Estimados señores
Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid Barajas al de Tirana (Albania) que tenía su salida a las 22:00 horas del día 03/07/2025] por lo que la llegada normal a Tirana debería haber tenido lugar a las 01:10 horas del día 04/07/2025. Adjunto los siguientes documentos:
1º Tarjetas de embarque del día 3 de Julio a las 22:00
2º Tarjetas de embarque del día 4 de Julio a las 23:00
3º Factura noche de hotel que tuvimos que pagar por el retraso
4º Factura del vuelo mío como de mi marido y mi hija
5º captura de pantalla del aterrizaje el dia 4 de Julio casi 24 horas después de la primera salida
El primer día estuvimos desde las 22:30 hasta las 03:30 dentro del avión esperando a que saliera.
El día 4 el avión tenía previsto salir a las 11:00 de la mañana y a las 17:00 todavía no había salido.
El vuelo sufrió un retraso brutal en la hora de llegada.
SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea y el pago del hotel que tuvimos que coger por el retraso de dicho vuelo.
El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea.
Sin otro particular. Atentamente
Eva Stepancikova