Reclamación 1-4528380182-1
Muy Sres. Nuestros:
En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES, y la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, se ha recibido en este Servicio de Atención de Reclamaciones su escrito en el que el cliente expresa disconformidad con la actuación de la Aseguradora respecto a la tramitación del siniestro asociado a su póliza HogarSeguro número 291.07528682.
Una vez revisado el expediente, se comprueba que el pasado 01.07.2024 el cliente comunicó a la Compañía inundación de su casa a través del patio comunitario. En la posibilidad de que fuera de aplicación alguna de las garantías de la póliza, se remitió a un profesional al domicilio para la verificación de los daños y su origen.
El profesional indica que ha habido un atasco en el patio de la Comunidad y ha causado daños en la vivienda asegurada.
Tras revisar el expediente, el área de siniestros remitió al cliente las conclusiones del caso comunicándole que el origen de los daños se encuentra en un atasco y que el responsable es la Comunidad de Propietarios, quien debe hacerse cargo de la reparación del atasco y asumir los daños ocasionados.
No obstante, en el caso de que el causante no quisiera responder de los daños causados, existe la posibilidad de realizar la reclamación al causante en aplicación de la garantía defensa jurídica y reclamación de daños.
Nos permitimos recordarles que, de acuerdo con lo indicado en las Condiciones Generales de la póliza, la vivienda queda garantizada contra las pérdidas o los daños materiales causados directamente por (entre otros) el Agua siempre que sean producidos a consecuencia de rotura o escape de conducciones fijas de agua, así como por la omisión involuntaria del cierre de grifos. Asimismo, se indica que quedan excluidos los acontecimientos causados por (entre otros) reflujos de desagües o atascos.
De acuerdo a lo anterior, entendemos que el rechazo de los daños a través de la garantía de Agua ha sido correcto.
Por otra parte, y al existir un causante, en el caso de que no esté atendiendo las reparaciones o los daños causados, y en la posibilidad de que pueda ser de aplicación la garantía defensa jurídica y reclamación de daños a causante, el pasado 25.09.2024 se le recordó al asegurado este hecho informándole de los datos de contacto de ARAG (entidad jurídicamente distinta a la que la Compañía ha confiado la prestación de esta cobertura).
Por lo expuesto, este Servicio desestima su reclamación.
En todo caso, si persiste su discrepancia, les indicamos que pueden dirigirse al Defensor del Asegurado, ‘D.A. Defensor Cl Velázquez, 80, 1º D, 28001 MADRID’ o enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: reclamaciones@da-defensor.org, quién actuará como tercero independiente en la resolución de la reclamación emitiendo un dictamen que tiene carácter vinculante para la Compañía Aseguradora.
Atentamente,
Servicio de Atención de Reclamaciones
NATIONALE-NEDERLANDEN GENERALES
Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.E.
De: reclamar@notify.ocu.org reclamar@notify.ocu.org En nombre de reclamar@ocu.org
Enviado el: sábado, 14 de septiembre de 2024 17:45
Para: Area Calidad y Experiencia del Cliente Nationale-Nederlanden calidad.servicio@nnespana.es
Asunto: Siniestro de la vivienda sin resolver desde el 01/07/2024
Awareness warning: This email is from an external source, extra caution needed on links/attachments.