Estimados/as señores/as:
Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de [Palma de Mallorca .] al de [Menorca ], con fecha salida a las [04/09/2025..] horas del día [12.35. Horas. del mes de [septiembre .] de [2025]
En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta rígida grande facturada .
Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 2 días después.
Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR).
Aporto el documento PIR y el billete.
Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar unos gastos que sin tener conocimiento alguno no tengo facturas,pero que en el mismo aeropuerto de Mahón me informaron que tenía derecho a una indemnización por día de espera a la entrega del equipaje,una cantidad de 89 euros diarios que al ser dos días serían 179 euros,que es lo que reclamo .
Aporto la justificación documental de dichos gastos [copia de facturas, ticket ..]
SOLICITO la cantidad de 178 euros* como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado.
Sin otro particular, atentamente.
Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
* En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente
Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.