Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
D. G.
11/10/2024

Cobro duplicado

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque el día 7 de octubre realicé una compra de dos billetes de avión para el día siguiente (8 de octubre de 2024) por valor de 90,70 € (45,35 € cada uno) con un cargo de IBERIA LAE SA. El día 9 de octubre me cobran dos cargos de 45,35 € a nombre de IBERIA CS. Llamo a atención al cliente y me dicen que ellos no han procedido al cargo. Contacto con IBERIA PLUS y me dicen que llame a atención al cliente. Es la segunda vez que me ocurre lo mismo. La otra vez cuando me dí cuenta solicité el remmbolso vía iberia plus me contestaron rápidamente, SOLICITO reembolso inmmediato de 90,70 € que puedo estar necesitando y no están en mi cuenta bancaria. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
E. J.
10/10/2024

Problema con Indemnización por retraso

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [Melilla] al de [Roma], (existía una escala Melilla-Madrid, Madrid-Roma) que tenía su salida a las [8:45] horas del día [29] del mes de [agosto] de [2024] por lo que la llegada normal a [Roma] debería haber tenido lugar a las [13:55] horas del día [29/08/2024]. Finalmente, acabamos llegando al aeropuerto de Roma FCO pasadas las 19:00 horas. Adjunto los siguientes documentos: [billetes de avión, correo de Iberia informándonos del retraso y cambio de vuelo, correo en el que se nos niega el derecho a indemnización en mi caso y por último y más importante, un correo donde sí se otorga la indemnización a mi hijo cuyo estaba en las mismas condiciones que nosotros]. Nº de pasajeros: (4). Somos una familia y hemos puesto las 4 reclamaciones pertinentes, 1 por pasajero y solo se nos ha concedido una de ellas, mientras que las otras 3 se nos ha denegado, estando en las mismas condiciones y en el mismo vuelo. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

Cerrado
E. J.
10/10/2024

Problema con Indemnización por retraso

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [Melilla] al de [Roma], (existía una escala Melilla-Madrid, Madrid-Roma) que tenía su salida a las [8:45] horas del día [29] del mes de [agosto] de [2024] por lo que la llegada normal a [Roma] debería haber tenido lugar a las [13:55] horas del día [29/08/2024]. Finalmente, acabamos llegando al aeropuerto de Roma FCO pasadas las 19:00 horas. Adjunto los siguientes documentos: [billetes de avión, correo de Iberia informándonos del retraso y cambio de vuelo, correo en el que se nos niega el derecho a indemnización en mi caso y por último y más importante, un correo donde sí se otorga la indemnización a mi hijo cuyo estaba en las mismas condiciones que nosotros]. Nº de pasajeros: (4). Somos una familia y hemos puesto las 4 reclamaciones pertinentes, 1 por pasajero y solo se nos ha concedido una de ellas, mientras que las otras 3 se nos ha denegado, estando en las mismas condiciones y en el mismo vuelo. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

Cerrado
E. J.
10/10/2024

Problema con Indemnización por retraso

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [Melilla] al de [Roma], (existía una escala Melilla-Madrid, Madrid-Roma) que tenía su salida a las [8:45] horas del día [29] del mes de [agosto] de [2024] por lo que la llegada normal a [Roma] debería haber tenido lugar a las [13:55] horas del día [29/08/2024]. Finalmente, acabamos llegando al aeropuerto de Roma FCO pasadas las 19:00 horas. Adjunto los siguientes documentos: [billetes de avión, correo de Iberia informándonos del retraso y cambio de vuelo, correo en el que se nos niega el derecho a indemnización en mi caso y por último y más importante, un correo donde sí se otorga la indemnización a mi hijo cuyo estaba en las mismas condiciones que nosotros]. Nº de pasajeros: (4). Somos una familia y hemos puesto las 4 reclamaciones pertinentes, 1 por pasajero y solo se nos ha concedido una de ellas, mientras que las otras 3 se nos ha denegado, estando en las mismas condiciones y en el mismo vuelo. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

Cerrado
E. J.
10/10/2024

Problema con Indemnización por retraso

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [Melilla] al de [Roma], (existía una escala Melilla-Madrid, Madrid-Roma) que tenía su salida a las [8:45] horas del día [29] del mes de [agosto] de [2024] por lo que la llegada normal a [Roma] debería haber tenido lugar a las [13:55] horas del día [29/08/2024]. Finalmente, acabamos llegando al aeropuerto de Roma FCO pasadas las 19:00 horas. Adjunto los siguientes documentos: [billetes de avión, correo de Iberia informándonos del retraso y cambio de vuelo, correo en el que se nos niega el derecho a indemnización en mi caso y por último y más importante, un correo donde sí se otorga la indemnización a mi hermano cuyo estaba en las mismas condiciones que nosotros]. Nº de pasajeros: (4). Somos una familia y hemos puesto las 4 reclamaciones pertinentes, 1 por pasajero y solo se nos ha concedido una de ellas, mientras que las otras 3 se nos ha denegado, estando en las mismas condiciones y en el mismo vuelo. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

Cerrado
E. J.
10/10/2024

Problema con Indemnización por retraso

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [Melilla] al de [Roma], (existía una escala Melilla-Madrid, Madrid-Roma) que tenía su salida a las [8:45] horas del día [29] del mes de [agosto] de [2024] por lo que la llegada normal a [Roma] debería haber tenido lugar a las [13:55] horas del día [29/08/2024]. Finalmente, acabamos llegando al aeropuerto de Roma FCO pasadas las 19:00 horas. Adjunto los siguientes documentos: [billetes de avión, correo de Iberia informándonos del retraso y cambio de vuelo, correo en el que se nos niega el derecho a indemnización en mi caso y por último y más importante, un correo donde sí se otorga la indemnización a mi hijo cuyo estaba en las mismas condiciones que nosotros]. Nº de pasajeros: (4). Somos una familia y hemos puesto las 4 reclamaciones pertinentes, 1 por pasajero y solo se nos ha concedido una de ellas, mientras que las otras 3 se nos ha denegado, estando en las mismas condiciones y en el mismo vuelo. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

Cerrado
E. J.
10/10/2024

Problema con Indemnización por retraso

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [Melilla] al de [Roma], (existía una escala Melilla-Madrid, Madrid-Roma) que tenía su salida a las [8:45] horas del día [29] del mes de [agosto] de [2024] por lo que la llegada normal a [Roma] debería haber tenido lugar a las [13:55] horas del día [29/08/2024]. Finalmente, acabamos llegando al aeropuerto de Roma FCO pasadas las 19:00 horas. Adjunto los siguientes documentos: [billetes de avión, correo de Iberia informándonos del retraso y cambio de vuelo, correo en el que se nos niega el derecho a indemnización en mi caso y por último y más importante, un correo donde sí se otorga la indemnización a mi hijo cuyo estaba en las mismas condiciones que nosotros]. Nº de pasajeros: (4). Somos una familia y hemos puesto las 4 reclamaciones pertinentes, 1 por pasajero y solo se nos ha concedido una de ellas, mientras que las otras 3 se nos ha denegado, estando en las mismas condiciones y en el mismo vuelo. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

Resuelto Gestionada por nuestros expertos
M. B.
09/10/2024

Cambio de vuelo

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona al de Colombo, que tenía su salida a las 9:15 horas del día 15 del mes de Octubre de 2024, con un coste de 1396,40 €. Dicho importe fue abonado mediante tarjeta de crédito En las condiciones y términos de la contratación se establece que el pasajero puede solicitar el cambio de fechas con un coste de 150€. Antes de la salida intenté hacer el cambio varias veces por diferentes fechas y se me obliga a pagar un importe de 1200 euros extras por gastos (mayor que el importe del vuelo en las nuevas fechas. SOLICITO, la devolución del importe pagado inicialmente, 1396,40 euros o el cambio de fechas por un coste razonable. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
A. M.
08/10/2024

Reembolso gastos y indemnización

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión para 3 pasajeros (yo, mi marido y mi hijo) desde el aeropuerto de Guarulhos al de Madrid, con fecha salida a las 14:20 horas del día 12 del mes de septiembre de 2024 En el aeropuerto de salida facturé 3 equipajes, consistente en 3 maletas de 23 kg una para cada pasajero. Los equipajes no llegaron a destino y antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) MADIB77238. Ante la pérdida del equipaje facturado, solicito el abono de 1604..73 euros en concepto de reembolso de los gastos de 1ª necesidad de los 3 pasajeros y 2.625 euros en concepto de los 12 dias de perdida de los 3 equipajes - indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados que consistieron en [indicar con detalle] Adjunto los siguientes documentos: 3 tarjetas de embarque; 3 Bagtags; PIR; facturas de compras SOLICITO la cantidad de 4229.73 euros* en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. 1 maleta entregue en 24/09/2024 = 11 días x 75€ = 825€ 2 maletas entregues en 25/09/2024 = 12 días x 75€ = 900 x 2 maletas = 1.800€ TOTAL de indemnización 2.625€ TOTAL de gastos 1ª Necesidad 1.604.73€ TOTAL 4.229.73€ Sin otro particular, atentamente. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.

Cerrado
. .
08/10/2024

CASO HIJO Reclamación indemnización

Estimado/a señor/a COLABORADOR: Gracias por seguir confiando en Iberia, Clientes & Loyalty IMPORTANTE: en el caso de reclamaciones realizadas dentro del ámbito de aplicación de la Ley 7/2017 de 2 de noviembre, y de la Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo, se le informa de que en el caso de que la resolución de su reclamación por parte de IBERIA no le fuera totalmente satisfactoria, o si no hubiera recibido contestación en el plazo de un (1) mes desde la fecha de su presentación, podrá Usted recurrir ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA, www.seguridadaerea.gob.es) para la resolución alternativa de aquellos litigios (“RAL”) en que resulten de aplicación los Reglamentos de la Unión Europea en materia de protección de los usuarios del transporte aéreo (Reg. (CE) 261/2004 y Reg. (CE) 1107/2006), quedando expresamente EXCLUIDOS de este procedimiento las reclamaciones sobre equipajes, daños y perjuicios adicionales a las compensaciones objetivas establecidas en dicha normativa, u otras cláusulas del contrato de transporte. Será causa de inadmisión de la reclamación ante AESA su presentación una vez que haya transcurrido el plazo de un (1) año desde la presentación de su reclamación previa ante IBERIA. La decisión adoptada por AESA en los RAL tendrá carácter vinculante para IBERIA. El responsable del tratamiento de sus datos es Iberia L.A.E. S.A. Operadora, Sociedad Unipersonal (en adelante, “Iberia”) con domicilio social en calle Martínez Villergas 49, 28027 Madrid. Sus datos se tratarán para la gestión y resolución de sus solicitudes y reclamaciones, en base a la ejecución del contrato. Los destinatarios son entidades del Grupo IAG al que IBERIA pertenece. El usuario podrá revocar en cualquier momento su consentimiento, así como ejercitar los derechos de oposición, acceso, portabilidad, rectificación, limitación y supresión de datos. Puede conocer el detalle de la información que aquí se expone a través de la política de privacidad. ref:!00D580c8OG.!500Tl0B8WHL:ref

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