Estimados señores:
Me dirijo a ustedes en relación con la vivienda situada en Calle Francisco Salzillo, número 7, (ver referencia de venta en título de la reclamación), adquirida a su empresa en fecha 06 de junio de 2025, a fin de comunicar formalmente la existencia de diversos vicios ocultos detectados tras la entrega del inmueble, así como la falta de entrega de elementos que formaban parte de la vivienda en el momento de la visita y/o que corresponden a la misma según lo establecido por la comunidad. Gran parte de los mismos les han sido comunicados previamente sin solución por su parte.
Comunicación de vicios ocultos
De acuerdo con lo establecido en los artículos 1484 a 1490 del Código Civil, el vendedor está obligado a responder frente al comprador por los defectos ocultos que hagan la vivienda impropia para el uso a que se la destina, o disminuyan de tal modo este uso que, de haberlos conocido, el comprador no la habría adquirido o habría ofrecido un precio inferior.
Durante el uso ordinario de la vivienda han surgido los siguientes defectos que, por su naturaleza, no eran visibles en el momento de la compra y que afectan a elementos esenciales de habitabilidad, seguridad y salubridad:
1. Telefonillo manipulado: según la empresa encargada de los telefonillo, se había sustituido el telefonillo digital instalado originalmente por ellos, por uno analógico físicamente similar, que no era compatible con el sistema digital de la comunidad (Symcober), impidiendo su funcionamiento y generando riesgo de daños en la instalación general del edificio.
2. Radiadores: 6 de los 7 radiadores de la vivienda tienen las válvulas dañadas interiormente, daño que se ha detectado al poner en marcha la calefacción.
3. Llaves de corte del circuito de calefacción: las 6 llaves de corte (2 en el baño y 4 en la cocina) están dañadas también interiormente y han mostrado fugas, evidenciando un estado defectuoso previo.
4. Llave de paso del patio: en mal estado, dañada interiormente.
5. Conducto de extracción de cocina: comunicado indebidamente con el conducto de extracción del garaje y con los conductos del resto de las viviendas de la vertical, provocando entrada de aire viciado (CO₂), ruido y riesgo grave para la salubridad y seguridad (esta comunicación de los conductos posibilita la entrada de humo o fuego en caso de incendio del garaje o de alguna otra vivienda, según han reportado desde la empresa de mantenimiento de los sistemas de incendios mediante el informe del que Testa tiene constancia).
6. Olor persistente a humedad en cocina, baño y tendedero: se detecta humedad proveniente de la base, si bien no se ha podido retirar el suelo previo por limitación presupuestaria, persistiendo el problema.
7. Ruido anómalo de cañerías en dormitorio, cocina y baño cada vez que un vecino abre un grifo, lo cual indica un posible defecto en la instalación de fontanería del edificio o del propio tramo de la vivienda.
Todos estos defectos cumplen los requisitos legales de vicios ocultos: no eran aparentes en el momento de la compraventa, existían con anterioridad a la misma y afectan a la funcionalidad, seguridad o habitabilidad de la vivienda.
Reclamación de elementos no entregados y que forman parte de la vivienda
Asimismo, solicito se proceda a la entrega de los siguientes elementos que correspondían a la vivienda y no se entregaron en la compraventa, a pesar de estar presentes en la visita o ser obligatorios según el acceso a servicios comunitarios:
1. Cepo de la plaza de garaje, que fue retirado entre la visita y la entrega de la vivienda.
2. Llave magnética de acceso a la puerta principal de la urbanización y al portal
3. Pulsera de acceso a la piscina, vinculada a la vivienda según normativa de la comunidad.
La ausencia de estos elementos genera perjuicios y limitaciones de uso que no se corresponden con lo ofertado ni con la transmisión completa de la propiedad.
Solicito formalmente:
1. La reparación o reposición de todos los elementos afectados por los vicios ocultos descritos, sin coste para mí como comprador, de acuerdo con el régimen de responsabilidad del vendedor establecido en los arts. 1484–1490 del Código Civil.
2. La entrega inmediata de los elementos faltantes relativos a la plaza de garaje y a los accesos a la comunidad.
Agradecería que me confirmaran por escrito en un plazo máximo de 10 días la recepción de esta comunicación y las medidas que se adoptarán para la subsanación de los defectos y entrega de los elementos pendientes.
Quedo a su disposición para facilitar fotografías, informes o permitir el acceso a técnicos para la verificación de los problemas mencionados.
Atentamente,
ML ZM