Buen Dia Doña SofiaDomaica
En relación con la mediación instada ante este organismo, les informamos que esta mercantil no puede acceder a la pretensión económica de la parte reclamante relativa al abono de 400,00 euros en concepto de una multa, toda vez que, tal y como se desprende de manera fehaciente en el acta de retirada del vehículo que adjuntamos a la presente como
Documento Nº 1, la propia cliente manifestó y ratificó mediante su firma manuscrita la plena conformidad con el estado y gestión del bien, declarando expresamente que no se habían generado gastos de ninguna índole ni perjuicios derivados durante el periodo de custodia del vehículo por parte de esta sociedad; por lo tanto, al haber suscrito voluntariamente dicho documento en el que se hace constar la inexistencia de cantidades pendientes de abono o conceptos que reclamar, la solicitud actual carece de fundamento, pues la interesada ya otorgó en su momento el correspondiente finiquito y reconocimiento de que no existía deuda ni responsabilidad alguna exigible a esta mercantil por dicho periodo.
DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
Ocasión Plus SL
Email:atencionalcliente@ocasionplus.com
En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil está dispuesta a adherirse a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor).
El mié, 15 abr 2026 a las 10:45,
reclamar@ocu.org escribió: