Puntuación de la empresa
La puntuación que se refleja de la compañía muestra su disposición para resolver un problema de consumo de forma amistosa.
Para el cálculo de la puntuación se tienen en cuenta 3 elementos principales, cada uno de los cuales representa un porcentaje de la misma:
La puntuación se calcula tomando como base los últimos 12 meses.
Si no se muestra ninguna puntuación, significa que no tenemos datos suficientes para valorar la empresa.
Puntuación
Descubre cómo funciona nuestra plataforma y sus ventajas
-
1. Envía tu reclamación a la empresa
-
2. Recibirás una notificación por email cuando la empresa responda
-
3. Llámanos y te informaremos sobre cómo te podemos ayudar
-
Escribe fácilmente tu reclamación siguiendo los pasos que te indicamos.
-
Nuestros expertos te ayudarán si lo necesitas (servicio disponible solo para socios suscriptores)
-
Si lo deseas, puedes hacerla pública, así será más visible y tendrá más impacto.
Últimas reclamaciones
Reclamación por incumplimiento de la normativa sobre acceso al agua potable
A la atención de la organización de BBK Live: Por medio de la presente deseo presentar una reclamación formal por la deficiente gestión del acceso al agua potable durante el evento. Durante mi asistencia el pasado viernes (madrugada del sábado 11/07/2026) comprobé que no existía ningún punto de suministro de agua potable no envasada en la zona de barras, obligando a los asistentes a desplazarse hasta puntos situados junto a los baños para poder acceder a agua gratuita. Esta situación resulta claramente insuficiente para un festival de las dimensiones de BBK Live, especialmente teniendo en cuenta las altas temperaturas, las largas colas y el consumo de alcohol que se produce durante el evento. Además, considero inadecuado que los únicos puntos de suministro de agua se encuentren ubicados en las inmediaciones de los aseos. Aunque ello no implica necesariamente que el agua no sea apta para el consumo, sí puede generar dudas razonables sobre sus condiciones higiénico-sanitarias y comprometer la percepción de salubridad por parte de los asistentes. En un evento multitudinario, el acceso al agua potable debe ofrecerse en condiciones que garanticen no solo su seguridad, sino también la confianza del consumidor y la comodidad de acceso. Esta organización incumple la normativa vigente. El artículo 11.4 y 11.5 del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, establece que los establecimientos de hostelería y restauración deben ofrecer gratuitamente agua no envasada a sus clientes y que los promotores de eventos festivos, culturales o deportivos deben garantizar el acceso al agua de consumo de grifo no envasada. Esta obligación desarrolla, además, lo previsto en el artículo 18.3 de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Considero que concentrar los únicos puntos de agua junto a los baños, sin disponer de suministro en las zonas de restauración donde se sirven alimentos y bebidas, no garantiza un acceso real, adecuado y efectivo al agua potable exigido por la normativa. Por todo ello, solicito la devolución íntegra del importe de mi entrada, al considerar que el servicio prestado no cumplía las condiciones legalmente exigibles en materia de acceso al agua potable y protección de las personas consumidoras. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria en un plazo razonable, presentaré la correspondiente reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), Kontsumobide y las autoridades competentes para que valoren el posible incumplimiento de la normativa de consumo y salud pública. Quedo a la espera de su respuesta. Atentamente, Fátima Mesa-Herrera
¿Necesitas ayuda?
El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.
Información para empresas
Información para consumidores