Estimado Sr./Sra.:
En relación con la reclamación trasladada a través de la OCU, hemos revisado el historial de intervenciones realizadas sobre su equipo Daikin modelo TXC71C + RXC71C, así como la documentación técnica asociada a las distintas actuaciones efectuadas por el instalador y por el Servicio Técnico Oficial.
Tras analizar los antecedentes disponibles, debemos indicar que las incidencias registradas desde la instalación del equipo han estado relacionadas con fugas localizadas en conexiones frigoríficas abocardadas, es decir, en elementos propios de la instalación frigorífica ejecutada durante el montaje y no en componentes de fabricación del equipo Daikin.
Concretamente:
En la intervención de 02/10/2024, el técnico detectó presencia de aceite en los abocardados de la unidad interior y, tras realizar una prueba de estanqueidad con nitrógeno, concluyó que la fuga se encontraba en dichos abocardados, indicando expresamente la necesidad de su corrección por parte del instalador.
En la intervención de 28/04/2026, el Servicio Técnico Oficial volvió a localizar una fuga de refrigerante en un abocardado de la unidad interior, siendo problema del instalador de nuevo, esta vez es nuestro servicio técnico el que procede a su reparación y posterior prueba de estanqueidad, vacío, carga de refrigerante y comprobación de funcionamiento.
Por otro lado, en la documentación técnica aportada también se hace referencia a que la longitud de la instalación frigorífica existente es inferior a la recomendada por el fabricante. Precisamente por este motivo, el Servicio Técnico Oficial ha propuesto una actuación correctiva consistente en la modificación de la instalación mediante la incorporación de un tramo adicional de tubería frigorífica, la correcta protección de la misma y la sustitución de la carcasa afectada, además de las comprobaciones correspondientes de estanqueidad y carga de refrigerante.
A la vista de las actuaciones realizadas y de los diagnósticos emitidos por los técnicos intervinientes, no disponemos de evidencias que permitan atribuir las incidencias descritas a un defecto de fabricación del equipo Daikin ni a una falta de conformidad del producto. Por el contrario, los trabajos realizados han identificado de forma reiterada incidencias localizadas en elementos de instalación y conexionado frigorífico.
Por este motivo, no procede la sustitución completa de la unidad solicitada, al no haberse acreditado la existencia de un fallo inherente al equipo. La actuación técnicamente adecuada pasa por corregir de forma definitiva los condicionantes detectados en la instalación frigorífica y verificar posteriormente el correcto funcionamiento del sistema.
Lamentamos las molestias que esta situación le haya podido ocasionar y quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional que pueda necesitar.
Atentamente,