RECLAMACION 1-4563558191-1
Estimados Sres.:
En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES y la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, se ha remitido a este Servicio de Atención de Reclamaciones su escrito en relación con la póliza “HOGAR SEGURO” 291. 07503854 a nombre de D. MIGUEL ANGEL TIRADO SERRANO, al objeto de atenderles adecuadamente.
Tras realizar las comprobaciones oportunas, les informamos que el siniestro al que hace referencia el asegurado sobre el cristal del horno está correctamente rechazado según el Condicionado de la póliza.
En fichero adjunto, les remitimos la carta con el rehúse y el motivo de la exclusión.
Asimismo, les indicamos que no hay constancia del siniestro sobre los muebles de cocina que comenta el asegurado y que estaría igualmente rechazado salvo que el origen de la caída esté relacionado con algún principio indicado en la póliza. Al parecer el asegurado se ha apoyado en uno de los muebles y se ha caído, pero no hay ninguna avería que pudiera provocar esa caída.
Según nos comenta nuestro Area de Siniestros el asegurado ya ha sido informado del rechazo y por nuestra parte damos por finalizada la reclamación con la información facilitada.
No obstante y en caso de discrepancia, la siguiente instancia de reclamación donde deberán dirigirse es el Defensor del Asegurado, (D.A. Defensor,Velázquez, 80, 1º Dcha. 28001 MADRID) quien actuará como tercero independiente emitiendo un dictamen de la reclamación que tiene carácter vinculante para la Compañía Aseguradora.
Atentamente.
Servicio de Atención de Reclamaciones
NATIONALE-NEDERLANDEN GENERALES
Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.E