Quiero la devolución del precio pagado por un billete, que fue adquirido por la web de Monbus el día 18 de diciembre de 2025, cuando la huelga de conductores de servicio de viajeros ya estaba convocada por CIG, UGT y CCOO.
No me parece de recibo que la empresa me venda el billete a sabiendas de que no habrá servicio que cumpla el viaje.
Pongo la reclamación porque en la taquilla de la Estación Intermodal de Santiago de Compostela me derivaron a usar la web, y en la web, la devolución del billete está bloqueada al detectar que el intento se realiza más tarde de las dos horas de antelación, estipuladas en el reglamento de la empresa.
Esto determina a mi juicio que:
1) La actuación de la empresa es contraria a la buena fe contractual (artículos 1101 y 1258 del Código Civil)
2) Según el artículo 19 del Reglamento UE nº181/2011, sabiendo la empresa que un viaje será irrealizable o con una demora superior a 120 minutos, el usuario tiene derecho a un reembolso íntegro del precio pagado por el billete.
Buenas tardes. Adjunto el billete