Anterior

Sotysolar: Incumplimiento de la Garantía de instalacion prometida en mi instalacion fotovoltaica

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Ejecución del servicio

Tu reclamación

F. G.

A: SotySolar

20/07/2026

⚠️ AVISO A CONSUMIDORES: Mi experiencia con SotySolar – Protecciones eléctricas no instaladas pese a figurar en la documentación técnica oficial Escribo este relato porque considero que otros consumidores que estén valorando contratar a SotySolar tienen derecho a conocer cómo ha gestionado esta empresa, en este caso concreto y documentado, una reclamación técnica relativa a protecciones eléctricas en corriente continua que figuran en la documentación oficial de la instalación pero que no fueron instaladas físicamente. No publico opiniones. Publico hechos documentados. 🔆 LA SITUACIÓN Hace aproximadamente cinco años contraté con SotySolar la instalación de un sistema fotovoltaico en mi vivienda, en Alcalá de Henares (Madrid). La instalación fue ejecutada, certificada ante la Administración y registrada conforme a la documentación técnica oficial. 📄 LO QUE DICE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA La Memoria Técnica de Diseño (MTD) — el documento técnico oficial vinculado al Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) conforme al cual la instalación fue certificada y registrada — establece expresamente la existencia de un cuadro de protección en corriente continua compuesto por: ✅ Dos fusibles de 16 A ✅ Un descargador de sobretensiones Estos elementos figuran con claridad en la documentación técnica oficial. La instalación fue certificada y registrada ante la Administración con base en esa documentación. 🔧 LO QUE HAY INSTALADO EN LA VIVIENDA Las protecciones anteriores no se encuentran materialmente instaladas. No existe el cuadro de protección en corriente continua. No existen los fusibles. No existe el descargador de sobretensiones. 📬 LA RESPUESTA DE SOTYSOLAR (17 de julio de 2026) Al comunicarles la discrepancia, SotySolar respondió afirmando que el inversor incorpora determinadas protecciones internas y que, por ese motivo, no consideran necesaria la instalación del cuadro documentado. Esta respuesta presenta dos problemas objetivos: La MTD no recoge ninguna modificación, sustitución ni excepción respecto a las protecciones externas documentadas. El CIE no identifica ni justifica variación alguna respecto de lo proyectado. En otras palabras: la documentación técnica oficial dice que hay unas protecciones externas. La empresa dice que el inversor las sustituye. Pero esa sustitución no consta en ningún documento técnico oficial. ⏳ EL PLAZO DE GARANTÍA La instalación se ejecutó hace aproximadamente cinco años. El contrato incluía una garantía de instalación de cinco años sobre las incidencias causadas por el proceso de instalación. SotySolar ha dispuesto de ese periodo para corregir la discrepancia entre documentación e instalación real. No lo ha hecho. 📋 LO QUE HE SOLICITADO He requerido formalmente a SotySolar que instale, sin coste alguno para mí, los elementos recogidos en la MTD original: Los dos fusibles de 16 A El descargador de sobretensiones en corriente continua El cuadro, envolvente, portafusibles, conexiones y demás elementos necesarios para que las protecciones queden correctamente instaladas, operativas y verificadas por un instalador habilitado ❌ LA RESPUESTA FINAL DE SOTYSOLAR Tras múltiples requerimientos, SotySolar se ha negado expresamente a instalar las protecciones documentadas, manteniendo que no resultan necesarias por la existencia de protecciones internas en el inversor. 🏛️ ACTUACIONES FORMALES EN CURSO Ante esta situación, he presentado: Denuncia formal ante el órgano competente en materia de Industria de la Comunidad de Madrid, solicitando que se verifique si la instalación ejecutada se ajusta a la documentación técnica conforme a la cual fue certificada y registrada. Reclamación ante los organismos competentes en materia de Consumo. 📁 DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITA LO EXPUESTO Contrato de instalación y garantía suscrito con SotySolar Memoria Técnica de Diseño (MTD) original Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) Justificante de registro ante la Administración Fotografías de la instalación (acreditativas de la ausencia de las protecciones) Correos de SotySolar de 16 y 17 de julio de 2026 (reconocimiento de la incidencia y negativa a instalar) Requerimientos formales remitidos 💬 VALORACIÓN PERSONAL En mi opinión, la respuesta de SotySolar no resulta satisfactoria. Considero que una empresa no puede certificar una instalación con una determinada documentación técnica y, cinco años después, cuando se detecta que los elementos documentados no están físicamente instalados, limitarse a decir que no son necesarios. Pero esa es mi valoración. Los hechos objetivos están arriba. 📢 MENSAJE PARA OTROS CONSUMIDORES Si estás valorando contratar a SotySolar, te recomiendo que solicites por escrito, antes de firmar, la Memoria Técnica de Diseño completa y el Certificado de Instalación Eléctrica, y que compruebes físicamente que todos los elementos documentados están instalados en tu vivienda. En mi caso, la discrepancia no fue detectada hasta varios años después de la instalación. Actualizaré este relato con cualquier propuesta de solución, acuerdo, actuación correctora o resolución de los organismos competentes que se produzca durante el procedimiento. La información publicada se limita a hechos acreditados, documentos auténticos y comunicaciones realmente intercambiadas. Se han omitido todos los datos personales cuya difusión no resulta necesaria.

Mensajes (2)

SotySolar

A: F. G.

23/07/2026

A/A: OCU Su Referencia: Expediente: 15377243 Estimados: Por medio de la presente y conforme a carta adjunta, pasamos a dar debida respuesta a la reclamación formulada por el Cliente ante la OCU. Atentamente,

F. G.

A: SotySolar

23/07/2026

Agradezco la respuesta de SotySolar y acepto la solución propuesta consistente en la elaboración y tramitación, íntegramente a su costa, de un anexo a la Memoria Técnica de Diseño o memoria conforme a obra que rectifique la discrepancia documental reconocida. No obstante, en este momento existe únicamente un compromiso de actuación. Por ello, solicito que la reclamación permanezca abierta hasta que SotySolar haya elaborado, firmado y presentado oficialmente dicho anexo y me haya entregado copia completa junto con el correspondiente justificante de tramitación. Una vez cumplido íntegramente ese compromiso, procederé a cerrar la reclamación como resuelta.


¿Necesitas ayuda?

El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma