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Subida cuota seguro sin aviso

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Contrato

Tu reclamación

T. L.

A: AXA Seguros

09/09/2025

Buenos días, Me han subido la cuota del seguro de 404,25 a 480,93 sin previo aviso. Ante una subida del 16% deberían de haberme avisado con dos meses de antelación al vencimiento anual del seguro, tal como figura en el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro. También el artículo 5 de la Ley de Contrato de Seguro, dice que el contrato de seguro y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizados por escrito. Si me hubieran avisado de tal subida en el momento oportuno desde luego hubiera tomado las medidas pertinentes, es decir, la cancelación del contrato. Espero que me devuelvan los 76,68 euros de diferencia y que para el año que viene avisen como están obligados a hacerlo según la Ley de Contrato de Seguro o me veré obligada a buscar otra aseguradora más sería y que trate mejor a sus clientes. un saludo Teresa Latorre

Mensajes (1)

AXA Seguros

A: T. L.

10/09/2025

‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Apreciado/a Sr/Sra. Le trasladamos la información sobre la reclamación que planteó al Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones de AXA Seguros, donde nos comentaba su disconformidad en la actuación de la compañía, relacionada con su póliza y/o siniestro: Nº póliza: 97449367 Nº siniestro: Nº referencia: 05982355 Fecha de presentación: A este respecto, le informamos del proceso de actuación de acuerdo con lo escido en la Orden ECO/734/2004 del 11 de Marzo del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se regulan los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente de las Entidades Financieras. Una vez recibida y admitida a trámite la reclamación, el Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones instruirá el correspondiente expediente recabando los datos, aclaraciones, informes o elementos de pruebas que considere pertinentes y procederá a la revisión y estudio del asunto que plantea, debiendo dictar resolución motivada en el plazo máximo de un mes desde la fecha de recepción de la reclamación. Dicha resolución le será comunicada oportunamente y será de obligado cumplimiento para la Entidad reclamada. Una vez agotada la vía de reclamación ante este Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones, ya sea por medio de resolución expresa o por haber transcurrido el mencionado plazo de un mes, en caso de mantener su disconformidad y con independencia de cualquier otra instancia a la que pueda dirigirse, de acuerdo con la Orden ECO/734/2004 del Ministerio de Economía, puede formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones: Paseo de la Castellana, 44 28046 Madrid Teléfono 952 24 99 82 En ese caso, puede obtener el modelo de formulario de reclamación que está disponible en la web pública de la DGSFP. Saludos cordiales, Servicio de Atención de Quejas y Reclamaciones AXA Seguros Generales, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. Inscrita en el Registro Mercantil de Baleares. Hoja nº. PM-61041. CIF A60917978. Domicilio Social: C/ Monseñor Palmer, 1 - 07014 Palma de Mallorca. ref:!00D580avYq.!500Sj0Ln1y9:ref


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