A LA ATENCIÓN DE LA OCU (Organización de Consumidores y Usuarios)
Asunto: Reclamación contra DAZN Spain S.L. por cláusulas abusivas y falta de transparencia en permanencia de suscripción
Datos del reclamante:
Marcos Olmo Lucas
DNI: 05443843L
Domicilio: Calle Espronceda 14, 28003 Madrid
EXPONGO
Que, en fecha [indicar fecha], me suscribí al servicio de streaming DAZN Spain, S.L. (“DAZN”), motivado por la publicidad de flexibilidad y acceso a eventos deportivos, sin que en ningún momento durante el proceso de contratación se informara de manera clara, visible y previa sobre la existencia de una permanencia anual o sobre la penalización por cancelación anticipada.
Que la cláusula de permanencia mínima de un año sólo aparece en los Términos y Condiciones recibidos por correo electrónico una vez ya suscrito y NO estaba accesible ni destacada antes de formalizar el contrato.
En ningún momento, durante el proceso de suscripción online, se me advirtió de forma clara ni resaltada sobre la existencia de tal obligación. La información clave sobre permanencia está escondida entre la “letra pequeña” de los términos y condiciones, contraviniendo la exigencia legal de transparencia e información precontractual al consumidor.
Que el artículo 60 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – LGDCU) obliga a informar de manera clara, comprensible, destacada y accesible sobre las condiciones esenciales del contrato, especialmente aquellas que suponen una carga para el consumidor, como las cláusulas de permanencia o penalización.
Que el artículo 82 y siguientes de la LGDCU consideran abusivas aquellas cláusulas no negociadas individualmente que, en contra de las exigencias de la buena fe, causen un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes. La ocultación o falta de transparencia de la permanencia constituye causa de nulidad y así lo han establecido los tribunales y autoridades de consumo.
Que, tras intentar cancelar el servicio, DAZN me exige abonar la totalidad de las cuotas pendientes hasta el cumplimiento del año, aplicando una penalización encubierta no informada antes de la contratación, lo cual supone un grave incumplimiento de la legislación de consumo.
DEFECTOS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE DAZN
La cláusula de permanencia mínima aparece únicamente en apartados extensos y ambiguos del contrato (ej.: 4.4, 5.2, 4.6), no en la interfaz de suscripción ni en el resumen antes del pago.
No existe check-box, ventana emergente o advertencia visual específica sobre la existencia de un compromiso anual antes de la aceptación.
La información sobre penalización por cancelación anticipada queda completamente oculta en la “letra pequeña”, sin cumplir los requisitos de transparencia reforzada en contratación electrónica.
Los términos y condiciones, además, remiten genéricamente a que “algunas suscripciones pueden tener periodo mínimo”, pero NO especifican claramente cuál se aplica a cada usuario durante el proceso de alta, lo que genera confusión y opacidad.
PRECEDENTES Y DOCTRINA RELEVANTE
Resolución Junta Arbitral de Consumo de Madrid, exp. 282/2020: Declaró nula la permanencia anual en una suscripción online cuando no fue informada antes del pago.
Expediente SAN/2017/5645 CNMC (contra Jazztel y otras telecos): Sanciona la ocultación de permanencias en la “letra pequeña” como práctica abusiva y desleal.
Sentencia Juzgado Mercantil 9 Madrid, 35/2017: Anuló permanencia de 12 meses impuesta en contratación electrónica por no figurar de forma clara en la web ni en el resumen final de compra.
Informe de la AECOSAN (2019): Subraya que cualquier condición esencial, especialmente permanencias, deben figurar antes del contrato, en formato comprensible y destacado, y ser objeto de aceptación expresa.
Sentencia TS 9 de mayo de 2013 (Cláusulas Abusivas Bancarias): Refuerza el principio de transparencia como elemento esencial en la validez de las condiciones generales de contratación.
PETICIÓN
Solicito a la OCU que, en defensa de los derechos de los consumidores, exija a DAZN Spain S.L.:
Que elimine la cláusula de permanencia anual en tanto no sea informada de forma expresa y visible antes de la contratación, y se limite a la mensualidad libremente cancelable salvo aceptación expresa y destacada del usuario.
Que no me exija el pago de las cuotas pendientes por la cancelación, permitiendo la baja inmediata y sin penalización.
Que se sancione la falta de transparencia en la información precontractual, requiriendo a DAZN que modifique sus procesos de suscripción para cumplir la normativa vigente.
Que, en caso de negativa, se traslade el expediente a la Junta Arbitral de Consumo y se notifique a la CNMC para su posible sanción por práctica comercial desleal.
Adjunto copia de los términos y condiciones enviados tras la suscripción y cualquier prueba del proceso de alta en la web donde no aparece advertencia alguna sobre permanencia.
Agradezco su pronta actuación y quedo a la espera de respuesta.
Atentamente,
Marcos Olmo Lucas
DNI: 05443843L
Calle Espronceda 14, 28003 Madrid
638376683