En relación con su reclamación y en atención a las comunicaciones previas (a las cuales esta mercantil ha dado siempre oportuna y puntual respuesta), le informamos que sus pretensiones resultan improcedentes conforme a derecho. Tal como se desprende del contrato de compraventa que usted misma aporta, consta de manera fehaciente su firma y plena conformidad con el estado en el que se encontraba el vehículo en el momento de su entrega. Esta aceptación contractual convalida la idoneidad del bien en el momento de la transmisión, invalidando cualquier solicitud de compensación posterior por cuestiones que ya fueron aceptadas y verificadas por su parte al recibir el vehículo.
Por lo expuesto, entendemos que no procede compensación alguna, especialmente considerando que sus escritos se han limitado a la exposición de alegaciones generales sin una solicitud técnica concreta, las cuales han sido atendidas por esta empresa de forma coherente y verificada en todo momento. Adjuntamos a la presente copia de todas las respuestas emitidas anteriormente para su constancia y registro. Sin otro particular, quedamos a su entera disposición para cualquier futura comunicación que desee trasladarnos a través de los canales oficiales.
DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
Ocasión Plus SL
Email:atencionalcliente@ocasionplus.com
En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil está dispuesta a adherirse a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor).
El dom, 25 ene 2026 a las 4:00,
reclamar@ocu.org escribió: