Estimados/as señores/as:
Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona al de Aeroparque (Buenos Aires, Argentina) con escala en Santiago de Chile, con fecha salida original a las 23:35 horas del día 18 del mes de Diciembre de 2025. Este vuelo salió con retraso y los pasajeros que teníamos vuelo de conexión lo perdimos.
En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta de 23kg.
Al llegar a Santiago de Chile, debía buscar la maleta para volverla a facturar en el siguiente vuelo asignado después de perder el original de conexión. Al esperar en la parte de equipaje y que no llegue, acudí al empleado de LEVEL en la parte de equipajes perdidos, quien me aseguró que no debía buscar mi maleta y que sería directamente enviada al avión correspondiente a mi vuelo asignado. Por lo tanto, no me tomó el reclamo y no me asignó ningún número de PIR.
Al llegar a Buenos Aires, comprobé que el equipaje no llegó a destino y antes de abandonar el aeropuerto, intenté presentar otra vez una reclamación, pero no me tomaron el reclamo debido a que, según la aerolínea final, no era su responsabilidad ya que, al haber cambio de vuelo, el transporte del equipaje no era automático hacia ellos y nunca les llegó, por lo que efectivamente me deberían haber tomado el reclamo los empleados de Level en Santiago de Chile.
Intenté comunicarme con todas las aerolíneas involucradas (Iberia, a quienes les compré los vuelos; Level, responsable del retraso inicial y la mala información que derivó en que no tenga un número de PIR para poder reclamar de forma adecuada; y Aerolíneas Argentinas, responsables del vuelo que me llevó a destino final). Ninguna se hizo cargo de forma oficial, ninguna me pudo emitir un número de PIR y finalmente pude obtener mi maleta después de tres días de llamados constantes a Aerolíneas Argentinas (además de los llamados sin respuesta real a Level e Iberia, pero tuve que ir al Aeropuerto a buscarla, con el consecuente gasto) - ellos fueron los únicos que me dieron algún tipo de respuesta de forma "no oficial". Al no obtener el número de PIR por parte de la aerolínea, tampoco pude reclamar ante el seguro. Además, tuve que quedarme más días de lo planeado en Buenos Aires para esperar la maleta.
Solicito el abono de 60 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados - taxi al y desde el aeropuerto.
Adjunto los siguientes documentos: billetes de avión, documento de facturación, tarjeta de embarque, capturas de pantalla de las comunicaciones escritas intentadas con la aerolínea sin resultado (también hubo dos llamadas telefónicas sin resultado alguno - según Level "no encontraban el número de reserva").
SOLICITO la cantidad de 60 euros* en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados.
Sin otro particular, atentamente.
Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
* En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente
Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.