Estimados/as señores/as:
Hoy 5 de octubre, hace 10 minutos, a través de su portal web, he tramitado una solicitud de nota simple donde se indicaba el precio del servicio 6.90 €.
Al confirmar la operación en la pasarela de pago del banco SABADELL, se mostró un importe de 0 €, que evidentemente acepté creyendo que el importe que se cargaría serían 6.90 € más el IVA correspondiente.
Sin embargo, con posterioridad se ha cargado en mi cuenta la cantidad de 38.48 €, importe que no fue en ningún momento informado, ni aceptado, ni autorizado de forma expresa. Esta situación constituye:
• Una falta de transparencia en la información precontractual (arts. 60 y 97 del Real Decreto Legislativo 1/2007, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios).
• Una práctica comercial engañosa (arts. 5 y 7 de la Ley 3/1991, de Competencia Desleal).
• Una vulneración del derecho del consumidor a conocer con carácter previo el precio completo del servicio.
• Un violación del art. 248 del Código Penal español que se vulnera cuando con ánimo de lucro se utiliza un engaño suficiente para inducir a error a una persona, llevándola a realizar un acto de disposición de dinero o bienes en su propio perjuicio o en el de un tercero. No se trata de suplantación como tal, sino del engaño que induce a la víctima a entregar o hacer algo que no hubiera hecho de conocer la verdad.
Además me acojo a la cláusula de desistimiento, ya que he realizado la compra hace 10 minutos, y todavía no he recibido el producto, la nota simple.
Por todo lo expuesto, formulo reclamación formal solicitando:
1. La anulación inmediata del encargo realizado.
2. La devolución íntegra de los 38.48 € cargados indebidamente.
3. El cese de las prácticas comerciales que generan confusión e inducen a error a los consumidores.
A la espera de su respuesta, les saludo atentamente.
Javier Represa Hernández