Con fecha julio de 2026, efectué la
compra a través de su plataforma online del conjunto completo de la equipación del UCAM para categoría
infantil, por un importe total de 260,00 €, solicitando inicialmente la talla L para la totalidad de las prendas,
según consta expresamente en la factura con número 202600407780 vinculada al pedido 13841470, copia
de la cual consta en poder de ambas partes.
SEGUNDO.- Modificación del Pedido Aceptada por la Empresa. Con posterioridad a la compra, y de
forma previa al envío, me puse en contacto con su servicio de atención al cliente en reiteradas ocasiones
solicitando de manera expresa la modificación de talla únicamente y exclusivamente para las camisetas
(pasando de talla L a talla XL), manteniendo el resto de las prendas (pantalones) en su talla originaria.
Dicha modificación fue explícitamente confirmada y aceptada por un gestor de su departamento de Atención
al Cliente (identificado como Alejandro), quien me garantizó de forma expresa que el cambio afectaba
únicamente a las camisetas, constando en poder de ambas partes la copia de la conversación e historial de
mensajes mantenidos con dicho agente.
TERCERO.- Incumplimiento Contractual y Recepción Errónea. Tras la recepción del envío, he verificado
que el pedido entregado es erróneo y no se ajusta a lo contratado ni a lo confirmado por su servicio
postventa. La totalidad de los 5 pantalones incluidos en el paquete (2 pantalones de entrenamiento, 2
pantalones de juego/partido y 1 pantalón de chándal) han sido enviados en talla XL, siendo esta una talla
incorrecta que no corresponde con mi solicitud ni resulta apta para el menor destinatario. De dicho extremo
existen fotografías detalladas de las prendas y sus respectivas etiquetas en las que se aprecia la talla
errónea suministrada, las cuales obran igualmente en poder de ambas partes.
CUARTO.- Desatención Reiterada. A pesar de haber intentado resolver esta incidencia de forma amigable
a través de sus canales de atención al cliente hasta en cinco (5) ocasiones previas, no se ha proporcionado
una solución satisfactoria ni la sustitución del material erróneo, lo que me obliga a interponer este
requerimiento formal por vía fehaciente.