parcial del mensaje.Los datos personales serán tratados por las E.P.E. Administrador de Infraestructuras Ferroviarias ADIF y Adif Alta Velocidad. Sede electrónica:s:sede.adif.gob.es/. Para información sobre Protección de Datos y para el ejercicio de sus Derechos puede consultar o ponerse en contacto con nosotros, en la forma en que se indica en el apartado de TransparenciaProtección de Datos en las páginas Web deProtección de datos - AdifyProtección de datos - Adif - AV - Adif (adifaltavelocidad.es)