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Modificación unilateral de reserva y cambio de cabina a acomodación inferior

Resuelta Pública

Tu reclamación

J. P.

A: trasmed

02/03/2026

El 12 de enero de 2026 a las 20:58 horas formalicé la compra de un billete de barco para la ruta Barcelona–Ibiza correspondiente a un adulto, un menor y un vehículo, por un importe total de 94,83 €, incluyendo camarote, servicio que fue confirmado y abonado en el momento de la reserva. La salida estaba prevista para el día 02 de marzo a las 22:00 horas, en trayecto nocturno, viajando junto con un menor de 12 años de edad, motivo por el cual la reserva de camarote constituía un elemento esencial del contrato, al garantizar condiciones adecuadas de descanso y privacidad durante la travesía. El mismo día 02/03 a las 18:22 horas recibí comunicación por correo electrónico informando de que, por motivos operativos, la compañía había modificado unilateralmente mi reserva, sustituyendo el camarote contratado por acomodación en “Lobbybar”. Dicha notificación se produjo apenas unas horas antes de la salida, sin margen razonable para reorganizar el viaje ni para adoptar alternativas. La acomodación en “Lobbybar” no es equivalente al camarote contratado en términos de privacidad, comodidad ni condiciones de descanso, especialmente tratándose de un trayecto nocturno y viajando con un menor, lo que supone una degradación objetiva y sustancial del servicio inicialmente contratado. No he prestado consentimiento a esta modificación ni acepto una prestación inferior sin la correspondiente compensación. Considero que esta actuación constituye una alteración sustancial del contrato de transporte formalizado y abonado.

Mensajes (5)

trasmed

A: J. P.

03/03/2026

AtencionalClienteTRASMEDAtencionalClienteatencionalcliente@trasmed.comwww.trasmed.com AvisoLegal-AvísLegal-LegalDisclaimer N/R: TRASMED T267063145 Estimados Señores, Ante todo, lamentamos enormemente las molestias ocasionadas y que son el origen de su reclamación. En referencia a la reclamación presentada le informamos que el Transportista efectuará el reembolso de la diferencia entre la acomodación contratada y la acomodación disfrutada: Importe por reembolsar: 23,13 € Localizador: 7063145 En caso de aceptación necesitamos que nos indique por escrito quecon la aceptación de dicha compensación ninguno de los pasajeros de la reserva mencionada reclamará nada más a Trasmed GLE SL ni ninguna entidad del grupo Grimaldi, ni sus agentes ni subcontratados. Puede recibir el importe como reembolso; le agradeceríamos que nos facilitara los datos bancarios: titular de la cuenta, entidad bancaria e IBAN. En caso de disponer una cuenta extranjera, es necesario que nos haga llegar también su dirección postal. Sin otro particular, Le saluda cordialmente,

J. P.

A: trasmed

03/03/2026

En relación con su comunicación en la que ofrecen el reembolso de 23,13 €, debo manifestar que no acepto dicha propuesta por resultar insuficiente. La compensación ofrecida se limita a la diferencia tarifaria entre la acomodación contratada y la finalmente asignada, pero no contempla el incumplimiento sustancial del contrato producido. La reserva realizada el 12 de enero de 2026 incluía expresamente camarote en trayecto nocturno, elemento esencial de la decisión de contratación, especialmente viajando con un menor de 12 años. El camarote no constituye un servicio accesorio, sino una condición determinante de la contratación al garantizar descanso y privacidad durante la travesía. La modificación unilateral fue comunicada el mismo día de la salida, apenas unas horas antes del embarque, sin margen real de reacción ni posibilidad razonable de reorganizar el viaje. Esta actuación alteró de forma sustancial las condiciones inicialmente pactadas. La acomodación en “Lobbybar” no es equivalente al camarote contratado ni puede considerarse prestación sustitutiva adecuada. Se trata de una degradación objetiva del servicio. De conformidad con el Reglamento (UE) 1177/2010 sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar, los transportistas deben prestar el servicio en las condiciones contratadas y ofrecer alternativas adecuadas en caso de modificación sustancial. La sustitución por una acomodación inferior, sin consentimiento del pasajero, constituye un incumplimiento contractual relevante. En consecuencia, al haberse producido una alteración esencial de la prestación contratada, solicito el reembolso íntegro del importe abonado (94,83 €), sin que proceda limitar la compensación a una mera diferencia tarifaria. La oferta de 23,13 € no compensa el perjuicio ocasionado ni resuelve el incumplimiento producido.

trasmed

A: J. P.

04/03/2026

N/R: TRASMED T260247/7063145 Buenos días, Lamentamos que nuestra propuesta no haya cubierto sus expectativas. En este sentido quiero indicarle que nos reiteramos en la respuesta dada. Saludos cordiales,

J. P.

A: trasmed

06/03/2026

En relación con su última comunicación, debo indicar que no acepto la propuesta de compensación ofrecida ni la reiteración de la misma. Lamentan ustedes que su propuesta no haya cubierto mis expectativas, pero debo indicar que quien realmente lamenta la situación soy yo, como cliente que contrató un servicio concreto que finalmente no fue prestado en las condiciones pactadas. La reserva realizada incluía expresamente camarote en un trayecto nocturno. Este elemento no era accesorio, sino determinante en la decisión de contratación, especialmente viajando con un menor de edad. La modificación unilateral comunicada el mismo día de la salida, apenas unas horas antes del embarque, supuso en la práctica la supresión de una parte esencial del servicio contratado. La acomodación en “Lobbybar” no puede considerarse equivalente a un camarote ni sustituye adecuadamente las condiciones de descanso, privacidad y seguridad que justificaban la contratación inicial. Desde el punto de vista del cliente, resulta difícilmente aceptable que un servicio contratado con semanas de antelación se modifique de forma tan sustancial a escasas horas de la salida, trasladando al pasajero las consecuencias de decisiones operativas o comerciales de la compañía. Por este motivo mantengo mi solicitud inicial de reembolso íntegro del importe abonado (94,83 €), al haberse producido una alteración sustancial del contrato. En caso de no alcanzarse una solución satisfactoria, continuaré con las acciones oportunas a través de los mecanismos de protección al consumidor y, adicionalmente, trasladaré mi experiencia como cliente a las diferentes plataformas públicas de valoración y reseñas de servicios de transporte.

trasmed

A: J. P.

09/03/2026

Buenos días, Lamentamos que nuestra respuesta no hay cubierto sus expectativas. En este sentido nos reiteramos en la respuesta dada. Saludos cordiales,


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