Mi experiencia con Flexicar ha sido absolutamente negativa y, a mi juicio, contraria a la normativa vigente en materia de consumo.
Adquirí un vehículo (Volvo XC90) que presentó una avería grave a los pocos minutos de circulación, lo que evidencia que el defecto ya existía en el momento de la entrega. Estamos, por tanto, ante un claro supuesto de vicio oculto, conforme a lo dispuesto en los artículos 1484 y siguientes del Código Civil, así como una falta de conformidad según el Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios).
Desde ese momento:
• Llevo más de seis meses sin vehículo
• La reparación está paralizada por falta de aprobación de garantía
• No se me ha proporcionado vehículo de sustitución equivalente
• No se ha ofrecido solución eficaz ni dentro de un plazo razonable
Esto supone un incumplimiento claro de:
• Art. 114 y siguientes del RDL 1/2007 (obligación de reparación en plazo razonable)
• Art. 118 (derecho a sustitución o resolución del contrato)
• Jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo sobre vicios ocultos y protección al consumidor
Además, la falta de respuesta ágil y la dilación en la gestión pueden considerarse una práctica contraria a la buena fe contractual (art. 1258 del Código Civil).
Lo más preocupante es que:
• El vehículo fue entregado en un estado que no era apto para su uso
• La avería se manifiesta prácticamente de inmediato
• La empresa no ha asumido con diligencia sus obligaciones legales Volvo xc90 5594kYL