Reclamación de una indemnización por el daño moral, la pérdida de tiempo y los trastornos ocasionados derivados de la privación de nuestras pertenencias.
Vuelo IB1605 de 19/07/2026, desde MAD a LPA.
Dicha pérdida de equipaje nos obligó a:
1. Alterar y condicionar los planes programados.
2. Invertir un tiempo de nuestra estancia en desplazamientos y búsqueda de comercios para la compra de artículos de sustitución.
3. Sufrir el trastorno e incertidumbre que supone estar privados de enseres personales.
4. Tiempo invertido en llamadas, correos, etc.
Por todo ello, al amparo del Convenio de Montreal, solicito formalmente que se proceda a indemnizar el perjuicio y privación de uso acumulado durante estos días por un importe adicional de 100 €.